Liberbank ha comunicado
beneficios de 117 millones durante 2014.
Dejando al margen el resto de
magnitudes, si nos centramos en el apartado de gastos de personal, vemos que existe
una reducción de 13 millones al 31-12-2014 con respecto al 31-12-2013.
No parece un ahorro
considerable, pero debemos tener en cuenta que en 2013 la empresa contabilizó
como ahorro en gastos de personal un importe de 67 millones aproximadamente,
como consecuencia de la aplicación del ERTE 247/13, que, como sabemos, está
pendiente de que el Tribunal Supremo ratifique la sentencia de anulación
dictada por la Audiencia Nacional el 14-11-2013.
Así pues, el ahorro en gastos
de personal total durante 2014 asciende aproximadamente a 80 millones.
Según la agencia EFE,
Liberbank propondrá en abril o mayo, en la junta de accionistas, reparto de
dividendos con cargo a los resultados de 2015 destinando para ello entre el 30
% y el 40 % de sus beneficios.
Antes de pensar en repartir dividendos,
la dirección de Liberbank debería tener en cuenta varias consideraciones:
- Gran parte de los beneficios
obtenidos han salido directamente de los bolsillos de los empleados, que
estamos sufriendo un ERTE basado, según comunicó la empresa, en causas
económicas a raíz de los resultados de 2012. La situación ha cambiado
sustancialmente desde entonces.
- La Audiencia Nacional, en su
sentencia del 26-05-2014, sobre el ERTE que estamos padeciendo, dijo:
“En cuanto al tiempo de duración de las
medidas, es cierto que el despliegue de las mismas hasta el 31 de diciembre de
2017 constituye un periodo muy prolongado de excepcionalidad. Las medidas de
reducción temporal de jornada y de suspensión de contratos, por su propia
lógica y a diferencia del despido, han de desplegar sus efectos durante un cierto
tiempo, actuando siempre en función de previsiones futuras que las harán
necesarias, previsiones que siempre han de estar sólidamente fundadas en la
situación actual de la empresa [..] En contra de una prolongación excesiva de
las medidas habría de tenerse también en cuenta que no hay ningún impedimento
jurídico ni lógico que obstaculice la celebración, pasado un tiempo razonable,
de un nuevo periodo de consultas para decidir sobre la continuación o reforma
de las medidas adoptadas. De hecho una excesiva e injustificada duración de las
medidas adoptadas supone una desposesión de sus funciones a los negociadores
futuros, que pueden obedecer a una representatividad distinta de los actuales.”
Entendemos que al haber cambiado sustancialmente la
situación de la empresa, las causas que, según la sentencia, justificaban el
ERTE, han dejado de ser actuales.
- El Servicio Público de Empleo
abona a todos los empleados la parte proporcional de la reducción de jornada,
con lo que se estrían derivando, casi directamente, fondos públicos destinados
a protección social, a beneficios empresariales. No está claro hasta qué punto
esto sería legal, lo que sí es cierto es que la opinión pública en general no
lo admitiría de ninguna forma.
Nos parece una excelente
noticia que la empresa esté generando beneficios y que las previsiones vayan en
el mismo sentido. Precisamente por este motivo, se debe dar por finalizado el
ERTE.
Ya hemos solicitado a la
empresa una reunión de la comisión de seguimiento y no hemos obtenido
respuesta. Otro incumplimiento más de la empresa, pues en el acuerdo del
27-12-2013 se establece una periodicidad mínima trimestral para las reuniones. En
caso de no convocarse de forma inmediata, acudiremos a la Dirección General de
Trabajo a denunciar este nuevo incumplimiento.
Mientras se aborda la
finalización del ERTE, a vista de los datos presentados por la empresa, se dan
las circunstancias establecidas en el acuerdo para reclamar la reducción
salarial variable que afecta al personal directivo.