miércoles, 31 de julio de 2013

CCOO y UGT se hacen los tontos

En circular colgada en la Intranet de la empresa con fecha 30-07-2013, CCOO y UGT declaran:

 “hemos trasladado a la empresa nuestro rechazo a la forma en que se está aplicando el Acta de Conciliación firmada el pasado 25 de junio”
 “No aceptamos que 456 personas en el Grupo (367 Liberbank y 89 en BCCM), hayan empeorado sus condiciones “
¿Por qué no lo aceptáis?, ¿qué parte del acuerdo firmado lo impide?

“Paralicen los traslados comunicados ya que no aceptamos la forma en que se ha utilizado la Movilidad Geográfica para desplazar a 149 empleado/as“
El acuerdo firmado permite no solo estos traslados, sino los que a la empresa le dé la gana durante cuatro años.

“Consideramos que las desvinculaciones motivadas por los traslados deben ser indemnizadas conforme a lo acordado en el ERE anterior“
¿Esperabais que la empresa aplicara las indemnizaciones de buena fe?, ¿por qué no se especificó en el acuerdo?

“En cuanto a la suspensión de las aportaciones al plan de pensiones, la redacción en la modificación de las especificaciones, de cada uno de los planes, debe recoger que todos los partícipes percibirán el importe de las aportaciones suspendidas como muy tarde en el momento en que accedan a la jubilación.“
Según el acuerdo firmado, los empleados que se jubilen antes de iniciarse el “periodo de recuperación” no recuperarán las aportaciones suspendidas. Si querían otra cosa ¿por qué no lo pusieron?


“Nuestra disconformidad al procedimiento operativo publicado para la refinanciación de los empleados”
¿Por qué eligieron para este tema una redacción tan ambigua si no era para que la empresa lo aplicara como le viniera en gana?


“Hemos protestado por el incumplimiento del Acuerdo de 25 de junio y les hemos manifestado nuestra disposición a presentar Conflicto Colectivo por incumplimiento del mismo”
Pero si lo han cumplido a rajatabla, ¿qué vais a denunciar? La dirección de la empresa se está partiendo de risa ante vuestra amenaza. Además, les habéis dado la razón al considerar "acreditadas las causas alegadas por la empresa".
Nosotros sí que nos vamos a personar en el conflicto colectivo, pero contra la empresa y contra vosotros.


Haciéndoles un favor, podríamos pensar que se declaran estúpidos, pero si eso fuera verdad, a la vista de los resultados, habrían decidido no volver a negociar y dejar que lo haga quien, como mínimo, sepa leer.

Pero no lo hacen. Es más, se están volviendo a reunir en secreto para tratar de componer otro enjuague que a saber a qué nueva traición les llevará.

Por lo tanto, no cabe pensar simplemente en la estupidez como la causa de la firma del acuerdo, sino en otros intereses menos evidentes y que no tienen nada que ver con los intereses de los trabajadores a quienes deberían defender.

Luego se quejan de que sufren agresiones (que no son sino escraches) ¿Cómo debemos responder los trabajadores a estos irresponsables ante la justificación expresa y por escrito de la agresión que sufrimos por parte de la empresa?

El hecho de que la empresa mantenga una actitud incomprensible y repugnante hacia los trabajadores podría encajar en su papel,  según los puntos de vista neoconservadores que son los que han llevado a la ruina a las clases medias de todo el mundo. Pero que esta pandilla se dedique a hacer el juego y colaborar con la empresa al machacamiento continuo de los trabajadores les coloca justo frente a nosotros, al lado de nuestro enemigo.

¿Cómo no vamos a considerar una canallada firmar un acuerdo en el que la empresa se ha apoyado para despedir (traslado lo han llamado) a 150 compañeros, dejando la puerta abierta para que lo repita cuando quiera?

¿Cómo podemos calificar a quien debe defender los intereses de los trabajadores y firma un acuerdo que permite que les reduzcan más del 70 % de su sueldo dejando en la indigencia a familias enteras?

¿Cómo podemos dejar en manos de semejantes traidores una negociación en la que nos mienten de forma descarada, obviando que los más de 1.100 empleos a tiempo completo que se han reducido no se van a recuperar nunca, sino que van a ser a extinguir a corto/medio plazo a precio de saldo?

Todos los trabajadores debemos comunicarles que no aceptamos más enjuagues ni traiciones, negándoles el derecho a negociar por nosotros lo que solo a ellos interesa.

En cuanto a “Manolín el de los números rojos” o “hundecajas”, como se le conoce por su tierra, ¿qué vamos a decir que no hayamos dicho ya?. Lo que no entendemos es qué hacen las Autoridades Laborales que no le expedientan después de la que ha liado con las suspensiones/reducciones y el atraco a los bolsillos  de los trabajadores, ¿qué hacen las Autoridades Monetarias que no le destituyen, viendo a dónde está llevando a Liberbank?


Sus intereses, única religión que profesa, no pasan por el mantenimiento de esta entidad, en la que no cree, ni de  sus trabajadores, sino más bien por su desmantelamiento o jibarización echando a los que no quepamos.

29 comentarios:

  1. Leyendo vuestra circular da la sensacion de que sabeis o creeis que se estan reuniendo UGT y CCOO con Liberbank y hablais de volver a negociar, creeis que es posible que paralicen las 2 medidas cierren bien el tema del ERE y lo presenten a la autoridad laboral? o dejaran que llegue dia de los traslados y una vez fuera lo cancelaran y volveran a negociar? Si asi fuera los trasladados que pidan baja podrian volver?

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    1. Sabemos que están negociando, pero como lo tienen que hacer legal, cuando lo tengan todo acordado llamarán al resto de sindicatos para darnos la oportunidad de apoyarles. Una farsa en la que no entraremos.

      No sabemos cómo intentarán maquillar lo de las dos medidas, pero nos da la impresión de que la empresa no va a retroceder ni un milímetro.

      Tampoco en los traslados. Éstos habrá que tumbarlos en la Audiencia Nacional, quien podrá declararlos nulos, con vuelta al lugar de origen más indemnización por gastos, o acogidos al ERE del 03-01-2011 con todas sus consecuencias (bajas incentivadas)

      Este punto lo tenemos bastante claro, pero ya sabemos que al depender de una decisión judicial, nada es seguro.

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  2. ya, lo de la baja indemnizada segun ERE 2011 pinta bien, por eso creo que pararan medidas para hacer negociacionar y pactar nuevo acuerdo y a empezar de nuevo traslados y % de reduccion.

    Porque no tendria sentido que se llegue al dia 19 y cuando la gente se vaya a la calle o se traslade decir que no vale y empezar negociacion. No?

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    1. Desgraciadamente a la dirección de esta empresa le importa poco si lo que hace tiene sentido o no.

      Sus cálculos son: si de 150 hay 100 que me demandan y 50 que se van de la empresa sin demandar, eso que llevo ganado. Luego ya veremos si a los que me han demandado les da la razón el juez o no se la da.

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  3. no lo tengo tan claro, esta vez al ofrecer 20 dias, practicamente todo el mundo va a denunciar y mas teniendo bastante de cara lo de 2011 y los que no aceptan traslado que tambien les cuesta dinero.

    Yo creo que cerraran preacuerdo con UGT y CCOO donde rebajaran indemnizaciones tanto por baja como por traslado ( por eso las reuniones secretas ) y una vez cerrado cancelan medidas actuales y lo hacen segun la ley

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  4. PROBLEMA: los que queramos solicitar la extinción de la relación laboral tenemos 20 días desde la comunicación del traslado, sino hay que incorporarse en el destino y aguantarse. Si yo pido la baja y me la aceptan y posteriormente se anual todo ¿me readmitn?¿puedo denunciar a la empresa y exigir la readmisión? Es que en este caso los plazos cuentan y muchísimo.

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    1. Si pides la baja y te la aceptan, ya no te readmitirán aunque se anule todo.

      Para ampliar los plazos podrías demandar a la empresa por no aceptarte la baja incentivada y/o por considerar ilegal la medida de movilidad geográfica pactada en el acuerdo infame sin los trámites legales (periodo de consultas, etc), ya que se paralizan los plazos para solicitar la rescisión del contrato hasta 15 días después de que se resuelva la demanda si el fallo resultara favorable a la empresa.

      Ley de Jurisdicción Social. Artículo 38. Tramitación:

      "1. El proceso se iniciará por demanda de los trabajadores afectados por la decisión empresarial, aunque no se haya seguido el procedimiento de los artículos 40 y 41 del Estatuto de los Trabajadores. La demanda deberá presentarse en el plazo de caducidad de los veinte días hábiles siguientes a la notificación por escrito de la decisión a los trabajadores o a sus representantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, plazo que no comenzará a computarse hasta que tenga lugar dicha notificación, sin perjuicio de la prescripción en todo caso de las acciones derivadas por el transcurso del plazo previsto en el apartado 2 del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.
      .../...
      4. Si una vez iniciado el proceso se plantease demanda de conflicto colectivo contra la decisión empresarial, aquel proceso se suspenderá hasta la resolución de la demanda de conflicto colectivo, que una vez firme tendrá eficacia de cosa juzgada sobre el proceso individual en los términos del apartado 3 del artículo 160.
      No obstante, el acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores que pudiera recaer una vez iniciado el proceso no interrumpirá la continuación del procedimiento.
      .../...
      7. La sentencia declarará justificada o injustificada la decisión empresarial, según hayan quedado acreditadas o no, respecto de los trabajadores afectados, las razones invocadas por la empresa.
      La sentencia que declare justificada la decisión empresarial reconocerá el derecho del trabajador a extinguir el contrato de trabajo en los supuestos previstos en el apartado 1 del artículo 40 y en el apartado 3 del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, concediéndole al efecto el plazo de quince días."

      Esta acción solo pospondrá la caducidad del plazo para solicitar la rescisión del contrato por movilidad geográfica hasta que se resuelva la demanda, y ésta se paralizará hasta que se resuelva el conflicto colectivo.

      Lo que no hará será suspender la efectividad del traslado.

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    2. ya, es que el problema de pedir la baja es que se pide porque no podemos ir trasladados. Lo que no entiendo es que en casos como el mio, que oficina no se cierra ni recibe, que somos 3 y nos trasladan a 2, en mi caso soy de ccm y me mandan a una oficina que es de liberbank, empresa con la que no tengo contrato.... No entiendo que o denuncio y mientras me voy a extremadura, un proceso que puede durar meses, o me tengo que ir a mi casa y aunque luego se demuestre ilegal el ERE ya este fuera de la empresa.

      Si mi centro de trabajo no esta afectado por los cierres porque me pueden quitar mi sitio que luego tendran que cubrir? segun tengo entendido en un ERE si un trabajador sale de la empresa y esta luego tiene que contratar a alguien siempre tiene que darle el puesto al "despedido" en este caso cada oficina es un centro de trabajo diferente. En estos casos no se puede hacer nada?? tan rapido y claro vieron la ilegalidad de trasladar a uno de los "sindicatos" pero esto que a todas luces es ilegal se permite??? No lo entiendo

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    3. Tal y como están las cosas, la empresa puede hacer casi lo que quiera y nuestra única respuesta legal es la demanda judicial o la huelga.

      La primera se mantendrá mientras CCOO y UGT no pacten con la empresa algún pasteleo que carezca de defectos de forma.

      La segunda es todavía menos posible después de la experiencia de las anteriores y de la negativa de los mismos a convocar huelga indefinida.

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  5. Hola a todos los compañeros afectados por los traslados. Yo también soy un "trasladado". Quisiera hacer algunos incisos a la cantidad de comentarios que estamos haciendo todos y que nos están llevando a la autodestrucción, que es lo que la empresa pretendía.
    - Esto no es sólo un problema de enfrentamiento de regiones, yo estoy en expansión y soy de cajastur. Y también me han trasladado y con una reducción del 30 %.
    - la empresa pretende despedirnos a una importante cantidad de trabajadores pero lo hacen de esta manera con traslados inasumibles que provocan que nosotros mismos nos acojamos a las bajas voluntarias. Todo ello con el acuerdo explícito y descarado de los sindicatos mayoritarios, esos que lo que hacen es mantenerse en sus puestos sin haber dado un palo al agua. Pero que nos va a sorprender si son los mismos que se han repartido el dinero de los eres para los desempleados en Andalucía juntó con el poder (os suena?)
    - hemos podido comprobar como han hecho el reparto de los castigos, siendo los "compañeros" más pelotas e ineptos los que han sido dejados en sus puestos de dirección. Estos mismos, que mientras otros estamos viendo que va a pasar con nuestra vida y nuestras familias, ellos solo piensan en sus vacaciones.
    - en mi zona, salvó excepciones, los no trasladados son personas que van a dar muy poco la lata y van a permitir cualquier cosa a la empresa y a los "zonas" creyéndo que de esta forma sobrevivirán y sin darse cuenta que la entidad tiene los días o los meses contados. Y a vosotros también os tocará
    - sobre los zonas, mejor ni hablar. ....(me reservo los comentarios)
    - viendo este panorama y en donde estamos yo estoy seguro lo que voy a hacer y no es precisamente quedarme en la empresa.

    Mucho ánimo a todos y mucha fuerza.

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    1. En la expansión, los zonas no piensan en el beneficio de la entidad, sino en el suyo propio. Sólo piensan en su silla. Así que no dudan en deshacerse de los empleados que pueden hacerles sombra por cualquier cualidad banal: porque cumplan objetivos, sean muy comerciales, tengan más estudios que ellos, tengan mejores contactos...
      Los palmeros de los zonas son iguales o peores porque humillan diariamente a los compañeros que no cuentan con la bendición del zona. Ellos se han alegrado de que los compañeros sean trasladados porque así tienen menos competidores por el afecto del zona. La calidad humana de estos personajes es muy baja pero es la que gusta a la dirección de esta entidad.

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  6. Me llama la atención que no hayais comentado nada sobre el hecho de tener asignada la prestación de desempleo, a percibir el próximo 10 de Agosto.

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    1. Porque no todos la tenemos asignada. Las Direcciones Provinciales tienen cierta autonomía y sus priopios problemas para tratar los ERE. En algunos casos se cobrará el 10 de agosto, en otros no se cobrará nada hasta octubre, en otros ni se sabe cuándo se cobrará.

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  7. Animo compañeros, lo que tenemos que hacer es una huelga indefinida ya, y ya no nos conformamos con un acuerdo digno, exigimos la dimisión ó el cese del Sr. Menéndez, mientras esto no ocurra, huelga indefinida ya.

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    1. Ojalá todos lo tuvieran tan claro como tú.

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    2. HUELGA INDEFINIDA YA!!!!!

      SI NO LO TENEMOS CLARO.....ESE ES VUESTRO TRABAJO.

      YO, HUELGA INDEFINIDA HASTA QUE MMM Y SUS BASTARDOS DEAN DESALOJADOS DE NUESTRA ENTIDAD.

      SALUDOS

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  8. Compañeros han recibido correo de paralizacion de traslado. Yo no soy uno de los afortunados. En que se han basado para sacarlos de la lista , alguna explicacion por favor??Esto que puñetas es??

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    1. Es cierto, hemos tenido noticias a última hora, pero no de parte de la empresa, sino de compañeros.

      Por lo que nos han dicho, han paralizado algunos de los traslados que iban a Asturias, pero no sabemos los motivos ni el número de compañeros afectados.

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    2. como puede ser? dentro del grupo de perjudicados eramos los mas perjudicados y ahora ves que sacan de las listas a unos cuantos y el resto mirando sin entender que pasa? esto esta llegando demasiado lejos

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  9. Buenas tardes. Soy uno de los afectados por los traslados. He solicitado la baja indemnizada y ha sido rechazada por la empresa. Mi intención es solicitar la rescisión de mi contrato y luego luchar por la baja en los tribunales. ¿ Creeis que hay posibilidades de conseguirlo de esta forma? Es que mis circunstancias familiares me impiden desplazarme hasta que se resuelva la demanda. Muchas gracias por todo

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    1. Si pides la rescisión de contrato después será más difícil conseguir que te indemnicen con lo estipulado por Baja Incentivada.

      Pero si definitivamente no te vas a trasladar, antes de solicitar la rescisión presenta demanda por no haberte aceptado la Baja incentivada.

      Cuando firmes el finiquito, asegúrate de que no firmas que has rechazado la presencia de un representante legal de los trabajadores. Suponemos que no te van a dejar que pongas "Recibido, no conforme". pero aun así aún habría posibilidad, solo posibilidad, de reclamarles la indemnización que deberían haberte pagado.

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  10. Buenas tardes. Soy otro de los afectados por los traslados, pero mis circunstancias familiares me impiden trasladarme. He solicitado la baja indemnizada pero me la han denegado (lógicamente). Voy a solicitar la rescisión del contrato pero luego quiero demandar mis 45 días y lo que me corresponde. ¿Creeis que existen posibilidades de conseguir así la baja? Me comentan que la empresa te hace firmar un papel con el finiquito para evitar posteriores acciones judiciales contra ellos. ¿Qué pasaría en ese caso? ¿Al firmar ya no podría ir a los tribunales? Muchas gracias por vuestra ayuda en estos momentos difíciles que todos estamos pasando.

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    1. Respuesta idéntica al anterior comentario.

      Si pides la rescisión de contrato después será más difícil conseguir que te indemnicen con lo estipulado por Baja Incentivada.

      Pero si definitivamente no te vas a trasladar, antes de solicitar la rescisión presenta demanda por no haberte aceptado la Baja incentivada.

      Cuando firmes el finiquito, asegúrate de que no firmas que has rechazado la presencia de un representante legal de los trabajadores. Suponemos que no te van a dejar que pongas "Recibido, no conforme". pero aun así aún habría posibilidad, solo posibilidad, de reclamarles la indemnización que deberían haberte pagado.

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  11. Porque se ha notificado hoy el traslado de unos cuantos compañeros y el resto no hemos recibido paralizacion? que esta pasando? a que juega la empresa?

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    1. Es cierto, hemos tenido noticias a última hora, pero no de parte de la empresa, sino de compañeros.

      Por lo que nos han dicho, han paralizado algunos de los traslados que iban a Asturias, pero no sabemos los motivos ni el número de compañeros afectados.

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  12. Habéis visto los nombramientos? si queréis una pista mirad Córdoba. Trasladan a compañeros a los que no les cierran la oficina, cesan a los directores y nombran nuevos... ¿de dónde vienen y quiénes son?¿cuáles son sus méritos? Por otro lado, ¿es legal que a mi me trasladen y venga uno de Sevilla a la oficina?¿Estáis haciendo algo? Parece que no....

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    1. Lo único que podemos hacer desde el sindicato es, como ya se ha hecho, impugnar las decisiones unilaterales de la empresa y el acuerdo del tripartito, incluido el traslado colectivo.

      Además de eso, ofrecemos los servicios jurídicos del CSIF en toda España para asesorar y tramitar en su caso las correspondientes demandas individuales. Es a través de estas demandas como se dilucida la legalidad o no de ciertos traslados individuales.

      Lo que sí tenemos claro es que aunque fuera legal, nos parece absolutamente inmoral.

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  13. Ironías de la empresa. Argumentando que quiere reducir costes traslada a un empleado de la oficina y manda a un Director nuevo..... ¿Seguro que ese nuevo ahorra costes?¿Cobra menos que un administrativo? Y por si alguien lo está pensando, efectivamente, es amigo de "alguien"

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco