Esta mañana hemos estado hablando con el SEPE y nos han aclarado algunas dudas.
En nuestra ficha de prestaciones, que haberemos recibido por correo o podemos consultar por la Oficina Virtual del SEPE, nos figura como fecha de alta en la prestación el día 08-07-2013, pero nos abonarán los días desde el 16-06-2013 como atrasos.
En esta misma ficha figuran 22 días consumidos, pero aplicarán el porcentaje correspondiente: el 100% para los suspendidos, el 30%, 13'56%, 10'97%, 11'34% o 10'04 % para los que tienen reducción de jornada.
No se va a sancionar a los empleados que estamos trabajando ilegalmente, es decir, los que según las primeras medidas no teníamos que estar trabajando y, según las medidas tras el acuerdo, nos han comunicado que debemos incorporarnos con nuestros turnos de trabajo. No obstante, para más tranquilidad podéis consultar con los delegados de CSI·F de vuestra provincia, donde os ampliaremos la información.
Todos debemos seguir trabajando según la última comunicación de la empresa, hasta que nos comunique otra cosa.
En caso de haber sanciones, será la empresa quien las sufra como responsable de las irregularidades que se están produciendo.
Y los que tenemos fecha de alta el dia 18de junio que pasa?
ResponderEliminarTendríamos que ver la hoja de prestaciones y preguntar en el SEPE. Si tienes posibilidad de enviarnosla escaneada a csif.liberbank@gmail.com te lo miramos nosotros con mucho gusto.
EliminarTambién puedes contactar tú mismo con tu oficina de empleo.
¿y los que estábamos en activo porque hasta diciembre no teníamos suspensión de contrato y con la modificación hemos pasado a una reducción de jornada?
ResponderEliminarEn teoría, vosotros no estáis de alta en el paro. Al no aceptar la modificación del "acuerdo", para el SEPE seguís trabajando. Ya veremos cómo lo arregla la empresa.
EliminarEn tu situación hay muchos compañeros y estaremos atentos a que se hagan bien las cosas.
Yo estoy en suspensión desde el 16 de Junio. Entiendo entonces que la empresa esta tramitando mi prestación para cobrar el paro desde el 16, no?.
ResponderEliminarDebes haber recibido en tu domicilio una carta del SEPE diciéndote lo que vas a cobrar, la fecha de alta y los días consumidos. También te indican el importe diario de la prestación.
EliminarSi no la has recibido tendrás que informarte de si estás dado de alta correctamente a través de la Oficina Virtual del SEPE si tienes clave de usuario, DNI electrónico o Certificado Digital. También puedes entrar tecleando los datos de contraste, que son el DNI, las diez últimas cifras del número de cuenta y el número de teléfono.
También puedes personarte en las oficinas del SEPE, pero tendrás que pedir cita previa.
Ya hemos recibidos los traslados..por favor que hacemos?? Como pedimos la baja....ayy por favor me da a dar algo.ayudadme
ResponderEliminarLos que habéis recibido la carta de traslado veréis que hace referencia al acuerdo del 25-06-2013 que ha sido anulado por la D.G. de Empleo. En concreto habla de ese acuerdo a la hora de calcular las compensaciones económicas. Los que aceptéis el traslado deberéis demandar a la empresa si pretende aplicar la reducción de compensaciones que en él se estipulan.
EliminarTambién dice la carta que respeta los efectos, consecuencias y compensaciones establecidas en el apartado I.B.2., del Acuerdo de 3 de Enero del 2011, referido a Movilidad Geográfica.
En cuanto tengamos constancia fehaciente de la anulación del "acuerdo" del tripartito, podremos tratar de impugnar los traslados tal y como se han comunicado, lo que, por desgracia no surtiría efectos de retraso de aplicación, pues la orden de traslado será efectiva a partir del 19-08-2013 aunque estuviera recurrida. Aun si properara el recurso tal vez los efectos serían muy limitados.
La comisión de seguimiento del Acuerdo Laboral de fecha 03-01-2011, celebrada el 10-08-2011 estipula entre otros estos puntos:
"Segundo.
Los trabajadores podrán pedir información, y las Cajas se comprometen a facilitarla en el plazo más breve posible, sobre el importe y condiciones de su eventual acogimiento a la medida de baja indemnizada o de suspensión de contrato. Sin que tal solicitud de información implique que el trabajador solicite finalmente el acogimiento a tales medidas.
Tercero.
Cuando el trabajador afectado por la medida de movilidad geográfica regulada en el acuerdo de 3 de enero de 2011 solicite su acogimiento a las medidas de baja indemnizada o suspensión de contrato, las Entidades se comprometen a aceptar tal acogimiento y a materializar la medida antes de la efectiva incorporación del trabajador al nuevo destino al que se le haya comunicado el traslado, siempre que hayan solicitado el acogimiento con siete días de antelación, al menos, a la fecha de efectividad del mismo. Además, en todos aquellos casos en que por razones organizativas y operativas no se pudiera materializar la baja o suspensión antes de la fecha de efectividad del traslado, se suspenderá la aplicación de esta medida hasta la efectiva materialización de la baja o la suspensión del contrato."
Para solicitar la baja una vez recibida la comunicación de traslado solo hace falta enviar un correo a RRHH diciendo:
"Una vez recibida la cumunicación de movilidad geográfica con fecha 16-07-2013, por la presente les comunicao mi deseo de acogerme a la medida de baja indemnizada según el punto I.B.3 del acuerdo laboral de fecha 03-01-2011.
Les ruego que acusen recibo de mi solicitud"
El plazo para enviar el correo y acogerse al compromiso expresado en el punto tercero del Acta de la Comisión de Seguimiento finaliza el 12-08-2013, aunque no conviene apurar mucho los plazos.
Hola, pues yo he llamado y me han dicho que mi prestacion esta tramitandose, aun no esta aprobada.Eso quiere decir que tampoco voy a cobrar en Agosto??Por que unos si lo tienen aprobada y otros no?Gracias.
ResponderEliminarEso quiere decir que los encargados de realizar los trámites por parte de la empresa no lo han hecho como debieran, ¿lo has comprobado en la Oficina Virtual del SEPE como hemos indicado en la respuesta al comentario de las 13:56?
EliminarEn teoría, la prestación se reconoce cuando la empresa envía el Certifiado, siempre y cuando se haya producido simultánea o previamente la solicitud de prestación y la solicitud de Tarjeta de Demandante de Empleo. No sabemos qué puede haber fallado en su caso.
Vamos a tener problemas de todo tipo con las prestaciones y a cada uno habrá que darle una solución diferente.
Cualquiera de lso delegados de CSIF te podremos ayudar en tu caso concreto. Te recomiendo que te pongas en contacto directamente con cualquiera de nosotros.
Si por aplicacion de la modificacion del ERE, me mantienen el porcentaje anterior (30%), pero me cambian el horario, (la firma de CCOO UGT lo permite), ¿quedaria anulado el horario al anular la modificacion del ERE?.
ResponderEliminarQuedará anulado todo lo que nos han comunicado en relación con el "acuerdo" del tripartito.
EliminarPero hasta que la empresa no nos comunique lo contrario, debemos seguir con el horario del segundo correo/burofax.
Entonces:
ResponderEliminar- El SEPE las únicas medidas que contempla son las primeras y en base a ellas va a abonar las prestaciones.
- Laboralmente las medidas que tengo que cumplir son las segundas.
¿Podríais confirmarme si lo he entendido bien? es decir, si en mi caso, como estaba con suspensión de contrato desde el 16 de Junio, el SEPE es el me va a abonar y entiendo que el 100% aunque tras el acuerdo pase a una reducción del 13,56%, me haya reincorporado y tenga la mencionada reducción de jornada y salario.
¿Raro no?
Buenas tardes.he sido una de las afectadas por la movilidad geografica.hace 6 meses solicite la baja incentivada y a dia de hoy sigo sin tener respuesta.he tomado la decision de rescindir el contrato .y mi duda es: es obligatorio que me acepten la baja incentivada o solo tengo derecho a una indemnizacion por 20 dias como marca el art 40 ET? A esa indemnizacion se le une una liquidacion? Y por ultimo tendria luego derecho a paro? Gracias compañeros.animo a todos!
ResponderEliminarSi has tomado la decisión de rescindir el contrato deberías renovar tu solicitud de baja incentivada, en la contestación al comentario de las 15:09 tienes detallado cómo hacerlo.
EliminarEl punto tercero es claro, se comprometieron a aceptar la baja incentivada en caso de movilidad geográfica. Otra cosa es que lo cumplan. Actualmente hay al menos dos demandas puestas por este tema. Se trata de compañeros que recibieron la comunicación de traslado y solicitaron la baja incentivada al amparo de este punto. El resultado, de momento, es que los compañeros siguen en su puesto de trabajo original y la empresa no les ha contestado sobre la aceptación de la baja, por lo que han optado por demandar y están pendiente de juicio.
Si optas por rescindir el contrato tienes derecho a 20 días por año con máximo de 12 meses, te tendrían que hacer, además, una liquidación con la parte proporcional de las pagas extras y vacaciones sin disfrutar. Tendrías derecho a prestaciones por desempleo igual que en un despido improcedente.
Pero tal vez una cosa no impida la otra, me refiero a que tú puedes renovar tu solicitud de baja indemnizada y posteriormente solicitar la rescisión de contrato, haciendo constar tu reserva de derecho a reclamar la indemnización pactada en la baja incentivada.
Si ya lo tienes decidido hazlo cuanto antes y deja pasar unos días, no más de cinco, entre el correo en el que renuegas tu solicitud de baja incentivada y la solicitud de rescisión de contrato.
Es muy aconsejable que se redacte la solicitud de rescisión correctamene para que no haya lugar a dudas de que te reservas el derecho a reclamar.
Si necesitas ayuda para esta u otra cuestión, escríbenos un correo a csif.liberbank@gmail.com
Entonces si o si tengo que aceptar el traslado y esperara que me digan algo? Por muchisiimos motivos no puedo acogerme a ese traslado. Entonces...no tengo otra solucion que los 20dias?
EliminarEn el caso de que hayan cerrado tu oficina es muy difícil recurrir tu traslado, en caso de no haberla cerrado también sería complicado, pero habría más posibilidades de anularlo.
EliminarLos abogados que nos han asesorado en las demandas que hemos presentado por la no aceptación de baja indemnizada a compañeros con movilidad geográfica, ven bastante claro que tienen obligación de aceptarla y tienen fundadas razones para pensar que se ganará, aunque la justicia no son matemáticas y siempre hay posibilidades de que no salga como desearíamos.
No obstante, si no te vas a trasladar, de ninguna manera debes dejar de solicitar la Baja Indemnizada aunque tengas que demandar.
Yo estoy en suspensión de contrato desde el día 16 de junio por haberlo solicitado voluntariamente por 18 meses consecutivos; no he recibido ninguna comunicación del SEXPE, y en Recursos Humanos me dicen por teléfono que mis solicitud ha sido tramitada. He acudido a las oficinas del SEXPE, pero allí no les consta ningún trámite, ni que yo figure en ninguna relación de afectados porque la empresa no ha comunicado nada todavía.
ResponderEliminar¿Qué está pasando? No me lo explico.
¿No sé cuáles son los pasos que debo dar? ¿O debo seguir esperando pacientemente en esta absoluta confusión?
Esto es todo un desastre.
EliminarDebes solicitar información a la empresa, al departamento de Administración y Retribuciones de Liberbank y que comprueben si han tramitado tu expediente y en qué fecha. Si quieres, nos puedes enviar un correo a csif.liberbank@gmail.com para que lo preguntemos nosotros y te contestamos lo que nos hayan dicho.
En el SEPE no dan información por la LPD. pero puedes entrar a comprobar tu expediente a través de la Oficina Virtual del SEPE si tienes clave de usuario, DNI electrónico o Certificado Digital. También puedes entrar tecleando los datos de contraste, que son el DNI, las diez últimas cifras del número de cuenta y el número de teléfono.
Quisiera saber como habéis recibido la solicitud de traslado. Estoy de vacaciones hasta el 5 de agosto o de reducción estos 4 días ( no lo se) y me preocupa. Estoy en Cantabria. Lo han comunicado por correo-e, o por carta?. Gracias.
ResponderEliminarTodos los que sabemos los han comunicado a través del correo de la empresa, a nosotros también.
EliminarME HAN TRASLADADO .......
ResponderEliminarSi, soy uno de los trasladados. Pero seguiré alimentando mi blog, no me rendiré, y además tengo decidido acudir a mi nuevo destino con espíritu constructivo.
Se presenta un panoráma atractivo, con viajes de punta a punta del país, poco tiempo con la familia, mejor para evitar discusiones, y cuando los vea será como la vuelta del hijo pródigo a casa.
Tomaré una horas para reflexionar y para poder seguir alimentando mi blog.
Mi IP (por si me localizan) tendré que modificar de nuevo, no sea que donde parece que está ahora coincida con mi nuevo destino
Saludos, hasta dentro de unas horas. Voy a tener mucho tiempo libre para poder alimentar mi blog haciéndole más variado y amplio.
trabajadortraicionadoliberbank.blogspot.com.es
Ánimo, vamos a poder con ellos.
EliminarAnimo y no dejaremos la lucha, ahora tiene un monton de descontentos regados por todo el Banco haciendole campaña.
EliminarCSICA ya ha publicado lista de traslados, a mi oficina envían a un chaval desde el otro extremo de España.Me gustaría en solidaridad con los compañeros ofrecerle una habitación en mi casa de manera gratuita.Hay que articular una manera para facilitar la vida de los COMPAÑEROS ,no como hacen CCOO y UGT.
ResponderEliminarNO valora Menendez los trabajadores que tiene, la mayoria profesionales y buena gente como tu. Gracias en nombre de todos y una buena idea a seguir y muestra de solidaridad.
EliminarMMM solamente quiere SUMISOS, así le ha ido a esta empresa.
EliminarA mi en la primera comunicacion de las medidas me dijeron que estaba en la reduccion de jornada del 10,56%. Posteriormente en la segunda comunicacion me dicen que paso al 30%. No entiendo que he hecho mal en 15 dias para merecer esto. Ahora estoy afectado por los traslados y me envian de valencia a extremadura, segun parece en toda españa no hay un destino disponible mas cercano.... Ahora mismo no se en que situacion estoy, me pueden enviar a la otra punta del pais con una reduccion de jornada del 30%? O como la direccion de trabajo ha anulado la ultima modificacion del ere vuelvo a estar en el 10,56?. A todo esto hubiera preferido estar 6 meses trabajando y 6 en el paro que no esta mierda pactada por el tripartito.
ResponderEliminarTú no has hecho nada mal, todo sabemos quiénes han sido.
EliminarAl haber sido anulado el "acuerdo" por la D.G. Empleo, habrá que realizar un nuevo periodo de consultas y un nuevo acuerdo.
Aunque lo previsible es que, si no podemos evitarlo, se reedite el acuerdo anterior, tendrán que redistribuir los porcentajes de reducción de jornada si quieren que se cumpla lo que dicen que era el espíritu del acuerdo: que a nadie le adjudicaran medidas peores que las que había comunicado la empresa anteriormente.
Actualmente, para el SEPE tienes una reducción del 10'56% y para la empresa una reducción del 30%. suponemos que la empresa volverá a asumir las primeras medidas y aplicará unas nuevas con la distribución que pacten con CCOO y UGT.
Solo puedo daros las gracias por las horas que son y sentir que estáis pendiente de todas las dudas que nos asaltan a los empleados que sin saber hacer otra cosa que trabajar, nos han castigado con un traslado lejos de nuestras familias. Deciros CSIF que somos muchos los que pensando toda una vida que CCOO eran los que miraban por nosotros, nos han clavado el mayor puñal que nunca hubiésemos imaginado a cambio de ellos sabrán qué. No puedo decir más que gracias por sentir un aliento de compañerismo en esta agonía.
ResponderEliminar¿Qué pasa en un caso como el mio que pasé de reducción del 11 al 30, y no solicité prestación por desempleo?, entiendo que pueda hacerlo ahora.
ResponderEliminarY otra pregunta,al menos por las noticias que salen hoy en prensa, no se habla de anulación de erte, se dice que puede haber una "posible anulación", y que se advierte al banco que puede haber anulación en los tribunales.¿qué hay de cierto en todo esto?
Solicita la prestación cuanto antes para no perder derechos.
EliminarSe está oyendo que la empresa pretende parchear este desastre sin necesidad de convocar un nuevo periodo de consultas. No sabemos si lo conseguirá, pero sería una mala noticia.
Es totalmente ilegal, ya que el Decreto que desarrolla la Reforma Laboral lo dice muy claro
Eliminar7. Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior sin que el empresario haya comunicado la decisión indicada en dicho apartado, se producirá la terminación del procedimiento por caducidad, lo que impedirá al empresario proceder conforme a lo señalado en el artículo 23, sin perjuicio, en su caso, de la posibilidad de iniciar un nuevo procedimiento.
como se puede solicitar la prestación, liberbank no nos tiene que dar algún papel para llevarlo al Inem?que lios....esto es un sin sentido.
ResponderEliminarLiberbank no tiene que darte ninguna documentación, solamente tiene que presentar el Certificado de Empresa, ya lo habrá hecho para todos los empleados.
EliminarAhora tienes que solicitar citra previa al SEPE y acudir un poco antes para solicitar la Tarjeta de Demandante de Empleo. Después, a la hora de la cita, solicitarás la prestación contributiva.
Seria interesante publicar una estadistica de los traslados con informacion del tipo provincia origen y destino. Ej. De valencia a extremadura 12 de madrid a cantabria 20 asi como los tramos de edad de los afectados, me malicio que a mas edad y compromisos familiares mas lejos. Esa informacion pondria aun mas en evidencia la buena fe de MMM
ResponderEliminarMMM es como un pollo sin cabeza, n.p.i de dirigir una empresa con + de 5.000 empleados aún pagando asesores, abogados y más zarandajas, con un equipo de palmeros y arrastrados estamos en la UVI.
ResponderEliminarA este pollo sin cabeza que se lo cocinen ¡ya¡, y que busquen un gestor que nos saque de este enroque.
S.O.S.
y el b d españa no puede intervenir en este desaguisado?
ResponderEliminarYa se solicitó la intervención del Banco de España, el FROB, los partidos políticos, etc., pero parece que en vez de presionar a la empresa para alcanzar un acuerdo, presionó a CCOO y UGT. (es un decir)
EliminarUn consejo a los compañeros a los que han comunicado traslados, si en vuestra mente está la de rescindir la relación laboral, solicitar a la Entidad acogiéndoos al Ere del 2011 la medida de baja incentivada (45 días por año trabajado y cantidad en relación a los años trabajados) y tanto si contestan como sino, plantear demanda en los tribunales estando asesorados por sindicatos leales a los trabajadores. Este consejo parte del convencimiento personal de que en 3 meses aún lo tendremos muchísimo peor
ResponderEliminarHe recibido la comunicación del Sepe que a partir del 10 de agosto cobraré el 30% del desempleo. Pero como he sido "afortunada" y he pasado al mínimo, ¿qué pasa con el abono que me haga el paro? Saludos y ánimo a todos los compañeros
ResponderEliminarPara el SEPE aún sigues con reducción del 30%, ya que no va a admitir lo que se comtempla en el acuerdo con retroactividad.
EliminarVeremos cómo lo arregla la empresa, pues estás trabajando más tiempo de lo que le han comunicado al SEPE en las primeras medidas.
Las Direcciones Provinciales de Empleo dicen que no tienen constancia de que se haya solicitado una modificación sobre las primeras medidas, ya que no han pasado el filtro de la Dirección General que es quien tiene que comunicárselo a las Provinciales.
Nos han convertido en trabajadores al estilo de algunos profesionales de oficios, que están en el paro y "echan alguna chapucilla"
Se puede negar la empresa a la rescision del contrato por movilidad geografica? En caso de que no se pueda negar, en cuanto tiempo tienen que responder?
ResponderEliminarLa rescisión de contrato es un derecho que reconoce el EE.TT. en su artículo 40:
Eliminar"Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades."
No obstane, es muy aconsejable solicitar la baja incentivada contemplada en el Acuerdo Laboral del 03-01-2011, al amparo del Acta de la comisión de Seguimiento del 10-0-82011.
Y si se pide por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ¿también es aconsejable solicitar la baja incentivada? Gracias
EliminarLa baja incentivada sí se puede pedir, pero ya no tienen obligación de dártela si alegas ese motivo, así que es muy probable que no la acepten.
EliminarEn la modificación sustancial de condiciones de trabajo existe el mismo derecho de rescición de contrato que en el caso de traslado, pero la cuantía máxima es de nueve mensualidades en lugar de doce.
Yo tenia suspensión de contrato para Diciembre y ahora me comunicaron reducción del 13,56%. Para pedir la prestación del sepe, ¿que tenemos que hacer? Pedí cita con el sepe el viernes y me dieron ¡para el 25 de Julio!! Fuera de los 15 dias de plazo dsde la comunicación...La empresa hace los trámites por nosotros?? No hay quién se fie,¿cómo tenemos que hacerlo?
ResponderEliminarUna vez solicitada la cita previa, se interrumple el plazo de 15 días. No obstante, se cuentan días hábiles, los sábados lo son, por lo que el 25 aún estarías en plazo si no hubieras solictado la cita.
EliminarPor otra parte, en algunas oficinas del SEPE no han tramitado las solicitudes a algunos compañeros en tu situación, ya que a ellos no les consta la modificación de las medidas aplicadas en el "acuerdo" y para ellos sigues trabajando.
los que teníamos suspensión de contrato para diciembre y no hicimos nada con relación al paro, teníamos que haberlo hecho o tenemos que hacer algo ahora?yo ahora tengo la reducción del 50% o sea lo mismo.gracias
EliminarNuestro consejo es que pidas cita previa para solicitar la prestación contributiva, cuando te la den te acercas a tu oficina de empleo unos minutos antes para solicitar la tarjeta de demandante de empleo, que es un paso previo en el que se suele tardar poco.
EliminarEl plazo para solicitar la cita, independientemente de cuándo te la den, es de 15 días hábiles desde la comunicación de la empresa. Los sábados se cuentan como hábiles.
En algunas oficinas del SEPE no han tramitado las solicitudes a algunos compañeros en tu situación, ya que a ellos no les consta la modificación de las medidas aplicadas en el "acuerdo" y para ellos sigues trabajando, pero si te admiten el trámite eso que llevas de adelanto.
Soy un trabajador al que han trasladado alegando el ajuste por el cierre de oficinas pero mi oficina sigue abierta y tendran que ocupar mi puesto con otro compañero. Tango alguna posibilidad de que se pueda anular el traslado?
ResponderEliminarEn caso negativo nos podemos acoger a las suspensiones segun el acuedo de 2011?
Vamos a analizar todos y cada uno de los traslados. En tu caso, tal vez veríamos posibilidad de demandar si tu oficina no se cierra y no reducen personal.
EliminarSí os podéis acoger la las suspensiones que se contemplan en el Acuerdo Laboral del 03-01-2011, y tienen obligación de aceptarla según el Acta de la Comisión de Seguimiento de fecha 10-08-2011.
En primer lugar gracias por vuestro interes y aclaraciones. En mi caso soy trasladado y ese mismo dia llega alguien a mi oficina,a cubrir mi puesto. Obviamente voy a pedir la baja indemnizada pero que puedo hacer respecto al traslado??lo que alega la empresa para trasladarme carece de sentido,mi.ofi no se cierra y el mismo dia q yo no estoy llega alguien. Incomprensible
ResponderEliminarPor favor, escríbenos un correo a csif.liberbank@gmail.com y estudiaremos tu caso por si concurrieran circunstancias que pudieran dar lugar a demanda de anulación.
EliminarHola. Me han trasladado y tengo intención de solicitar la baja indemnizada tal y como vosotros aconsejais, pero no entiendo bien cuáles serán las consecuencias reales en el caso de que la empresa lo rechace o simplemente no conteste. Qué pasará el 19 de agosto si no me han contestado? Sigo en mi puesto? Me tengo que trasladar igualmente?
ResponderEliminarGracias de antemano.
Tenemos al menos dos casos en que tras la orden de traslado, los empleados han solicitado la baja incentivada. Les contestaron dejando sin efectividad el traslado, como está estipulado en el Acta de la comisión de Seguimiento del Acuerdo Laboral del 03-01-2011, de fecha 10-08-2011.
EliminarTambién está estipulado que les tienen que aceptar la baja, pero aún no lo han hecho, por lo que se han presentado sendas demandas.
En el caso de que no te contesten en una semana, o simplemente contesten que no la aceptan, habrá que demandar a la empresa, pero te tendrías que trasladar mientras se resuelve.
También podría ser que te contesten, como a los compañeros que hemos aludido, que se deja sin efecto el traslado, tras lo cual podríamos dejar pasar un tiempo prudencial para que la acepten.
Mañana tenemos pensado colgar en el blog un modelo de correo para solicitar la baja y otro para solicitarla por burofax.
Y esos compañeros estan en suspenso o siguen trabajando? Lo digo porque en el caso de que la oficina cierre que hacen?
ResponderEliminarEstán trabajando, pero en el caso de cierre de oficina, tendrán que aceptar la baja, pues el compromiso es no hacer efectivo el traslado mientras no se haga efectiva la baja.
EliminarEn caso de que prosigan con la orden de traslado antes de aceptar la baja, habrá que trasladarse y demandar.
Hola compañeros. ayer nos han dicho que aún no están claras las indemnizaciones en caso de rescindir el contrato por traslado ¿es cierto eso? ¿se puede llegar a un acuerdo para que nos den más de 20 días? ¿es cierto que el plazo para rescindir el contrato son 15 días desde la notificación? ESo es lo que han dicho ? Es cierto que ayer hubo reuniones para aclarar el tema de las bajas?
ResponderEliminarGracias.
No está claro que la empresa acepte las bajas incentivadas sin demandarles.
EliminarHay rumores, nosotros no hemos tenido conocimiento oficial, de que se va a ofrecer una cantidad por la baja incentivada inferior a la que se pactó en el Acuerdo Laboral del 03-01-2011.
El plazo para rescindir el contrato desde que te comunican varía según reglamentos y jurisprudencia, pero se puede estimar como quince días el plazo en que es seguro que tienen que acceder a tu solicitud.
No hemos oído nada de reuniones.
He pedido la rescision del contrato y la empresa no me responde .que debo hacer?
ResponderEliminar¿Te han comunicado traslado?
EliminarSi no es así, no pueden ignorar tu solicitud, ya que es un derecho reconocido en el EE.TT. Te aconsejamos que si no te contestan en un tiempo prudencial, una semana, te pongas en contacto con cualquiera de los delegados de CSIF que figuran en la cabecera del blog o a través de csif.liberbank@gmail.com, para iniciar las acciones pertinentes.
Si te han comunicado traslado, te aconsejamos que solicites la baja incentivada al amparo del Acuerdo laboral del 03-01-2011 y si no te paralizan la efectividad del traslado en unos días, nos lo comunicas igual que en el caso anterior
Si me han divho el traslado el 16.he pedido informacion a rrhh expansion y solo recibo respuesta de que no me pueden decir nada.pido que me digan que cantidad recibiria pir 20 dias y me dicen lo mismo.que pasa? Porque estan dando largas? No es mas facil responderme y quitarse gente de encima? Algo pasa con las indemnizacionesporque sino me hubieran respondido sin tapujos.tampoco son claros en el plazo que hay para responder.un dia me dicen que son 15 dias.otros que son 20.que puedo hacer?
EliminarEn RRHH humanos de expansión no te pueden dar información porque todo esto parece ser que lo están haciendo centralizadamente desde Oviedo, y allí deben tener un cisco enorme con la que han liado aplicando primero unas medidas, luego modificándolas, y después ya veremos qué harán.
EliminarTe aconsejamos que solicites la baja incentivada al amparo del Acuerdo laboral del 03-01-2011 y si no te paralizan la efectividad del traslado en unos días, nos lo comunicas, pues se debe preparar una demanda.
Incluso en el caso de que quisieras rescindir tu contrato al amparo del Art. 40 del EE.TT., si cuando lo solicites no te contestan, también tendrías que demandar.
En lo referente a los plazos para solicitar la rescisión de contrato por traslado, la ambigüedad viene dada por la diferente jusrisprudencia y la legislación nada concreta al respecto.
Si lo solicitas dentro del plazo de quince días en ningún caso podrían alegar que se te ha pasado. Para los 20 días también habría base jurídica que lo pudiera considerar dentro de plazo.
Para solicitar la baja incentivada,la cosa está más clara. El plazo es de siete días antes de la efectividad del traslado.
INDIGNACION.Oficinas cerradas.nos dicen que nos tenemos que incorporar el 19 de agosto en nuevos destinos pero que tenemos que seguir viniendo a trabajar hasta el 16 de agosto. ¿qué es lo que pasa? ¿que wasa asquerosa es esta? ¿cómo vamos a estar 1mes en una oficina desierta?
ResponderEliminaresto es broma o qué?
Por favor, escríbenos un correo a csif.liberbank@gmail.com y veremos si en tu caso de puede demandar por mobbing. Tener a un trabajador en una mesa sin encargarle ningún trabajo es mobbing, tipificado en el código penal.
EliminarAlguien a llamado a canarias? Nosotros estamos en esa misma situacion.no nos dicen nada....seguimos esperando y hasta el 16 de agosto tenemos que venir para incorporarnos el 19.alguien se ha dado cuenta en el mapa lo lejos que estamos y las medidas drasticas que son para nosotros.NADIE.Pues estamos aqui...en un puntito pequeñito del mapa.gracias.
EliminarAdemas de verdad, yo no soy de alli, pero viví allí. Los que estan dentro de la península lo tienen mas facil para moverse y seguir en contacto con la familia. Pero los de Canarias? Son 2000 Km de distancia!!!!!!
EliminarGracias compañero por tu apoyo.somos los unicos que estamos trabajando en oficinas cerradas al publico.y en vez de darnos soluciones respecto a los traslados o incluso a bajas ya que hay gente dispuesta a dejar laempresa y nadie nos llama.y a nosotros no nos cogen los telefonos ni nos dan soluciones.que es lo que pasa.como es posible que no nos digan nada.y mientras el tiempo pasa y nos sentimos abandonados.que pasa....nos somos parte de la empresa? Estamos todos los dias 6 horas ali metidos intentando pedir explicaciones y no hay manera ....
EliminarEl caso de los que estáis el Canarias es el más difícil de parar, ya que se produce un cierre que no permite la recolocación en una oficina próxima. No lo podemos sentir igual, pero entendemos cómo se os debe caer el mundo encima cuando tenéis que plantearos el traslado, o la baja en la empresa estando el "mercado" laboral como está, algunos ya con cierta edad y sobre todo, con cargas y responsabilidades familiares.
EliminarEl hecho de que estéis en oficinas cerradas, al igual que los que están en la península, es sangrante y podría ser motivo de demanda penal por mobbig, pero la empresa se aprovecha de la lentitud de la justicia, sabiendo que ésta es una situación provisional, con fecha de caducidad 19-08.
El mismo abandono, o parecido, sufren el resto de compañeros cuyas oficinas han cerrado, aunque los trabajadores permanecen en su interior.
En este blog se ha hablado de las bajas incentivadas y de la rescisión de contrato. De las posibilidades de demanda de impugnación y de todos los temas que nos estáis planteando, y, por supuesto, cuando escribimos algo, lo hacemos pensando también en vosotros, incluso más, por vuestra lejanía en distancia, aunque no en afecto.
Un abrazo.
Canarios, y vuestro jefe de zona ¿no os está apoyando y orientando en lo que tenéis que hacer? es el responsable del personal allí ¿no es cierto?
EliminarJefe de zona? Hace muchos meses que no sabemos quien es esa figura.ni si quiera sabian que estamos cerrados y somos 8 personas abandonadas. Y encima nos dicen que tenemos que estar hasta el 16 de agostoen las oficinas fantasmas.no hay solidaridad ninguna.nuestro traslado es a miles de kilometros y nos dicen que tenemos que estar ennlas oficinas en canarias hasta el 16 y el 19 estarvya en peninsula.y nuestros hijos y familia en general?pueden permitir esto?como cambio mi vida en un fin de semana?OS PEDIMOS AYUDA POR FAVOR
EliminarJefe de zona juajuajua!!! En Andalucía es el primero interesado en que se vaya la gente al norte. El que no cumpla, puerta y el que cumpla, también, que le hace la competencia. Cualquier persona que pueda suponer un obstáculo para que este señor ocupe su cargo es inmediatamente represaliado. Supongo que en otras zonas será igual...
Eliminarjajajaja, si señor , el perfil que hay de jefes de zona ,más de lo mismo.
EliminarSe está rumoreando que mañana comunicarán traslados en Servicios Centrales. ¿ Os ha llegado alguna noticia? Gracias
ResponderEliminarAunque esto que nos dices se ve venir desde hace tiempo, es la primera noticia que tenemos, lo cual no quiere decir que no se vaya a producir.
EliminarLa empresa se comunica con la RLT lo mínimo que le obliga la ley, y en ocasiones ni eso.