miércoles, 21 de febrero de 2018

JUICIO REDUCCIONES DIRECTIVOS (II) LA SENTENCIA

La Audiencia Nacional, con fecha del 15 de febrero, ha dictado sentencia sobre la reducciones salariales, adicionales, aplicadas a los directivos, dictaminando la nulidad radical de esa rebaja en las nóminas de los afectados.

En la dicha sentencia se recoge textualmente lo siguiente:

“Declaramos la nulidad radical de los acuerdos individuales, suscritos entre las empresas demandadas y sus directivos, porque vulneraron el derecho de libertad sindical…”

“Condenamos a LIBERBANK SA y a BANCO CASTILLA LA MANCHA”…. “a abonar  a  los  trabajadores  afectados  las  cantidades  dejadas  de percibir…”

El fallo es una muy buena noticia para los trabajadores y un grave revés para la Empresa que debe de reflexionar, y colegir, que medidas de este tipo no se pueden tomar olvidando a los representantes legales de los trabajadores.

También nos gustaría que éxitos como este -que tienen su origen en demandas ratificadas por las cinco mayores secciones sindicales con representación en nuestro grupo-, no se conviertan en una nueva bronca entre sindicatos a cuenta de patéticos esfuerzos por atribuirse el mérito.

La Empresa puede presentar recurso en casación, ante el Tribunal Supremo.

Desde CSIF esperamos que se imponga la cordura y no se vuelva a recurrir a tácticas dilatorias que, a nuestro juicio, solo van a conseguir retrasar lo inevitable, restituir nuestros dineros, los recogidos en este fallo y los que tenemos pendientes desde el cada vez más lejano año 2013.


Seguiremos informando.

lunes, 19 de febrero de 2018

JUICIO REDUCCIONES DIRECTIVOS

El pasado día 13 se celebró, en la Audiencia Nacional, el juicio por la demanda de varios sindicatos contra las reducciones salariales que Liberbank aplica, desde el pasado Julio, a los directivos que voluntariamente las firmaron.
En CSIF hemos dejado pasar unos días antes de publicar esta circular para darles tiempo de colgarse las medallas, que cada sindicato se autoconcede, por su actuación en este proceso.
CSIF opina que cuando una fuerza sindical, gracias a su acierto, consigue alguna mejora para un colectivo, es licito atribuirse tal merito; pero cuando, como el caso que nos ocupa, todos los sindicatos rechazamos unánimemente una decisión empresarial y presentamos la correspondiente demanda en los tribunales  para  intentar  su  anulación, nos  parece  ridículo  ese  cruce  de comunicados atribuyéndose el mérito de algo que, además, todavía está sub júdice.
Como cada uno solo cuenta su parte, desde CSIF vamos a intentar informar sobre lo ocurrido de la manera más objetiva posible, evitando que no sea necesario leer media docena de comunicados para enterarse de lo ocurrido.
Los abogados de CSIF tras estudiar las distintas vías jurídicas por donde impugnar la medida, tomaron la que les pareció más oportuna, unos sindicatos coincidieron en la misma vía y otro decidió “atacar” por otra.
Al haber, pues, distintas demandas presentadas, por los sindicatos CCOO, CSIF, CSICA, UGT y STC-CIC sobre el mismo tema, el Juez decidió acumularlas y reconducirlas todas como Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo.
En el Juicio se aportaron los siguientes datos sobre los afectados: del total de 3.500 empleados, 1025 son Directivos, de los cuales 375 no superan los 45.000,00 € anuales (cifra a partir de la cual se aplica la medida).
De los aproximadamente 650 a los que se solicitó la reducción unos 100 directivos no aceptaron firmarla y por tanto no se les aplica.
Los abogados de cada parte, como es lógico, expusieron los argumentos que consideraron mejores para sus representados; pero lo más resaltable es que el Ministerio Fiscal manifestó en sus conclusiones provisionales que Liberbank trata a estos trabajadores como si fuesen de alta dirección, sin serlo, por ello, no puede disponer libremente (sin negociación sindical) de sus salarios.
Quedamos a la espera de sentencia.


Seguiremos informando.


jueves, 15 de febrero de 2018

PERMISO POR NACIMIENTO DE HIJOS

Hasta ahora las compañeras que han sido madres, pasaban directamente de estar en activo ó en baja IT, a la baja de maternidad, conforme el certificado expedido por la empresa para su presentación en la Seguridad social y cobro de prestación. Este certificado se daba con fecha de nacimiento del hijo.

Disfrutando del permiso de tres días hábiles por nacimiento de hijos recogido en nuestro convenio, generalmente solo los padres.

Pues bien, gracias a las averiguaciones hechas por CSIF, sabemos que también las madres tienen derecho al disfrute de esos tres días laborables por nacimiento de su hijo. Hay que solicitarlo el día del nacimiento y pedir el certificado para la Seguridad Social con fecha de tres días más tarde para el alta de la prestación de maternidad.

Ahora bien como hay compañeras, actualmente de baja por maternidad, desde CSIF estamos negociando con la empresa que las afectadas puedan solicitar esos tres días una vez finalizado el periodo de maternidad; puesto que en el convenio no se indica cuándo hay que disfrutarlo.

Por tanto y resumiendo:

·         Si ya estáis en esta situación solicitar el permiso de 3 días laborales al final de la maternidad.

·         Y a futuro y, con el fin de evitar problemas, pedirlos en el momento del nacimiento, solicitando así el certificado con fecha  tres días después del nacimiento.

Seguiremos informando.

lunes, 12 de febrero de 2018

LOS PUNTOS SOBRE LAS IES

TRIENIOS

Una vez trascurrido el plazo durante el cual se suspendió el devengo de trienios-periodo entre 01.06.16 y el 31.12.17- sin haber llegado a ningún acuerdo entre los  sindicatos  firmantes  del  Convenio  colectivo  (CCOO-UGT-CSICA)  y  la patronal; informaros que se reanuda, con fecha 1 de enero 2018, el devengo de los mismos, por lo que se percibirá la mitad de un trienio el 30 de junio 2019, es decir hemos perdido 18 meses de cómputo.

CLASIFICACION DE OFICINAS Y CONSOLIDACIONES DIRECTIVOS

La semana pasada el Tribunal Supremo ha ratificado la Sentencia de la Audiencia Nacional, que obliga a Liberbank a realizar la clasificación de las oficinas, consolidación de puestos directivos e información a los representantes de los trabajadores.

El sindicato anunciante  del fallo del TS, se ha dado prisa en colgarse medallas y en “agradecer irónicamente” a los sindicatos que no apoyaron la demanda; sin embargo se olvida de nombrar a los sindicatos que como CSIF éramos igualmente demandantes.

Aclarado esto, lo que nos interesa a todos es la sentencia, ratificada por el TS, de fecha 01.06.16 que falla a nuestro favor, obligando a Liberbank a:

1. Establecer un sistema de clasificación de oficinas conforme al convenio colectivo.

2. Facilitar información suficiente a los representantes de los trabajadores que les permita la comprobación de la clasificación que realiza la empresa.

3. Realizar la consolidación de categorías que corresponda a los afectados.

4. Abonar las diferencias salariales que pudieran corresponderles.


Una vez que ya tenemos una sentencia firme, CSIF vigilará el cumplimiento integro de la misma. Ahora bien, dados los precedentes, la prudencia aconseja ser cauteloso y no vender la piel antes de ver reflejada la sentencia en nuestras nominas.

Seguiremos informando.

miércoles, 7 de febrero de 2018

INFORMATIVO EJECUCION DE SENTENCIA


La Audiencia Nacional nos pidió, a las partes solicitantes de la ejecución de Sentencia, que identifiquemos, mediante un listado por orden alfabético, a los trabajadores a los que representamos.

CSIF presentó el listado con inclusión de las cantidades. Ya en el 2015 hizo lo propio cuando solicitó ejecución de la sentencia, tras la ratificación del Supremo a la nulidad del pacto que suscribió la Dirección con UGT y CCOO. La Empresa se opuso, manifestando que únicamente el sindicato CSIF cuantificó de manera individualizada los términos de la ejecución, aportando el cálculo individual de lo que la Entidad adeuda a cada  trabajador.

Viendo la firme oposición de la Empresa a la ejecución del fallo, nuestros abogados para evitar riesgos innecesarios y en todo caso ad cautelam, aconsejaron presentar papeleta de conciliación ante las Unidades de Mediación y Arbitraje de las distintas Comunidades Autónomas. Con ello se interrumpiría la prescripción, a resultas de lo que decidiera la Audiencia Nacional.

Ante una ejecución tan complicada y previniendo todas las posibles argucias de la Entidad para dilatar, al máximo, los plazos; CSIF siguiendo las recomendaciones de nuestros abogados, presentó, en su día, demandas individuales en los distintos Juzgados de las Comunidades Autónomas.

Saliendo al paso de las insinuaciones de algún sindicato, CSIF  quiere  dejar claro que es el único que tiene la doble garantía, (demanda colectiva ante Audiencia Nacional e individual ante Juzgados Ordinarios) para reforzar el cobro de las cantidades que tenemos pendientes desde el ya lejano 2013.


Confiamos que la Administración de Justicia no dilate, mucho mas, el ya larguísimo proceso. 



Seguiremos informando... 

lunes, 20 de noviembre de 2017

LO PRIMERO LOS PARTICIPES

En los últimos días, hemos sido el objetivo de dos ofensivas del tándem (UGT-CC.OO.), en un vano intento de mancillar nuestra imagen y limpiar la suya. Origen, la designación de cargos en la Comisión de Control del Plan de Pensiones.
Debido al deber de confidencialidad que firmamos los miembros de dicha Comisión, no podemos contar, “con detalle”, lo ocurrido durante los diez años en que el tándem (UGT-CC.OO.), se ha repartido la Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría; pero si vamos a explicar los motivos fundamentales que han llevado a CSIF a tomar la decisión de removerles de esos cargos.
El primero y fundamental: La defensa de los intereses de los participes
En todas las Comisiones de Control de los Planes de Pensiones están representados tanto el promotor como los participes, encomendándoles el legislador una responsabilidad compartida. Corresponsabilidad que, hasta ahora, aquí no ha existido, manteniendo todo el control los miembros designados por el tándem.
Durante los últimos años hemos descubierto diversas y graves irregularidades, que ni el Auditor ni el Actuario, nombrados por quién ostentaba el control, detectaron; pidiendo, por nuestra parte, el cese de ambos y teniendo que contratar dos Auditoras externas.
Llegados a este punto desde CSIF se decide poner fin a esta situación, no podemos mirar hacia otro lado cuando algo tan importante como el dinero de todos está en juego. Descartados ambos sindicatos, empecinados en el oscurantismo, la única alternativa numérica para lograrlo era el promotor; teniendo claro que en la Comisión de Control los partícipes seguimos siendo la mayoría.
¿Por qué esa oposición sistemática a que se difunda la verdad?
Los únicos que tienen la respuesta son los que ocupaban los cargos hasta ahora, a ellos hay que sonsacar.
Segundo motivo: Control y supervisión de nuestros salarios diferidos.
CSIF se reservó la Secretaría, porque es el Secretario quien está en contacto directo con la Gestora pasando por sus manos toda la documentación que se maneja, asumimos, así, una gran carga de trabajo que intentaremos desarrollar con eficacia, por el bien de todos, partícipes y beneficiarios.


El Presidente, pactado con el Promotor (compañero de BCCM), es una persona que tiene claro que la normativa le obliga a actuar en función de los mandatos de la Comisión de Control imposibilitando así ninguna actuación que vaya en contra de los partícipes.
Porque CSIF no firma cheques en blanco a nadie y toma las decisiones después de analizar todas las alternativas, proceder que si el tándem (UGT-CC.OO.) imitase, habría evitado la condena por la Audiencia Nacional ( ratificada por el Tribunal Supremo) por avalar con su firma recortes salariales superiores al 60%.
Recordar nuevamente que los cargos de la Comisión de Control de un plan de pensiones del sector de ahorro no son ni retribuidos ni remunerados.
Ahora es cuando todos los compañeros podéis tener la tranquilidad que el Plan de Pensiones funcionará con normalidad, sin opacidades e irregularidades, CSIF pondrá todo su empeño en ello.









Seguiremos informando...




ELIGE MEJORAR, ELIGE CSIF. EL SINDICATO INDEPENDIENTE

miércoles, 8 de noviembre de 2017

LA PAJA…Y LA VIGA …

07 de noviembre  de 2017
LA PAJA…Y LA VIGA

Leyendo el comunicado de UGT, relativo a la Comisión de Control del Plan de Pensiones de CCM, la primera reacción es acordarnos de aquello de ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio.
Es cierto que debe ser conocido, tanto por participes como beneficiarios, lo ocurrido en las reuniones de la Comisión de Control del Plan de Pensiones celebradas el 6 de Julio y 18 de octubre últimos; al igual que lo acontecido en el resto de la reuniones anteriores, de las que ese sindicato parece haberse olvidado.
Es evidente que actualmente la Presidencia la ostenta un representante del Promotor, compañero de CCM (y por tanto partícipe), la Secretaría y Vicepresidencia, la ostentan representantes de CSIF.
¿Por qué se ha llegado a esta situación?
Pues como bien dicen algo “no huele muy bien” (circular de UGT de 3 de Noviembre), ante esa afirmación se hace necesario abrir las ventanas para ventilar el mal olor de situaciones enquistadas por la opacidad y el oscurantismo, de la que ellos fueron participes.
De esa situación, cuanto menos “irregular” en que se encuentra en el Plan de Pensiones, en CSIF no hemos visto otra solución que alejar de sus cargos a ciertas personas.
El deber de secreto nos impide detallar situaciones que, siendo suaves, podemos calificar de “sorprendentes”; pero a la vista de las mismas, solo podemos concluir que quién originó el problema difícilmente puede ser la solución.
Intentando salvaguardar a quién ostentó la Secretaría, utilizan en su escrito la palabra surrealista y tienen razón, porque surrealista es la carta que dirigieron a CSIF ofreciéndole la Presidencia. Un cargo que designarían ellos mismos, imaginamos que con la ilusión de poder dictarle lo que tenía que “presidir” en cada momento.
Experiencia en “reeducar” a sus representantes, cuando se apartan de la “doctrina oficial”, tienen de sobra. Al igual que de ponerse al lado de las empresas… cuestión en la que podrían dar un master.
Ya se sabe: siempre habla quien más tiene que callar.
Hay que dejar claro, que la figura del Presidente (más allá de su voto personal) no tiene ningún poder de decisión, es la Comisión de Control quien toma las decisiones por mayoría de sus miembros.
El desconocimiento de lo que es un Plan de Pensiones los lleva a afirmar que el Promotor alcanza ahora el “control directo del día a día”, cuando evidentemente no es así. El “día a día” lo lleva la gestora y de sus operaciones da cuenta a la Comisión de Control, cuya mayoría sigue estando en manos de participes y beneficiarios que, cuando ha sido necesario para defenderles, ha votado en contra del interés del promotor.
Desde esta organización podemos asegurar que si detectamos cualquier intento de subvertir la soberanía de participes y beneficiarios en la gestión del plan, será bloqueada y denunciada públicamente.
La normativa que regula los Planes de Pensiones dentro del sector de ahorro es muy anterior a la actual situación y al “nacimiento” de Liberbank. Históricamente siempre ha habido planes de pensiones donde la figura de la Presidencia correspondía al promotor, pero siempre con una mayoría de participes y beneficiarios, garantizando así el equilibrio dentro de la Comisión de Control.
¿Cuando afirman que la Empresa quiere alcanzar la paridad en la Comisión de Control, no estarán expresando su deseo, no estarán  intentando que se tapen sus “errores”?  
Ante esta posibilidad debe quedar claro que se encontrarán con la total oposición de CSIF.
Podemos afirmar que, la “impecable” gestión de estos diecisiete años que nos quieren vender, no es tal y; aunque hasta ahora no ha trascendido por el "hermetismo" vigente, lo que había era un considerable “desorden” con situaciones próximas al conflicto de intereses.
¿Temerá UGT que salgan a la luz una vez fuera de los cargos?
¿Será este el verdadero motivo de su “berrinche”?
Tenemos que recordar que los cargos de la Comisión de Control de un Plan de Pensiones del sector de ahorro no son ni retribuidos ni remunerados.
Por último queremos transmitir a todos los compañeros un mensaje de tranquilidad, CSIF velará, desde este momento, por el buen funcionamiento del Plan de Pensiones.



Seguiremos informando...

ELIGE MEJORAR, ELIGE CSIF.

EL SINDICATO INDEPENDIENTE

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