Desde Administración y Retribución se ha enviado a
algunas compañeras un correo con el siguiente texto:
“Una vez se han resuelto las
controversias de carácter jurídico en relación con la interpretación del
tratamiento de las prestaciones durante el descanso maternal en función de lo
acordado en el artículo 66 del Convenio Colectivo de aplicación, le informamos
que, en muy breve plazo, procederemos a su regularización, de manera que las
cantidades deducidas a la finalización del mismo le serán abonadas el próximo
27 de mayo, descontándose de ellas las cantidades percibidas de más
correspondientes a la liquidación de las pagas extraordinarias, ya que las
mismas se abonaron íntegramente sin tener en cuenta la reducción de las partes
proporcionales que no se devengaron durante el citado periodo de descanso, cuyo
abono no procedía según la Inspección de trabajo.
Entendemos que, de no recibir
alegaciones al cálculo de la cantidad abonada en un plazo de 10 días, se
produce tácitamente su conformidad con dicho cálculo, por lo que si ha iniciado
algún procedimiento judicial reclamando las deducciones por maternidad, deberá
remitirnos en el plazo de 10 días la comparecencia comunicando el desistimiento.
Quedamos a su disposición para aclararle
cuantas dudas le puedan surgir en relación a este asunto.”
Esperamos que junto con el
abono correspondiente, les adjunten el detalle de cómo se han efectuado los cálculos, de
forma que sea fácil comprobar que se ajustan a la realidad.
No estamos de acuerdo, y
creemos que no se ajusta a la legalidad, en que establezcan un
plazo de 10 días para efectuar posibles reclamaciones.
Todos
los delegados de CSI·F nos ponemos a disposición de las compañeras afectadas
para comprobar la corrección de las liquidaciones.