jueves, 15 de febrero de 2018

PERMISO POR NACIMIENTO DE HIJOS

Hasta ahora las compañeras que han sido madres, pasaban directamente de estar en activo ó en baja IT, a la baja de maternidad, conforme el certificado expedido por la empresa para su presentación en la Seguridad social y cobro de prestación. Este certificado se daba con fecha de nacimiento del hijo.

Disfrutando del permiso de tres días hábiles por nacimiento de hijos recogido en nuestro convenio, generalmente solo los padres.

Pues bien, gracias a las averiguaciones hechas por CSIF, sabemos que también las madres tienen derecho al disfrute de esos tres días laborables por nacimiento de su hijo. Hay que solicitarlo el día del nacimiento y pedir el certificado para la Seguridad Social con fecha de tres días más tarde para el alta de la prestación de maternidad.

Ahora bien como hay compañeras, actualmente de baja por maternidad, desde CSIF estamos negociando con la empresa que las afectadas puedan solicitar esos tres días una vez finalizado el periodo de maternidad; puesto que en el convenio no se indica cuándo hay que disfrutarlo.

Por tanto y resumiendo:

·         Si ya estáis en esta situación solicitar el permiso de 3 días laborales al final de la maternidad.

·         Y a futuro y, con el fin de evitar problemas, pedirlos en el momento del nacimiento, solicitando así el certificado con fecha  tres días después del nacimiento.

Seguiremos informando.

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco