La Audiencia Nacional, con fecha
del 15 de febrero, ha dictado sentencia sobre la reducciones salariales,
adicionales, aplicadas a los directivos, dictaminando la nulidad radical de esa
rebaja en las nóminas de los afectados.
En la dicha sentencia se recoge
textualmente lo siguiente:
“Declaramos la nulidad radical de
los acuerdos individuales, suscritos entre las empresas demandadas y sus
directivos, porque vulneraron el derecho de libertad sindical…”
“Condenamos a LIBERBANK SA y a
BANCO CASTILLA LA MANCHA”…. “a abonar
a los trabajadores
afectados las cantidades
dejadas de percibir…”
El fallo es una muy buena noticia
para los trabajadores y un grave revés para la Empresa que debe de reflexionar,
y colegir, que medidas de este tipo no se pueden tomar olvidando a los
representantes legales de los trabajadores.
También nos gustaría que éxitos
como este -que tienen su origen en demandas ratificadas por las cinco mayores
secciones sindicales con representación en nuestro grupo-, no se conviertan en
una nueva bronca entre sindicatos a cuenta de patéticos esfuerzos por
atribuirse el mérito.
La Empresa puede presentar
recurso en casación, ante el Tribunal Supremo.
Desde CSIF esperamos que se
imponga la cordura y no se vuelva a recurrir a tácticas dilatorias que, a
nuestro juicio, solo van a conseguir retrasar lo inevitable, restituir nuestros
dineros, los recogidos en este fallo y los que tenemos pendientes desde el cada
vez más lejano año 2013.
Seguiremos informando.
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