viernes, 27 de diciembre de 2013

Acuerdo firmado el 27-12-2013

ACTA FINAL CON ACUERDO  DEL PERIODO DE CONSULTAS DEL EXPEDIENTE DE MOVILIDAD GEOGRÁFICA, MODIFICACION SUSTANCIAL DE CONDICIONES,  SUSPENSIÓN DE CONTRATOS, REDUCCIÓN DE JORNADA E INAPLICACIÓN DE CONVENIO LIBERBANK, S.A. Y BANCO DE CASTILLA LA MANCHA, S.A. (GRUPO LIBERBANK A EFECTOS LABORALES)

 



En Madrid, a 27 de Diciembre de 2013

REUNIDOS

Por la representación empresarial:

D. José Luis Martín Sariego
D. José Manuel Gutiérrez
D. Juan Carlos Navarro

Por la representación de los trabajadores,

Por CC.OO

D. Carlos Genillo Peinado
D. Eduardo Fernández García
D. Alfredo Serna Suárez
D. José Luis González Valdés
D. Jesus Luis Rueda Garcia

Por UGT

Dª Gema Mel Esteban
D. Vicente Gómez Salto
D. Juan Ángel Requena de la Rosa
Dª Carmen Niño Núñez


Por CSIF

D. José Manzanero Silva
D. Luis Cabañas


INTERVIENEN


Los primeros, en nombre y representación de Liberbank, S.A y Banco CCM, Grupo Liberbank a efectos laborales.
                                                               
Los segundos, en nombre y representación de las Secciones Sindicales de los Sindicatos CC.OO, UGT y CSIF que acreditan un porcentaje de representación del 78,20 por ciento sobre el total de los miembros de los órganos de representación unitaria existentes en la entidad.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la conclusión y firma del presente acuerdo, y a tal efecto


MANIFIESTAN


Primero.- Que con fecha 16 de octubre de 2012 se inició un periodo de negociación previo y limitado en el tiempo al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Convenio Colectivo de Cajas y Entidades Financieras de Ahorro y para abordar medidas de modificación sustancial de condiciones de trabajo, suspensión de contrato y reducción de jornada, e inaplicación del convenio colectivo, al amparo de lo dispuesto en los artículos 41, 47 y 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, habiéndose celebrado reuniones dentro de dicho periodo los días 16 de octubre de 2012, 24 de octubre de 2012 y 17 de abril de 2013.


Adicionalmente, tras la anulación del Acuerdo alcanzado en el SIMA en fecha 25 de junio de 2013, en virtud de Sentencia de la Audiencia Nacional de 14 de noviembre de 2013, se celebró una nueva reunión dentro del periodo informal el 27 de noviembre de 2013.

Segundo.- Que con fecha 11 de diciembre de 2013 se procedió a la apertura del periodo de consultas para la modificación sustancial de condiciones de trabajo, inaplicación de convenio colectivo y suspensión de contratos y reducciones de jornada, habiéndose celebrado reuniones posteriores los días 17, 19, 23 y 26 de diciembre de 2013.

Tercero.- Que considerando las partes firmantes del presente acuerdo acreditadas las causas alegadas por la empresa para la movilidad geográfica,  modificación de condiciones de trabajo, inaplicación del convenio colectivo,  y suspensión de contratos y reducción de jornada, al amparo de lo dispuesto en los artículos 40,  41, 47 y 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, acuerdan las medidas que a continuación se detallan:

      I.            SUSPENSIONES DE CONTRATOS Y REDUCCIONES DE JORNADA.

A.   Suspensión temporal de contratos.

Se suspenderá a partir del 1 de enero de 2014 el contrato de trabajo de los 30 trabajadores que manifestaron en su momento su adscripción voluntaria a esta medida durante 18 meses, consecutivos o fraccionados en periodos mínimos de seis meses, de conformidad con el calendario de aplicación que les fue comunicado, descontando a estos efectos el periodo que han permanecido en suspensión de contrato durante el ejercicio 2013.

A la finalización del período de suspensión del contrato el trabajador se reincorporará a la empresa en el destino más cercano posible al que tenía antes del inicio de la suspensión.
No obstante lo anterior, los trabajadores afectados por esta medida podrán optar en el plazo de quince días por cesar en la suspensión de contrato e incorporarse a  la medida de reducción de jornada el 30 por ciento. Quienes tengan un salario inferior a 30.000 euros, podrán solicitar  incorporarse a la  reducción de jornada y salario del 30 por ciento o a la prevista en el punto 2 del apartado B. de este Capítulo I.


B.   Reducción de jornada.

1.      Un total de 1.250 trabajadores  reducirán su jornada de trabajo con la reducción proporcional de salario, en un 30% anual durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2017.

Transcurrido el plazo de tres años y medio de reducción de jornada, el trabajador volverá a la jornada completa.

Los criterios de selección para la afectación por la medida de reducción del 30% de la jornada serán los siguientes:

-      Puestos que permitan mayores ahorros de costes en relación con el valor que aportan las funciones desempeñadas. La definición del valor aportado por las funciones desempeñadas vendrá determinado por la valoración de cada puesto, en aquellos casos de puestos sometidos a una valoración de mercado, y, para aquellos puestos que no estén sometidos a esa valoración de mercado, por el Nivel retributivo de Convenio Colectivo que tenga asignado quien, en cada caso, esté asignado al mismo.

-      Posiciones que organizativamente permitan la aplicación de la medida, por cuanto la función que realizan pueda ser asumida o compensada desde otras posiciones, sin que ello afecte al normal desarrollo de la actividad por parte de la Entidad.

-      Dimensionamiento de la Red Comercial. Consideración de variables de productividad operativa y comercial y aplicación de las mismas a los distintos centros. La productividad exigida varía según los territorios de manera que, (1) en los territorios naturales queden consideradas las distintas cargas operativas que se derivan de los diferentes niveles de migración a canales de autoservicio y de que se haya materializado o no la integración de la plataformas de sistemas y (2) en la zona de Expansión ha de asegurarse el cumplimiento de la dimensión prevista en el Plan de Reestructuración del Banco.

-      Dimensionamiento de Servicios Centrales. Realizado de conformidad con el estudio elaborado por la empresa Boston Consulting Group, en base a referencias y métricas de entidades nacionales e internacionales comparables a Liberbank.

-        Polivalencia y flexibilidad funcional, en cuanto a la capacidad del trabajador para asumir otras tareas o funciones distintas a las que presta habitualmente.

Como consecuencia de la aplicación de dichos criterios la afectación de la reducción de jornada establecida en este apartado no podrá aplicarse por decisión de la empresa a ningún trabajador que en virtud de las medidas unilaterales comunicadas el 14 de junio o del Acuerdo de 25 de junio de 2013, tuviera una reducción de jornada inferior al 30 por ciento.

La reducción de jornada se producirá mediante la adaptación de la misma al horario señalado en el punto 2 de este apartado B. y, en el exceso, con carácter general mediante la reducción de días completos de prestación de servicios, salvo en aquellas excepciones en que no sea organizativamente posible.

2.     Los trabajadores cuyo salario sea inferior a 30.000 euros y el personal directivo, considerando como tal a quienes ocupan puestos de responsabilidad o jefatura, reducirán su jornada de trabajo, con la reducción proporcional del salario, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2017, en el porcentaje que resulte en función de la entidad de procedencia y jornada anual real que vienen actualmente realizando:

-         Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Extremadura (jornada efectiva anual: 1.475,4 horas), reducción: 10,97%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 14,30 horas durante todo el año.

-         Caja de Ahorros de Santander y Cantabria (jornada efectiva anual: 1.564,4 horas), reducción: 11,34%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 15 horas desde el 1 de octubre al 31 de mayo y de 8,30 a 14,30 horas del 1 de junio al 30 de septiembre.

-         Caja de Ahorros de Asturias (jornada efectiva anual: 1.530,9 horas), reducción: 10,04%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 15 horas desde el 1 de octubre al 31 de mayo y de 8,30 a 14,30 del 1 de junio al 30 de septiembre.

-         Banco Castilla La Mancha, S.A. (jornada efectiva anual: 1.611 horas), reducción: 13,56%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 15 horas desde el 1 de octubre al 31 de mayo y de 8,30 a 14,30 del 1 de junio al 30 de septiembre.

Para los trabajadores adscritos a  centros de trabajo con jornadas singulares se reducirá el mismo porcentaje de jornada, pero se adaptarán los horarios en función de su propia singularidad.

3.     El resto de  trabajadores no comprendidos en los dos puntos anteriores,  reducirán su jornada de trabajo en un 18% durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2017, con la misma  reducción proporcional del salario. 

Transcurrido el plazo citado para la reducción de jornada, el trabajador volverá a la jornada completa.

La reducción de jornada se producirá mediante la adaptación de la misma al horario señalado en el punto 2 de este apartado  y, en el exceso, con carácter general mediante la reducción de días completos de prestación de servicios, salvo en aquellas excepciones en que no sea organizativamente posible.

De conformidad con lo establecido en el artículo 47.4 del Estatuto de los Trabajadores, durante el periodo de suspensión y reducción de jornada, se promoverán acciones formativas vinculadas a la actividad profesional, lo que se comunicará a los afectados.

En el supuesto de extinción del contrato por decisión de la empresa durante el año siguiente a la terminación de las medidas reguladas en este Capítulo, salvo en el supuesto de despido procedente, la Entidad se hará cargo de la cuantía que hubiera percibido como prestación por desempleo durante el periodo equivalente al tiempo de prestación consumido por aplicación de las citadas medidas.

  II.            MODIFICACIÓN DE CONDICIONES


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores se acuerdan las siguientes medidas de reducción de costes para la mejora de la productividad y competitividad de la empresa:

A.   Reducción salarial temporal aplicable al personal directivo.

Los trabajadores que tengan la condición de personal directivo,  tendrán una reducción salarial que se aplicará sobre su retribución fija total a tiempo completo, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2017, de acuerdo con la siguiente escala progresiva:


Retribución Fija
% Reducción
De 30.000 a 35.000 €
2,60%
De 35.000 a 40.000 €
3,13%
De 40.000 a 45.000 €
3,66%
De 45.000 a 50.000 €
4,18%
De 50.000 a 55.000 €
4,70%
De 55.000 a 60.000 €
5,22%
De 60.000 a 65.000 €
5,75%
De 65.000 a 70.000 €
6,27%
De 70.000 a 75.000 €
6,79%
De 75.000 a 80.000 €
7,31%
De 80.000 a 85.000 €
7,84%
De 85.000 a 90.000 €
8,36%
De 90.000 a 95.000 €
8,88%
De 95.000 a 100.000 €
9,40%
De 100.000 a 105.000 €
9,93%
Más de 105.000 €
10,45%

Adicionalmente a la reducción salarial expuesta en el apartado anterior, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2017, una parte de la retribución fija total de los trabajadores, pasará a tener carácter de retribución variable.

La parte de la  mencionada retribución fija total que pasará a tener carácter de retribución variable, quedará establecida conforme a la escala progresiva que a continuación se recoge:



Retribución Fija
% Conversión en Retribución Variable
De 30.000 a 35.000 €
2,14%
De 35.000 a 40.000 €
2,57%
De 40.000 a 45.000 €
2,99%
De 45.000 a 50.000 €
3,42%
De 50.000 a 55.000 €
3,85%
De 55.000 a 60.000 €
4,28%
De 60.000 a 65.000 €
4,70%
De 65.000 a 70.000 €
5,13%
De 70.000 a 75.000 €
5,56%
De 75.000 a 80.000 €
5,99%
De 80.000 a 85.000 €
6,41%
De 85.000 a 90.000 €
6,84%
De 90.000 a 95.000 €
7,27%
De 95.000 a 100.000 €
7,70%
De 100.000 a 105.000 €
8,12%
Más de 105.000 €
8,55%

El abono de la retribución variable en los porcentajes señalados se producirá una vez formuladas las cuentas por el Consejo de Administración y aprobadas por la Junta General,  siempre que a fecha de cierre del ejercicio inmediatamente anterior el Banco haya realizado la devolución de los 124 millones de euros en Bonos suscritos por el FROB y siempre que el abono de dicha retribución variable no implique que el resultado de la Entidad en dicho ejercicio sea negativo o no se alcancen los ratios de capital previstos en el Plan de Recapitalización aprobado por las autoridades monetarias españolas y europeas.

B.   Suspensión temporal  de algunos beneficios y mejoras sociales y compromiso de armonización y ahorro.

Desde el día 1 de enero de 2014 hasta el 30 de junio de 2017, se suspenderá la aplicación de los siguientes beneficios y mejoras que disfrutan los trabajadores en función de la Entidad de procedencia.

·        Seguro de vida colectivo que vienen disfrutando los empleados de Cajastur y Caja Cantabria y los empleados de BCCM.

·        Seguro médico de los empleados procedentes de Cajastur.

·        Obsequio o Cesta de Navidad de los empleados de BCCM.

·        Pagas por nacimiento,  matrimonio y defunción de los empleados procedentes de Caja de Extremadura.

·        Ayuda familiar a los empleados procedentes de Caja Extremadura.

·        Bolsa de vacaciones para empleados procedentes de Caja Extremadura.

·        Mejora de la ayuda de estudios de Convenio en Banco CCM.

·        Mejora del Plus de Convenio en Banco CCM.

·        Subvenciones sindicales recogidas en Acuerdo colectivo de 10 de junio de 1999 en Banco CCM.

Finalizado el periodo de suspensión de tales beneficios y mejoras sociales, las partes se comprometen a negociar la armonización de los mismos con la obligación de que su coste global sea inferior como mínimo en un 30% respecto de su coste actual.

C.   Suspensión de aportaciones a Planes de Pensiones.

1.      Durante el periodo comprendido entre el 01.01.2014 y el 30.06.2017 se suspenderán las aportaciones en el plan de pensiones destinadas a ahorro/jubilación (tanto las aportaciones corrientes como las adicionales) a todos los partícipes que mantengan derecho a esas aportaciones. Esta suspensión será extensiva a cualquier otro instrumento de previsión social complementaria al plan, como la póliza de excesos.

A estos efectos se considerarán aportaciones adicionales de jubilación las contempladas en el artículo 21, apartado 1, letra e), de las Especificaciones del Plan de CCM –hoy Banco CCM-. En el caso de producirse cualquiera de las contingencias previstas en dicha letra, se realizará la aportación que corresponda conforme a lo previsto en dichas especificaciones. Esta aportación se realizará en el momento de producirse la contingencia.

2.     Durante el periodo de suspensión de las aportaciones de ahorro/jubilación,  tanto ordinarias como adicionales, se mantendrán las coberturas de riesgo y sus aportaciones correspondientes en los mismos términos (incluida la cobertura del valor actual de las aportaciones adicionales futuras con el porcentaje correspondiente si éstas existieran. Las aportaciones adicionales pendientes y no aportadas se determinarán por su valor nominal).

3.     A partir de 01.07.2017 se reanudarán las aportaciones de ahorro/jubilación tanto ordinarias como adicionales.

A partir del 1 de enero de 2018, se establecerá un plan por el que, además de las aportaciones ordinarias y adicionales, se realizarán aportaciones extraordinarias durante un período de siete años, consecutivos o no, por un importe que, cada año que se aporten, será equivalente a un 50% de la cuantía de la aportación ordinaria y adicional a realizar en ese mismo año, siempre que cada uno de esos años el ROE de  Liberbank en el ejercicio, no resulte inferior al coste medio de capital en el periodo, determinado éste coste medio por experto independiente designado por acuerdo de las partes, y que el Grupo cumpla con los ratios de capitalización legalmente requeridos para cada ejercicio. Estos ratios se calcularán en base a la información contenida en las cuentas anuales, una vez que éstas hayan sido aprobadas por la Junta General de Accionistas.


4.     Las aportaciones corrientes dejadas de aportar se determinarán por aplicación del porcentaje correspondiente al salario pensionable al 30 de abril de 2013.

5.     Las aportaciones adicionales dejadas de aportar se determinarán sin la aplicación del Acuerdo Laboral alguno sobre posibles suspensiones  de contrato de trabajo.

6.     Sin perjuicio del régimen de las aportaciones extraordinarias establecidas en el apartado 3 anterior, aplicables a los partícipes que se mantengan en activo, para aquellos que hubieran causado baja durante la suspensión de aportaciones ordinarias y adicionales, o antes de finalizar el citado periodo de aportaciones extraordinarias, por jubilación, despido colectivo (Art. 51 del ET) y por causas objetivas (Art. 52.c del ET), se les realizará una aportación extraordinaria equivalente a las aportaciones que se hubieran realizado hasta la fecha de dicho evento sin la suspensión de aportaciones prevista en el presente acuerdo, no sujeta a las condiciones establecidas en el apartado 3 anterior. Esta aportación se realizará en el momento de baja en la empresa.

7.     Para los trabajadores con régimen de prestación definida para jubilación se suspenderán las aportaciones ordinarias y adicionales destinadas a la prestación definida de jubilación, si bien podrán destinarse los posibles excesos de dotación a incrementar los derechos consolidados por las aportaciones no realizadas.

III.            DISPOSICIONES COMUNES A LOS APARTADOS I Y II.

Primera.- Los trabajadores afectados por la medida de reducción de jornada no verán reducido su periodo de vacaciones durante el periodo de aplicación de la misma.

Segunda.- En caso de extinción del contrato durante la situación de reducción de jornada y salario, así como en el caso de reducción salarial, se computará como salario a efectos del cálculo de la indemnización por extinción del contrato que corresponda, el salario a tiempo completo sin reducción.

Tercera.- Los trabajadores afectados por la reducción de jornada y salario no podrán ver modificado al alza el porcentaje de reducción durante el periodo de aplicación de la medida.

IV.            MEDIDAS DE INAPLICACIÓN O DESCUELGUE DEL CONVENIO COLECTIVO

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, y hasta la finalización de la vigencia del Convenio Colectivo de Cajas y Entidades de Crédito, no serán de aplicación las siguientes condiciones de trabajo establecidas en el mismo:

a)    Incremento salarial previsto para el año 2014 sobre los conceptos previstos en el Convenio Colectivo.

b)   Abono del plus convenio durante los años 2014 a 2017, inclusive.

c)    Ayuda de estudios de empleados, ayuda formación de hijos de empleados y ayuda guardería, durante los años 2014 al 2016, inclusive. A partir del año 2018 y durante el periodo de tres años a contar desde el mismo, se abonará una cantidad del doble de la que corresponda en tales anualidades por  ayuda de  formación de hijos de empleados, ayuda guardería y ayuda de estudios de empleados.

Se abonará, no obstante lo establecido en el párrafo anterior, la ayuda de formación de hijos de empleados y ayuda guardería, en el caso de hijos de empleados que tengan reconocida la condición de minusválido, los empleados cuyo salario antes de la reducción de jornada y salario sea inferior a 30.000 euros y las familias de más de tres hijos con derecho a la percepción de la citada ayuda, que lo percibirán a partir del tercer hijo en adelante.

Si la vigencia del Convenio Colectivo finalizara con anterioridad al periodo de duración de la inaplicación pactada, las partes se comprometen a realizar las actuaciones necesarias para mantener la inaplicación durante ese periodo.


   V.            MOVILIDAD GEOGRÁFICA

La movilidad geográfica únicamente será aplicable en supuestos de cierre de oficinas y reestructuración de Servicios Centrales. Se mantendrá la vigencia de lo dispuesto en el Capítulo I, apartado B.2 del Acuerdo colectivo de 3 de enero de 2011,  hasta el 30 de junio de 2017, incluidas las compensaciones económicas establecidas en dicho acuerdo. No obstante, no se aplicarán ninguna de las compensaciones previstas en dicha regulación cuando el traslado lo sea a un centro cuya distancia desde el centro de origen no supere los 50 kilómetros.

En caso de que el trabajador rechace el traslado comunicado y éste sea a más de 50 kilómetros, tendrá derecho a la indemnización por extinción de contrato establecida por Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 10 de agosto de 2011.

VI.            COMPROMISO DE NEGOCIACION

La vigencia del presente Acuerdo se extiende hasta el 30 de junio de 2017, sin perjuicio de los plazos que para cada una de las medidas se contempla en el presente documento o de la aplicación de algunos aspectos más allá de la citada fecha.

No obstante, y en coherencia y aplicación con lo establecido en la Cláusula adicional segunda del vigente Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro y Entidades financieras, las partes se comprometen hasta la fecha señalada en el apartado anterior a que  antes de abordar cualquier proceso de reordenación o restructuración de plantilla de alcance colectivo, las partes promoverán la negociación con la representación de los trabajadores de las medidas a adoptar.

En el supuesto de que durante la vigencia del Acuerdo se produzcan operaciones societarias o corporativas, tales como fusión, integración o compra de los Bancos que conforman el Grupo por un tercero, las partes se comprometen a negociar de buena fe el posible cese a partir de dicho momento de la aplicación de las medidas establecidas en el presente Acuerdo.

VII.            AYUDAS FINANCIERAS

En el supuesto de que por efecto de la reducción salarial derivada de la aplicación del presente acuerdo el trabajador que mantenga préstamos con la Entidad alcance un nivel de endeudamiento superior al 40 por ciento de los ingresos del trabajador o de la unidad familiar en caso de que se hubieran tenido en cuenta los ingresos de otros miembros de la misma para la concesión de la operación, podrá solicitar la modificación del plazo de amortización o carencia de los préstamos con el objetivo de situarse por debajo del citado nivel de endeudamiento. La firma de estas modificaciones se realizará en documento privado siempre que no se modifique el plazo de vencimiento de la operación y que no afecten a las garantías.

Las cuotas de los anticipos de nómina existentes se adaptarán al 10% del salario resultante de la aplicación de este acuerdo.


VIII.            COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Se creará una Comisión de Seguimiento de carácter paritario, de interpretación, seguimiento y desarrollo del acuerdo, integrada por la representación de las organizaciones sindicales firmantes y por el mismo número de personas en representación de las Entidades.

La Comisión tendrá como funciones, entre otras posibles, las de interpretar el mismo y desarrollarlo en los aspectos que correspondan, así como resolver las situaciones de conflicto que pudieran producirse en la aplicación de las nuevas condiciones establecidas en el presente acuerdo.

La Comisión se reunirá al menos una vez cada tres meses.


Sin más que tratar, se levanta acta en el lugar y fecha arriba indicados.

207 comentarios:

  1. Dudas: ¿Qué ocurre con la gente cuya oficina no cerró en junio / julio y fue trasladada? ¿Van a reincorporarlas? Hubo personas cuyas oficinas cerraron y no fueron trasladadas y otras cuyas oficinas sí cerraron y no fueron trasladadas.
    Segunda duda: Las personas que tuvieron reducción de jornada del 30% o del 50% en alguno de los dos acuerdos son los únicos que pueden recibir noticias antes del 31 de una reducción de jornada del 30%. El resto, sólo recibirá la notificación general de la reducción correspondiente a su categoría y entidad ¿cierto?

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    1. Todo lo que ha ocurrido desde junio está pendiente de ejecución de sentencia y tienen que ser los jueces quienes digan cómo se ejecutará.

      No sabemos cómo comunicará las medidas la empresa, en teoría deberá comunicársela a todos y cada uno de forma individualizada.

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  2. Y en este nuevo ERTE esta afectado GFM, urbana zona Talavera de la reina, o también se libra esta vez?

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    1. Sin listas o con listas, ya de entrada debería saberse que va a estar afectado, por que esto afecta a TODOS los empleados. O no? Esta vez también va a pasar como en el otro ERTE? A mi me da de que este sindicato esta metido hasta el cuello, y que la otra vez denunciasteis por que no os llevasteis un trozo de la tarta!!!

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    2. Ya cansa esta historia. La persona que indicas no se ha librado de las medidas, otro cosa distinta es que no fueran las peores. En la última lista también aparece, por lo tanto deja de insistir en este tema y busca algo más constructivo.

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    3. Lo que cansa es que se sepa por que es mas que constructivo!!! Y razón hay con que hay diferencia entre unos empleados y otros, y por eso se aplican unas medidas cuando corresponden otras.

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    4. No decías que no le aplicaban ninguna medida? En qué quedamos? A ver si te aclaras.

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    5. Yo también había oído que no aparecía en las listas ni le había aplicado ninguna medidas..... Pero todo el mundo se equivoca. Que este sindicato lo aclare!!!!

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    6. En la relación que nos dio la empresa para la aplicación de las medidas del 25-06 y en la que nos pasó cuando se inició el periodo de consultas que ha finalizado ahora, aparece un GFM en Talavera. El hecho de aparecer ya implica que se le han aplicado medidas.

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  3. Soy Subdirector de Oficina y me parece vergonzoso que vayais a masacrarnos, nos comparais igual a la alta dirección que un subdirector de un pueblecillo. Una verguenza, defendeis a los que ganan 70-80.000 euros y están en una ventanilla rascandosela, eso no es proporcional.

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    1. Es que los que se la rascan cobrando esta pasta no deben estar en ventanilla...deben estar en el paro!!!
      Sí callamos ante compañeros jetas, así nos va...

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    2. Totalmente de acuerdo. Pagamos el pato los directivos y "directivillos", entre los que me incluyo. Todo para que los "mayores" sigan disfrutando de sus privilegios aportando muy poco.Lo único positivo es que no van a poder masacrar a la gente joven, esa que se deja la piel cada día, y gracias a la que este barco sigue navegando.

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    3. Estás igual que en las anteriores medidas, la diferencia es que antes no te quejabas y ahora sí. Te molesta que la gente mejore, pero antes no protestabas por lis que estaban jodidos. Tus compañeros tienen que apreciarte una barbaridad. Es penoso.

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  4. Visto lo "cojonudo" de lo firmado para subdirectores ó directores se me ocurre la primera pregunta: ya que nos reducen una media de 13,56% de jornada y sueldo más "el porcentaje de tablas", otro 7-10% de media, si cesamos ó nos cesan: ¿mantenemos esta reducción hasta Junio 2017 ó podemos, no ya subir al 30%, si no incluso bajar al 18%?

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    1. Según este párrafo no te pueden poner al 30%:

      "Como consecuencia de la aplicación de dichos criterios la afectación de la reducción de jornada establecida en este apartado no podrá aplicarse por decisión de la empresa a ningún trabajador que en virtud de las medidas unilaterales comunicadas el 14 de junio o del Acuerdo de 25 de junio de 2013, tuviera una reducción de jornada inferior al 30 por ciento."

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  5. Varias preguntas:
    1. ¿Y los meses de junio a diciembre de 2013 se van a liquidar conforme a las nuevas medidas o por el contrario quedan segun estan?
    2. ¿ La ayuda de estudios para los empleados que cobran menos de 30.000 referente a 2013 cuando se puede pedir?
    3. ¿En caso de que un directivo sea cesado durante en periodo de reduccion de jornada, pasaria al 18% y le dejarian de aplicar la reduccion salarial segun tablas?
    4. ¿ En el caso de los empleados con reduccion del 30% de jornada suponemos que seran 4 dias sin ir a trabajar y en el caso de los del 18%?

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    1. Todo lo referente al 2013 está sujeto a la ejecución de sentencia y será el juan quien dictamine lo que la empresa nos debe abonar.

      En caso de cese no te pueden aplicar el 30 % según este párrafo:

      "Como consecuencia de la aplicación de dichos criterios la afectación de la reducción de jornada establecida en este apartado no podrá aplicarse por decisión de la empresa a ningún trabajador que en virtud de las medidas unilaterales comunicadas el 14 de junio o del Acuerdo de 25 de junio de 2013, tuviera una reducción de jornada inferior al 30 por ciento"

      Te podrían dejar como estás o aplicarte el 18 % e incluso la reducción de jornada menor si no alcanzas los 30.000 €.

      No tenemos las cuentas de los días por acumulación de horas que correspondería a la reducción del 18%.

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  6. Vergonzoso
    Menuda basura que firmasteis
    TRAIDORES

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  7. Como podeis uniros a los traidores?
    Ahora ateneos a las consecuencias , que seguro que esta traición no ha sido gratis, algo os habrá prometido la empresa o alguna subvención recibireis por firmar, pero ya os lo haremos pagar los trabajadores

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  8. Otro sindicato más al que no se puede votar.
    No se puede traicionar y vender a los trabajadores

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  9. Ahora habrá que rezar para que los asturianos de CSI puedan anular esta mierda que habeis firmado

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  10. Muy bien, sigo con mi 35% de bajada real de sueldo desde agosto de 2012, incrementada en la ayuda a estudios de mis dos hijas y el plus de convenio.
    Geeenial.
    Sois unos fieras, campeones....

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    1. Míralo positivamente las ayudas de estudios se recuperarán cuando acabe este calvario... El anterior Erte se anuló por un defecto de FORMA no de contenido...por lo que aún podemos dar gracias de la chapuza que firmaron aquella madrugada...

      Y te lo digo yo que te cambio ahora mismo ese 35% por mi porcentaje...

      Saludos

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  11. He leido que preguntásteis a algún afiliado. Pero en realidad representáis a todos los trabajadores afiliados o no, os hayan votado o no. Y está claro que con este acuerdo no habéis velado por los intereses de todos los trabajadores

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  12. Hasta hoy era afiliado vuestro, a partir de ahora me tendré que borrar, porque me da asco pertenecer a un sindicato que ha firmado esta basura

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  13. Con esta basura que habéis firmado solo mejoran los empleados que estaban al 50% y alguno que se beneficiará de pasar del 30% al 18%. Eso no supone ni siquiera la tercera parte del total de la plantilla, con lo cuál es un acuerdo penoso.
    Ahora son 3 los sindicatos traidores

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  14. En caso de baja incentivada mantienen las condiciones de empleado en los préstamos?

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  15. En Castilla-La Mancha os votaran mucho (creo), pero no busquéis votos fuera de allí, porque no los vais a encontrar.

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  16. Es un ere por causas económicas. Si liberbank tiene beneficios y según el plan enviado a europa van a ir creciendo en los próximos años, ¿cómo se justifica?

    Es un ere impuesto por europa. Si europa permitía que la reducción de puestos fuese del 0%, ¿cómo se justifica?

    En realidad no se entiende como los sindicatos le habíais ofrecido a la empresa el 10% y después el 15%, para acabar cediendo el 30, 18 y 13%. Cuando en realidad no hace falta ningún recorte, si acaso algún recorte a los de arriba del todo (pero mas que un recorte que los sustituyan por gestores profesionales que no esten puestos por ningún grupo político)

    En resumen es una mierda el acuerdo firmado.

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  17. Se mire como se mire, este acuerdo es un atraco, Y vosotros unos Judas.

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  18. Después de todas las dificultades que habéis tenido durante todo el proceso me parece un buen trabajo, enhorabuena, animo, seguid currando así, gracias

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  19. Un buen acuerdo en el que ganamos todos. Mis felicitaciones.
    Ahora a desbancar a quien mal-nos-dirige.

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    1. ¿ganamos todos? increible........yo diria mejor que perdemos todos,desde los empleados,hasta la dignidad y palabra de este sindicato,que ha firmado lo que ha criticado

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    2. Que tiene que ver que se MEJORE.
      Se ha firmado algo injusto porque al final pagamos los trabajadores las decisiones de los políticos-pseudobanqueros;
      Se ha firmado algo desproporcionado según lo que nos exige Europa;
      Se ha firmado algo no proporcional a todos los trabajadores,
      Se ha firmado algo con lo que la empresa sigue teniendo movilidad ilimitada con la que mandar a los trabajadores a donde les salga en gana a losDZ (despidos encubiertos) por el hecho de qué cierren oficinas y sin justificar dichos traslados con razones objetivas.
      Todo sin justificar el por qué, sólo porque a la dirección se le a puesto entre ceja y ceja un ahorro de 100 MM euros al año!!

      Claro que parece bueno, si de dos opciones te doy la guillotina o cortarte un pié, escogerías la menos lesiva, pero ¿y si no tenemos porque firmar un acuerdo que se salta todas la barreras o líneas rojas de las que tanto había hablado el propio CSIF? ¿Y si la opción es quedarse como estamos o reducir un 6% las horas totales de todo el personal?

      Y es mentira que mejoren TODOS!!!!! Hay compañeros que ahora mismo están fuera de la entidad o trasladados a oficinas con un acuerdo declarado ilegal, y que siguen a la espera de la EJECUCIÓN DE SENTENCIA. Algo que debería resolverse en la negociación, indicando que antes de firmar nada, deberían devolvernos los salarios adeudados a los trabajadores hasta la fecha y devolver a estos compañeros a sus oficinas de origen o a las oficinas más próximas a la misma.
      ¿Qué pasa con todo eso? ¿Y si en la ejecución provisional no requiere realizar esto que podíamos haber demandado antes del acuerdo? ¿Tendremos que esperar un año a la sentencia que se ha recurrido al supremo por parte de la empresa, mientras estaban negociando a la vez? ¿Y si por un casual se pierde en el Supremo? ¿ Volvemos a la mierda anterior habiendo negociado traicioneramente con la empresa?

      ES QUE PEOR NO SE PUEDE HACER!!!

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    3. Podríamos habernos negado a sentarnos con la empresa mientras no se aplicara la sentencia contra las medidas anteriores, pero eso no solamente no hubiera impedido a la empresa aplicar medidas unilaterales, sino que además hubiéramos tenido muy difícil rebatirlas en el juzgado. Por eso ningún sindicato se lo ha planteado.

      El acuerdo no implica de ninguna manera que no se tenga que aplicar la sentencia desde el 01-06-2013 hasta el 31-12-2013. También implica que si la empresa ganara el recurso no podría volver a aplicar las anteriores medidas.

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  20. Yo soy de lo q llevo en la calle desde agosto. Por el acuerdo no tengo nada que decir ya que creo q en mi batalla judicial me beneficia.
    Ahora bien os remitis a la ejecucion de la sentencia en muchas ocasiones y todavia no se ha conseguido que publiqueis en q termibos se ha solicitado la ejecución.
    Perdonarme si parezco desconfiado, pero ya q lo he solicitado varias veces me empieza a mosquear y tela.
    Por otro lado yo no tengo ningun interes en volver, pero si que me paguen la pasta a la que tengo derecho.
    Por ultimo una pregunta, ¿la empresa despues d este acuerdo no va a recurrir la sentencia de la audencia nacional o sigue con esta idea?. Por que si es asi por que ha añadido medio año mas de expolio a lo bolsillos de los trabajadores?

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    1. Seguimos sin disponer del texto de la solicitud de ejecución de sentencia. Ya hemos dicho en un comentario anterior que se solicitó por parte de los cinco sindicatos que no firmaron el acuerdo del 25-06, y se hizo en los mismos términos.

      La empresa ya ha recurrido la sentencia.

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    2. Por fin alguna duda despejada, cuanto puede el pleito por el recurso?.
      Si conociais este dato, ya q los empleados y ex-empleados no, pq se alarga el ajuste medio año mas?
      Por cierto q os ha dicho la empresa sobre los ex-trabajadores que solicitamos la incentivada y q no nos queda otra q reclamarla judicialmente, sobre la negativa a reconocernosla y ahora si hacerlo en el nuevo acuerdo?, vamos si habeis preguntado.
      Todo esto me recuerda a hace 11 años cuando empece en la banca, en un banco de verdad el BBVA, y mi compañero que venia de la caja postal como los sindicalistas que todos venian del banco exterior los dejaron con el.cu?lo al aire y el sueldo pelao. Laconicamente me dijo" nunca t fies de los sindicatos, al final barren pa casa y t joden vivo".
      P.D con este acuerdo se firma el certificado de defuncion de la expansión, preparense para los cierres y a desfilar para asturias o para casa, tiempo al tiempo un par de meses. Eso si los artitas q compraron los locales de rositas y abrigaitos aunque es posible que se le mueva alguna q otra loceta del suelo.

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    3. El pleito por el recurso tardará mucho, se ha dicho que, al ser ante el T. Supremo, puede tardar sobre un año. Por eso se ha solicitado la ejecución provisional de la sentencia.

      En las negociaciones no se ha hablado sobre los conflictos que cada uno tenemos por la aplicación de las medidas anteriores, que seguirán su curso en los diferentes juzgados.

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    4. Lo que no se es por que te fuiste de "un banco de verdad" ¿por pasta?.

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    5. Vamos que nos habeis dado por "amortizados por la causa", eso me lo olia yo.
      Y curiosidad tengo de ver en q terminos habeis pedido la ejecucion de la sentencia.
      En definitiva a fiar nuestro futuro al pairo de un juez.
      Ahora bien por favor no escribir mas panegiricos por el sufrimiento que os causan los trasladados y los que no hemos tenido que ir.
      Disfrutar la paga de los no se cuanto años de servicio, yo nunca la cobraré, o mejor no se cuantos años liberado, por que servir servir.........

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    6. Si hemos pedido ejecución de sentencia ha sito también, y sobre todo, por vosotros.

      Al pairo de un juez estamos todos.

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  21. Buenas compañero de CSIF. soy un trasladado que pinta seguir siéndolo. El.14 d junio tenía 13% d reducción y pase el.25 al 30%. De acuerdo al párrafo q has adjuntado antes dl acuerdo,me da a mi la impresión que la empresa me tendría q devolver al 13%. En el caso de q quisiera mantener el 30% x diferentes motivos podría solicitarlo a la empresa? Y sería concedido sin problemas?

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    1. El párrafo dice que no podrá aplicarse la reducción del 30% por decisión de la empresa pero no dice que no se pueda solicitar voluntariamente. Además, no creo que te pusieran problemas.

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    2. En dicho caso,me recomiendas poner un correo hoy mismo a RRHH? O me espero. Lo digo pq vaya a q una vez comunicado ya sea más complicado rectificarlo...
      Gracias x la respuesta

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    3. Lo puedes comunicar ya, siempre será más fácil antes de que cuadren las listas, y si no lo es, lo podrán ver después.

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  22. Entonces que yo me aclare, solo pueden ser transladados compañeros de oficinas cerradas, o tambien compañeros de otras oficinas, si a estas oficinas han reubicado a compañeros de oficinas cerradas??
    Ademas, entiendo, por la introducion del acuerdo, que la empresa da por no existente el erte de junio del 2013, independientemiente de que haya recurrido la sentencia.

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    1. Si no han cerrado tu oficina no te pueden trasladar. En cuanto a la introducción, aunque pueda parecerlo, la empresa no lo da por anulado definitivamente, ya que ha presentado recurso y no ha aplicado la sentencia.

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    2. Entonces que habeis negociado.??

      Pensemos en el peor de los casos, y al no solicitar qe la empresa quite el recurso en el supremo, que lo ganen dentro de un año.
      Entonces este acuerdo que se ha firmado no sirve para nada???

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    3. Será que no debe, porque nos ha trasladado a unos cuantos desde oficinas abiertas y algunos han tenido que dejar la empresa.
      Entonces se readmitirá a estos compañeros y los que parten desde oficinas no cerradas volverán a sus oficinas origen? Esto solo es para nuevos cierres?

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    4. Lo firmado en el acuerdo solo será efectivo a partir del 01-01-2014. Lo referido a la actuación de la empresa desde junio hasta ahora está pendiente de ejecución de sentencia, y serán los jueces quienes dictaminen cómo actuar.

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    5. Respuesta a Anónimo28 de diciembre de 2013 11:15

      Si la empresa gana el recurso la consecuencia sería que la aplicación de las medidas desde el 01-06-2013 hasta el 31-12-2013 serían legales y no podríamos reclamar contra ellas.

      Eso no afecta al acuerdo firmado ahora, pues, de hecho, anula todas las medidas anteriores, pero solo desde el 01-01-2014.

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    6. Anónimo28 de diciembre de 2013 19:12
      Y a la vista de que la empresa ha presentado recurso; ¿los sindicatos vais a pedir la ejecución de la sentencia?

      Ya la teníamos pedida desde antes de que la empresa presentara oficialmente el recurso.

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  23. Me sorprende cuando hablais de un buen acuerdo, como se puede firmar un acuerdo sin los datos que justifique una situación concreta, más seriedad y menos peloteo.

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    1. Nosotros mismos reconocemos que no es un buen acuerdo, pero hemos estimado que es preferible a las otras alternativas.

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    2. Vamos a ver hombre:
      Una empresa para realizar un ERTE o ERE tendrá que presentar cuentas para que lo aprueben esopor un lado.
      Por otro lado no sé desde que posición habla cada uno pero han pasado unos meses y nadie se a acordado de Mi ( por ejemplo),si me llegaba el dinero a fin de mes etc...con un 50% que me quitaron.No estoy de acuerdo basandome en el punto uno que he comentado pero es mas justo!! eso está claro.Y porque tengo yo que pasarlo mal con un 50% y otros con menos? porque?..eso no es justo lo justo es que SI A MALAS HAY QUE RECORTAR PUES TANTOS SOMOS PUES TANTO A PARTES IGUALES.
      Compañeros somos todos pero hay que serlo de verdad y no decir tontadas.Eso es lo justo y yo lo pasé mal o alguno que estaba para su casa y otros trabajando?? como es eso oh!!...que de? y porque??...en que se basaron cuando yo soy muy profesional además he enseñado a muchas personas que hoy están de directivos osea que tan idiota no seré no?...pues pa cassaaaaa me echaron con un 50%....me las vi negras!!...y personas con mucha menos experiencia etc...trabajando y Yo en mi casa eso es justo??....será mejor llevar un saco entre varios que no uno solo.....saludos.

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    3. ¿Que alternativas?

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    4. Vosotros lo que sois es unos SINVERGÜENZAS.

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    5. Vuelvo a lo mismo, si no es un buen acuerdo, por que lo firmaís?, es indignante la teoria del terror, pensais que somos tontos?.

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    6. No firmar el acuerdo nos hubiera abocado a que la empresa aplicara sus propias medidas y nos la tendríamos que jugar en los tribunales otra vez.

      Todos recordamos que tras la vista del día 14-10, cuando el fiscal pidió la desestimación de la demanda, se nos cayó el alma al suelo. Al final se ganó, paro ahora no es el mismo caso.

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    7. Volveís a la politica del terror, la empresa necesitaba mas el acuerdo que los trabajadores, si habéis firmado es a cambio de algo y no es un buen acuerdo, de momento el peor del sector, sin saber los datos de la empresa, habéis firmado a ciegas.

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    8. El tema de la sentencia, yo creo que se anulaba el ERTE por vulnerabilidad de la libertad sindical, no hacia mención a que las medidas fueran o no duras, por lo que entiendo que la empresa al final impondría las medidas que le de la real gana.

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    9. Ahora lo tendríamos aun mas fácil de ganar. Dando beneficios y con todo el argumento de la sentencia a nuestro favor. La empresa lo único que quería era que firmarais la movilidad geográfica. Saben que en los tribunales sus pretensiones no tienen defensa. No tratéis de vendernos lo que no tiene defensa.

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    10. Con sus propias medidas no tendríamos movilidad geográfica a partir del 1 de Enero. Nos habéis vendido.

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    11. Y a la vista primero de la sentencia y luego del acuerdo que entrará en vigor el 1 de enero ¿se van a pagar los atrasos y las cantidades que nos deben por la aplicación indebida del DERE anterior?

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    12. No hemos firmado por a cambio de nada. Ninguna prebenda podría habernos hecho firmar algo que no consideráramos que es mejor firmar que no hacerlo.

      La política del terror es posible que nos haya afectado, pero es la legislación actual la que nos ha hecho considerar la firma de un acuerdo que no consideramos bueno.

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    13. Cuando se gane el juicio otra vez ¿vais a apuntaros la medalla? Lo que habeis hecho tiene un nombre y lo mas triste es que vosotros lo sabeis. La empresa deberiamos ser todos. Aqui el problema es de la direccion.

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    14. Anónimo28 de diciembre de 2013 16:19
      Con sus propias medidas no tendríamos movilidad geográfica a partir del 1 de Enero. Nos habéis vendido.

      Sin acuerdo de movilidad geográfica y con el EE.TT. en la mano, y con la reforma laboral, si te cierran la oficina, te pueden trasladar a la oficina que les parezca o echar a la calle con indemnización de 20 días por año.

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    15. Anónimo28 de diciembre de 2013 19:10
      Y a la vista primero de la sentencia y luego del acuerdo que entrará en vigor el 1 de enero ¿se van a pagar los atrasos y las cantidades que nos deben por la aplicación indebida del DERE anterior?

      La resolución de todas las aplicaciones de medidas ilegales desde el 01-06-2013 se verá cuando se ejecute la sentencia.

      El acuerdo actual solo opera desde el 01-01-2014.

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  24. Que triste es que parte de la plantilla recrimine a quienes les defienden,y luego con quienes les azotan día a día no abran la boca ni para respirar.
    Creo que tenemos un buen acuerdo y espero que la empresa no haga de las suyas con su aplicación.
    Gracias.

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  25. Estaclaro señores del CSIF que en este acuerdo se ha mejorado a todos los empleados menos a los directores y subdirectores de las oficinas.
    - Los que cobran menos de 30.000 reduccion minima e incluso pueden cobrar la ayuda por hijos. (medida razonable).
    - El global de la plantilla el 18%, muchos de ellos vienen del 30% y 50% respectivamente. (todos mejoran).
    - Los del 50% pasan al 30% y sin reduccion de tablas. (claro,en este caso estan la mayoria de los que han negociado).
    - Los directores quedan igual, reduccion del 13% mas la reduccion por tabla. Que en muchos casos la suma es superior al 20%.

    CONCLUSION:

    Los que tiran del carro cobrando menos que algunos que tienen reduccion del 30% y que su implicacion es cero. No cumplen campañas, no se implican, encima tienen dias libres y no tienen responsabilidades.
    Pero claro, han sido los que han negociado.
    BRAVO POR HABERNOS VENDIDO

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    1. Que gracioso hombre...hace unos meses...montones de comentarios en los que se decia que los que negociaban ... se habian quedado con el 11 y ahora que se consigue que los del 50 pasen al 30... decis que los que han negociado estaban en esas medidas.
      Que poco cuesta hablar jajaj
      Habria que haberos visto a vosotros .
      Que preferís que la empresa hubiera aplicado unilaterales ??
      Todo se critica. Increíble.

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    2. Personalismos aparte, este acuerdo ha devuelto la dignidad a compañeros que no podían ni poner la calefacción a sus hijos. Ha sido un crimen tener a muchos al 50% más tablas y nadie ha protestado por ellos, pero nos desesperamos ahora por perder ciertos beneficios sociales.
      No es de recibo decir que son los directivos los que tiran del carro y los que se implican, tiramos del carro y nos implicamos los profesionales. Y hay directivos que viven del esfuerzo de sus plantilla.
      Sólo miramos nuestro bolsillo y al otro que le den, pero está bien claro, hay muchísimos compañeros beneficiados.
      Muchas gracias por un acuerdo que considero bueno.

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    3. Si por desgracia fuese TU compañero solo por lo que dices te dejaría "solo".Que cumples las campañas escondido en tu despacho? Y los que están al 30 o al 50 te las sacan para que tu te cuelges las medallas

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    4. Enhorabuena!!! la has clavado has hecho un resumen cojonudo: soy director y tengo uno en ventanilla que cobra mas que y. a el le reducen el 30 y a mi el 23 acabaremos ganado lo mismo yo sin horario y el saliendo a las tres y con 4 dias libres. yo estoy ahora en la picota por los objetivos y el diciendome que se va a las 3 que si no le quitan el paro

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    5. Una pregunta inocente, tú como buen compañero y luchando por la implantación de un ERTE injusto, acudiste a las huelgas, o te mantuviste en la oficina suplantando el puesto de algún compañero ilegalmente?
      Si acudiste, me parece que tienes parte de razón y derecho a protestar.
      Si no acudiste, cállate la boca y sigue chupando que todavía te queda recorrido.

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    6. Pero que te crees Sr. Director de oficina que por ocupar ese puesto estás más cualificado que los demás. No te equivoques, otros lo hemos sido antes y aguantamos diariamente a mediocres a cargo de las oficinas. Que ganáis menos, pues nada dejarlo y punto como hemos hecho otros después de llevar como directores 20 años.
      O que te crees que estás por encima debien y el mal........hoy en día la malloría de los responsables de oficina, son simples brazos ejecutores del poder establecido, sin capacidad para llevar quipos humanos y con un afán de soberbia y protagonismo inigualable.
      Compañero, si no te gusta la dejas y si quieres seguir consigue los objetivos tú solo como nos ha tocado a los demás y las cosas funcionaban mejor que ahora mil millones de veces.

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    7. Cuantas bobadas hay que leer. "Tirar del carro" ¿Qué crees que los compañeros que están en ventanilla no valen para nada?¿Que los logros son solo de los directores de oficina? Mi mejor decisión fue renunciar a la dirección de una oficina (después de 20 años) y nunca, repito nunca he pedido a ningún compañero que "alargue" su jornada ( más que nada porque no se lo pagan ni agradecen) y si tú lo quieres hacer pues tú mismo, te remito a lo apuntado por algún compañero "déjalo".

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  26. Enhorabuena Csif! Creo que habeis hecho lo que habeis podido, y en mi caso concreto me alegro infinito porque soy de los que lo han pasado francamente mal, hasta el punto de tener que pedir dinero a la familia para poder subsistir. Creo que ahora podre vivir dignamente. Gracias de nuevo

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  27. Buenos días.

    Efectivamente es un ERE que incluye medidas muy duras, injustas con los trabajadores honestos, y que nos afecta a todos más de lo que estaríamos dispuestos a ceder.

    Pero teniendo en cuenta la intención de la empresa de no llegar a un acuerdo e implantar sus propias medidas por su mano mayor, me parece que no ha salido un mal trato. Todo dicho, a la espera de que se llegue a ejecutar y veamos si nos guardan algún gato encerrado.

    Quiero agradecer su esfuerzo a los compañeros que nos han representado. Gracias por estar ahí estos días "tan señalados" defendiéndoos y defendiéndonos a todos, hasta altas horas de la madrugada y (?) lejos de vuestras familias.

    Gracias especialmente a CSI-F por haber hecho el esfuerzo de darnos un canal de comunicación donde exponer nuestras inquietudes y muchísimas gracias por contestar a todas las preguntas que se os han hecho: conlleva mucho esfuerzo moderar un foro como este lleno de sentimientos encontrados e intentar resolver las dudas de todos nosotros.

    No es un gran trato. No hay justicia con los directivos culpables de esta situación. Pero no hemos ido a peor, como otras veces.

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  28. Como todo acuerdo, creo que es mejorable, pero también reconozco el enorme trabajo que habéis hecho consiguiendo que la empresa ceda hasta llegar a estos términos. Creo que directores y subdirectores deberían haber estado fuera de la reducción por tramos, pero aún así os felicito por haber demostrado que era posible un acuerdo mejor para el grueso de la plantilla que el firmado en Junio

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  29. Leo los comentarios y todo son quejas y criticas a los compañeros que han negociado, y que creo que lo han hecho lo mejor posible, y que han sacado lo mejor, lo menos malo, ya que bueno, conforme esta la situacion no podia ser nada.
    Lo que no veo es ningun comentario positivo que diga algo bueno para que esta empresa tenga futuro, por que como sigamos por este camino donde todos los dias perdemos clientes y volumen no se donde llegaremos, vamos a sobran todos los del 18 los del 30 y los directivos.
    Creo que lo firmado esta bastante bien, repito no es lo mejor, pero era lo maximo que se podia conseguir, se han aclarado algunos puntos y casi todos por no decir todos han mejorado, Se quejan los directivos, directores y subdirectores, pero estuvieron ellos, cuando las jornadas de movilizaciones?. siempre ponian alguna excusa.
    Muy bien por la negociacion y os repito ahora a meter todos el hombre para que esto no se termine de hundir, por que como esto ocurra es cuando veremos los recortes de verdad.

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  30. que verguenza de sindicato,solo os escudais en que no hay nadie al 50% y dejais otros asuntos pendientes en manos del juez,y ya esta justificado la firma del acuerd...pero que ha pasado de las criticas al anterior acuerdo que haciais a UGT y CCOO...supongo que alguno de vosotros estareis proximos para cobrar los 6.000 euros del premio a la dedicacion,porque ese beneficio social NO ha desaparecido.
    y otro asunto,porque los 2 primeros hijos de un trabajador que cobre 35.000 euros tienen menos derecho de recibir la ayuda de guarderia que otro que cobre 29.000? esta ayuda deberia ser igual para todos,a lo mejor el de 35000 su familia depende de ese sueldo y el de 29.000 tiene otros ingresos familiares.....injusto y vergonzoso

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  31. A todo gochín le llega su San Martín.
    Les ha llegado a todos los jefinos de medio pelo y a los sumisos de particulares, que pensaban que el ERE no iba con ellos porque sus jefes de zona les habían dicho que eran el sostén del Banco.
    Qué sigan yendo a hacer horas extra gratis para seguir siendo el sostén, no del Banco sino de los huevos de MMM

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  32. Yo estoy en una inaceptable reducción del 50% y con el acuerdo he mejorado. No me queda más que felicitaros por no permitir que, dentro del atraco que parece ser que había que sufrir de forma inevitable, podamos respirar un poco y volver a encender la calefacción esta Navidad.
    También os felicito por no aceptar que nadie empeore su situación respecto de la anterior.

    Ánimo y a seguir luchando.

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  33. Dentro de lo malo me parece un buen trabajo, aún así pienso que la empresa tenía margen para mejorar,la ley los protege demasiado

    Otro asunto:
    Por si algún alto ejecutivo de la Entidad llega a leer este comentario,
    procuren frenar las chulerías y el trato despótico de ciertos ejecutivos de nivel intermedio, estos personajes viven en sus despachos, limitándose a enviar correos, ponen una barrera para que no les lleguen los problemas, sin embargo ellos los crean con su falta de resolución y su incompetencia
    Esos, mal llamados ejecutivos, están haciendo un daño ENORME a la Entidad.

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  34. Si la empresa no os facilito toda la documentacion necesaria para saber si se pueden aplicar esos recortes. La empresa os ha llevado a su terreno sin enteraros. No nos representais.Os largaremos en las proximas elecciones. Los del 30% que ya estaban condenados tienen que seguir condenados? . No sabeis negociar. La empresa se ha reido de todos nosotros por tener unos INEPTOS,TRAIDORES....COMO NEGOCIADORES. LOS TRABAJADORES TOMAREMOS NOTA DE VUESTROS NOMBRES Y DE VUESTRAS CARAS.

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    1. Me gustaria saber en que medida estas tu, y si vieses que te mandan al paro 18 meses que opinarias.

      Muy bien sindicatos firmantes

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  35. De qué se quejan ahora los directores y subdirectores?????? Tuvisteis la oportunidad de hacer huelga en varias ocasiones y solo nos encontrábamos allí los "empleaditos" que cobrábamos menos de 30.000 € y que teníamos que implicarnos al 200%....... Mientras, vosotros os dedicabais al "jueguecito" de los nombres y a no moveros de la silla y a hacer la pelota y a arrastraros con vuestros jefes de zona y a decirnos que teníamos que dar gracias porque teníamos trabajo. Bueno, pues ahora empezáis vosotros a saber cómo se puede vivir con menos dinero y puteados y cumpliendo las campañas, claro. Y si no Tuvisteis la oportunidad de haber pedido el cese. Pero os pensasteis que con vosotros no iba la película. Qué lástima!!!

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    1. Bingo. Ahí le has dado!!!. Llevo 21 años en esta casa. Ganaba más de 30.000, pero salí a la calle en las huelgas a defender lo que nos querían quitar. Era muy "bonito" ver a directores y subdirectores que trabajaban por la mañana y por la tarde venían a las concentraciones sin comer, después de habernos jodido la huelga durante todo el día trabajando. Al plato y a las tajadas NO se puede estar. Ahora no vayais diciendo que sois los más perjudicados. Aquí hay para todos, ¿qué pensabais?????

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    2. Viva el compañerismo!!!! Sí señor!!!!!!

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    3. Artista no metas a todos en el mismo saco.
      Yo era directivo, ya que me tuve que ir en agosto, e hice huelga los dos dias y los paros, es mas el primer dia una empleada que sigue en la entidad con la reduccion minima al lado de su casa abrio la oficina a las 11 de la mañana por que se cago por una llamadita del zona, el segundo le advertimos que como viniera la denunciabamos asi que no tuviera correo del zona se le iba a caer el pelo, por supuesto el correo del zona no llegó.
      Como premio a 500 kms de mi casa con el 75% del sueldo menos respecto a agosto de 2012.
      No generalices no todos somos iguales y por cierto tb hay mucho empleado que se cree funcionario y que hay que ver su trayectoria profesional y si en la calle le pagarían la mitad de lo que le pagan en un banco o no siquiera encontrarian curro.
      Piensa antes de escribir mierda t puede salpicar.

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    4. Exacto. Directores y subdirectores redactaron las listas de descartables.No movieron un dedo ni siquiera para preguntar cómo estábamos los que nos fuimos a la calle, unos definitivamente, otros con suspensión de contrato para, posteriormente pasar al 50%. De acuerdo en todo, compañero. Y repito, del carro tiramos todos. A cada gochín...

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  36. Como afectado con suspensión de contrato, me parece un acuerdo que salva el empleo y los puestos de trabajo. No es el mejor de los acuerdos pero por lo menos,( salvo malas artes de la empresa....que no me extrañaría )no habrá gente en la calle. veremos como se desarrollan los hechos...animos para todos!!!

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  37. Yo creo que dadas las circunstancias habeis hecho bien en firmar. Otro ere unilateral hubiese sid mucho peor. Y no se puede estar acudiendo constantement al.juzgado porque crea mucha inseguridad y alarga la agonia.

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  38. Me gustaría saber qué retribución fija anual se va a tener en cuenta para la aplicación de las tablas: ¿la de 31-12-2013 o la de 31-12-2102?. Me sorprende que tanto la empresa como los sindicatos hayan aceptado dejar en la peor situación a los directivos, que es por otra parte a quienes más se exige (no parece lógico). Tampoco queda claro quienes se consideran directivos.

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  39. "en la zona de Expansión ha de asegurarse el cumplimiento de la dimensión prevista en el Plan de Reestructuración del Banco. "

    Y cual es exactamente esa dimension?? si van a cerrarla toda o practicamente toda se debria comentar y sino es asi tambien.

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    1. En teoría ya se ha cumplido el requisito del cierre de oficinas establecido en el Plan de Reestructuración, pero en él se hablaba de un mínimo, la empresa tiene la potestad de cerrar las que estime conveniente.

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  40. Pregunto a alguien que haya estado en la negociación cuál es el motivo por el que los directivos además de reducción de jornada tienen reducción salarial según tablas. ¿no son como el resto?

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    1. No consideramos justo lo aplicado a los directivos,.También es cierto que con salarios salarios superiores a 30.000 € tenemos la reducción de jornada mínima según entidades.

      Tal vez hubiéramos preferido que se nos aplicara el 18% o el 30%, pero el hecho de que se nos aplique la reducción salarial por tramos lo justifica la empresa diciendo que no se nos puede aplicar más reducción de jornada precisamente por ser directivos.

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    2. El que tiene reducción de jornada y sueldo puede recuperar parte vía prestación por desempleo. El que tiene reducción salarial por tablas no. Credo que además si se trata de puestos valorados se está pidiendo un mayor esfuerzo salarial que al resto.

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  41. Yo no podría afirmar si es un mal o buen acuerdo pq no tengo suficientes datos, pero lo q sí puedo afirmar q es un acuerdo mejor q el q había, pq nos afecta a todos con más igualdad y no discriminando a unos pocos, me alegro por ejemplo q ya no haya suspensiones o reducciones del 50%. Y por los comentarios q leo, lo q confirmó es q en esta empresa hay mucho EGOÍSTA q no quiere igualdad para todos, sino q prefiere q a él no lo toquen y a los demás como si los echan... Una verdadera pena!!

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  42. ¿ Que ocurre con los desvinculados del anterior ERE que se les aplicó de forma unilateral, sin relación laboral, y sin representación sindical, la suspensión de la aportación al fondo de pensiones ? .
    ¿deben continuar su reclamación judicial? .

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    1. Así es. Debe ser el juez quien determine la legalidad de la medida.

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  43. Por muchas vueltas que querais darle y adornarlo mucho siento deciros que la habeis cagado. Os aprovechastais de la traicion de CCOO y UGT la habeis criticado hasta la saciedad y ahora sois sus alidos, ver para creer. Para poner este huevo ho hacia falta cacarear tanto. La empresa os ha cogido por los hu...... y habeis claudicado ante ella. De todos modos el tiempo pone a cada uno en el lugar que le corresponde y ya falntan tan solo 11 meses para la celebracion de elecciones sindicales, solo espero que los trabajadores os lo hagan pagar caro.

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  44. Yo que soy un directorucho siempre he tenido rebajas del 13%, es cierto que no puedo empeorar si me cesan o me pueden aplicar un 18%? He leído por ahí que no podemos empeorar con respecto al anterior Erte. Es cierto?

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  45. Yo estoy en la calle y no cerraron mi oficina, me dieron 20 en vez de 45 dias mas antigüedad, me trataron como basura y ahora se firma este pacto y no habeis sido capaces de sacar el compromiso de la empresa de que nos readmitan a los que no nos cerraron oficinas y que pagaran los 45 dias a los que si se las cerraron o a los que no quieran volver?

    Siempre remitis a la ejecucion de la sentencia, pero no decis en que terminos esta redactada, me huele que tampoco en este caso os acordasteis de nosotros como para hacer mencion de nuestra situacion para que el juez tenga que hacer referencia clara a nuestro caso particular, si no es asi el juez no va a mencionarnos.

    Ahora comentais que habeis pedido reuniros para tratar este tema? eso lo teniais que hacer antes o durante negociacion...

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  46. Seguiran existiendo horarios de 9:00 a 13:50 para empleados con reducción de jornada del 30% ?

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  47. Ciertamente el acuerdo no es bueno, pero justo es reconocer que subsana algunos errores sindicales de libro con respecto al de junio, como: a) subsanar el empeoramiento de condiciones del primer al segundo erte. B) Evitar que los afectados por reduccion de jornada pierdan dias de vacaciones. C) Hacer que la movilidad geografica deba ser compensada y dar una compensacion digna a los que por una u otra razon no pueden trasladarse. D) Conseguir que a los de menos de 30000 euros se les aplique el minimo recorte y se les mantengan la ayuda por hijos. E)Hacer que los recortes se extiendan a toda la plantilla y que no se concentre en unos pocos, "como dice el refran la carga repartida es mas llevadera" F) Hacer que directores y subdirectores participen en el reparto de las cargas y no se vayan de rositas. No es buen acuerdo, pero no todo es malo. Aunque hay que reconocer que UGT y CCOO no habian puesto el liston muy alto.

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  48. Y vosotros no decías que"nunca" firmaríais ningún acuerdo sin consultarlo con los trabajadores? Luego nos llamáis y pedís explicaciones de si hacemos o dejamos de hacer huelga y otras gilipolleces. Nos habéis vendido igual que todos y habéis firmado el peor acuerdo del sector. No puedo creer que en todas las entidades se hayan conseguido soluciones que vosotros ni tan siquiera habéis pedido en vuestra primera propuesta. Lo peor de todo es que no me sorprende. En fin, una más...

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  49. Entendía que en el convenio se hablaba de las oficinas que cierran a partir de ahora, no de las que cerraron en verano. ¿Pueden aplicar esas medidas con efectos retroactivos?

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    1. Así es, el acuerdo habla de lo que se aplicará a partir de su implantación, no de lo que ha pasado desde junio hasta ahora.

      Lo que ha pasado en ese periodo está pendiente de ejecución de sentencia y será el juez quien diga cómo se tiene que arreglar.

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  50. Esta nuevas medidas las acordaron fuera de la mesa de negociación, a espaldas del resto de sindicatos. Precisamente, han establecido un 30% como topo máximo, tal y como decía la noticia publicada la semana pasada, en la que además señalaba que quien considerara que tuviera algún perjuicio con la entidad de forma individual se intentaría resolver. Esa forma de resolver conflictos fuera de Convenios y acuerdos, es dejar al trabajador a los pies de los caballos para que la empresa le estorsione hasta que consiga que claudique con lo que quieran (traslado encubierto, salir de la empresa a cualquier precio,......). La realidad es que de nuevo habéis firmado un acuerdo al dictado de Menendez y eso debe tener un coste sindical, el peloteo de algunas intervenciones amigas no van a difuminar vuestra traición.

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  51. Donde nos habéis dejado a los directores/subdirectores/jefes de departamento?? Finalmente somos los únicos que sufriremos la bajada de sueldo, ya que la inmensa mayoría al 18%, no lo percibe pero no lo trabaja, y lo recuperará via desempleo. Para nosotros, un 10% que "teóricamente" no trabajamos y recuperamos vía desempleo, pero otro 10-12% "adicional" que nos endilgan , al igual que hicieron unilateralmente en el verano del 2012 antes del inicio de todo este embrollo. ¿Son estas las medidas equilibradas de las que tanto preconizabais hace tan solo 2 días?. Creo que somos un porcentaje razonable del total de la plantilla para dejarnos tirados. La suerte que tendremos, es que no tendremos que ocuparnos más de las campañas, los morosos, la captación, las visitas, el apagafuegos diario con los clientes, los reportes a la zona de lo que diariamente hacemos, los informes de riesgos, el alta de los mismos en los terminales, la limpieza de la oficina.... ya que nuestros compañeros completamente satisfechos con el acuerdo, ya que cobrarán por lo que trabajen, se ocuparán de todo, y como es mi caso, cobrarán una pasta mas que yo.
    Estaréis orgullosos del paripé que firmasteis, o es que "el Guti" os ofreció algo para poder irse airosamente el día 31 con los deberes realizados?

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    1. Es lo que ocurre con los cipayos que cuando no son necesarios les dejan tirados. Paciencia vosotros sois la espina dorsal de esta empresa. Estoy seguro que tarde o temprano la direccion sabra recompensar vuestro esfuerzo como sin duda mereceis.

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  52. Marco (CSI), otra vez a por ellos: los de arriba y estos impresentables de sindicatos que se ocupan solamente de su sillón, y de querer salir en la foto a costa de los demás, como en el caso de la A.Nacional

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  53. Que no se quejen los jefezuelos. Ellos pusieron en el disparadero a sus plantillas entrando en el juego de hacer informe de cada uno de los empleados a su cargo, ¡¡ojo!! teniendo ordenes en algunos casos de no puntuarlos a todos por igual, sino, al parecer, haciendo un ranking dentro de cada oficina...

    Tampoco, como dice alguien más arriba, asistieron a las movilizaciones. Es más, ordenaron abrir oficinas con otros empleados (esquiroles) a los que no les correspondia.

    Yo seguiré en el 30% y no por ello voy a dejar de ser el profesional por el que me tengo (modestia aparte). Ahora veremos si vosotros seguis arrastrándoos como hasta ahora para mantener la silla.

    Por ultimo plantear solo un pequeño detalle a CSIF: Suponemos que, aunque no lo diga el acta explicitamente, el sueldo del que se parte para las reducciones es el anterior a mayo/2013 ¿no? Lo digo porque no vaya a ser que MMM nos tenga preparada alguna inocentada...

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  54. Entiendo que si un directivo cesa de sus funciones: a) No puede empeorar al 30% según indicáis pues está recogido en el convenio
    b) Al no ser ya Directivo NO SE LE PUEDEN APLICAR LAS REDUCCIONES "DE LAS TABLAS"; con lo cuál se quedaría únicamente con la Reducción de Jornada y Sueldo del 13,56% en el caso de CCM, ¿es así?

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    1. Eso suponiendo que cobre menos de 30.000... Si no se va al 18%, no?

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    2. ¿Dimitirá algún directivo para "ganar" (perder menos) dinero? Yo no lo creo. El verbo dimitir se conjuga mal en esta empresa.

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    3. Pero vamos haber, como se va ha aumentar la reducción al 18%, y entonces esta cláusula que significa????

      Tercera.- Los trabajadores afectados por la reducción de jornada y salario no podrán ver modificado al alza el porcentaje de reducción durante el periodo de aplicación de la medida.

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  55. Hoy he estado repasando las paginas web de todos los sindicatos de Lbk, el blog de trabajadortraicionado, que en ultimo post, con gran acierto desvela la cara que habéis mantenido durante todo el proceso del Ere, el de un sindicato acomplejado y metiendo cizaña para provecho propio, pero bueno el tiempo os juzgará. También he visitado la pagina de UGT y al intentar descargarme el acuerdo, no sé si es que estaba redactado anteriormente (lo que me afirmaría en que estaba todo pactado de antemano, por eso solo han hecho falta 4 reuniones de una duración mínima y en cambio a la última había que revestirla de gran confrontación para que nos la creyéramos) al descargarla a mi ordenador se guarda como "2013.13.16 Acta final periodo de consultas con acuerdo" lo que sería la prueba de una nueva traición a los empleados de Lbk. Ojo dice Día 16
    Me encanta que a los directivos esta vez les cueste un poquito mas a sus bolsillos, dada su anterior "solidaridad" tanto en las huelgas como en la designación de los afectados, como por la cobardía que manifiestan día tras día.

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  56. ¿Cómo es posible que podamos ser tan imbéciles?. Este acuerdo es una porquería. Solo un grupillo sale beneficiado, y ninguno de ellos trabaja en oficinas. Es que no os dais cuenta que nos cambian el hambre por las ganas de comer. ¿Quien gana con estas medidas?, no me digáis que el que estaba al 50%, que ahora puede estar al 30. Haced números y veréis que siguen saliendo 100 millones. No nos engañemos, NO ESTAMOS MEJOR, ESTAMOS IGUAL.

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    1. Nadie sale beneficiado con este acuerdo, en todo caso sale menos perjudicado, y muchos, muchísimos, en oficinas.

      Los del 50% más reducción salarial por tablas no opinan lo mismo que tú.

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    2. Hola compañero! Soy del "grupillo" que sale beneficiao por el nuevo acuerdo, y creo que no sabes de lo que hablas. Lo primero la mayoria de los compañeros que estamos al 50% trabajamos en oficinas, y muchos de nosotros antes de posiblemente que tu nacieras. Y segundo nos olvidamos que entrar en batallitas entre nosotros. El enemigo es MMM.

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    3. Los del 50% ganais 80.000 euros la mayoría. Así que os han dejado en 40.000 más el desempleo. Tienes compañeros subdirectores ganando 24.000 euros al 100% que ahora se quedan con menos sueldo todavía. ¿Eso es solidaridad?

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    4. Yo estaba en caja con uno que ganaba 80.000 euros y me criticab porque mi ropa estaba algo vieja. Claro, con 21.000 euros de sueldo bruto al año, pagando hipoteca y gasolina para ir al curro, no puedo ir vestido de marca como él.

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    5. El dato que apuntas sobre el sueldo que cobran la mayoría de los del 50% no es correcto en absoluto. De hecho, la mayoría de los que cobran 80.000 € tendrán la reducción mínima por ser directivos de alto nivel.

      Tal vez sí haya quienes cobren alrededor de 60.000 €, por haber consolidado categorías en puestos de los que han sido apartados, sin motivo en la mayoría de casos, o porque acumulan muchos trienios.

      Pero no hay justificación alguna para reducir el salario a nadie el 70%.

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    6. Hay gente al 50% ganando anteriormente poco más de 30.000€....

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  57. A ver si alguien me puede aclarar esta duda: Los ya trasladados según el acuerdo del 25/06 , ¿ nos dan la baja incentivada o es a partir de ahora?

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    1. Este acuerdo será efectivo a partir del 01-01-2014, por lo que no comprende las situaciones anteriores.

      Todas las situaciones generadas a partir del 25-06 deberán ser resueltas por la ejecución de sentencia o, en su defecto, por las demandas individuales.

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    2. Entonces si este embrollo lo resuelven las demandas individuales que cada cual ha puesto, porque firmais un acuerdo que no deja de ser mas de lo mismo, haberos quedado en casa celebrando las navidades.

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    3. La ejecución de sentencia o, en su caso, las demandas individuales, resolverá la aplicación de medidas desde junio hasta el 31-12-2013.

      El acuerdo empezará a surtir efecto a partir del 01-01-20014.

      Si no hubiera habido acuerdo se aplicarían las medidas unilaterales que hubiera decidido la empresa y hubiéramos vuelto a demandar.

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  58. Ahora que pasa con los traladados, recibiremos el resto de indemnización?, nos aplicarán el 100% de la ayuda vivienda durante los dos años que nos quedan (700€). Si nuestra oficina no cerró, ¿nos devolverán a nuestra oficina de origen?.

    Ah y a todos los que critican, que al menos pongan su nombre y así tambien conocemos sus caras y sus nombres, como decía antes un "compañero".
    Yo no entiendo mucho, pero tirarnos piedras unos a otros no solucionada nada y estoy de acuerdo con lo que se ha sacado, al menos yo he bajado del 50% al 30% y me trasladaron de Valencia a Plasencia. Motivo???? Ni idea. Todos estamos en el mismo barco no??? pues reducciones iguales para todos.
    ¡Felices Fiestas!. Y como decía otro compañero, voy a poder poner la calefacción.

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    1. Si se desarrolla la ejecución de sentencia según el literal, los traslados deben ser anulados. y entonces solo se deberían aplicar nuevos traslados según lo firmado.

      No obstante, debemos esperar a la ejecución de la sentencia.

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  59. Soy uno de los 30 con suspensión de contrato. Yo no me voy a incorporar. Pero ¿cuándo se termine mi suspensión que me van a incorporar con la reducción del 30%? Yo me fui de suspensión porque si me reducían la jornada no me llegaba para comer literalmente. RRHH lo sabe porque le mande mis gastos. Entre hipoteca y gasolina para el trabajo se me van 850 euros (vivo solo). En su momento, me indicaron que me incorporaría con la jornada laboral que hubiese en su momento pero no una reducción del 30%. Ahora, al leer este documento, estoy con la incertidumbre de que no es lo que me dijeron en su momento, ya que yo acordé que se me aplicarían las medidas generales (en aquel momento, era el 13% de reducción por el horario).

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    1. Según el acuerdo, si tu salario es inferior a 30.000 € podrás elegir entre estar al 30 % o el 13%.

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    2. Yo tambien soy de esos 30 de suspension 18 meses, sobre los 36 meses que dura nuestro acuerdo voluntario. Yo creo que los 18 meses q trabajamos estamos al 100% de todo. Y que el 1 julio 2016 ( no 2017 como el resto), deberiamos volver al 100% sin mas suspensiones. Por favor, podeis confirmarme si es asi? Nuestro horario cuando trabajamos sigue siendo el antiguo?

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    3. No está especificado en el acuerdo, será tratado en la primera comisión de seguimiento para que quede constancia escrita.

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    4. En la primera reunion??!! Pero si solo tenemos 15 dias para decidir si seguir o no en suspension!!!! Como vamos a decidir si no nos dan/dais las condiciones que implica.
      Nos dedican el primer punto del acuerdo,pero no nos facilitan acceso a las condiciones. Podeis agilizar que nos contacten con anticipacion a los 15 dias de plazo que tenemos para decidir, por favor.

      Gracias

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    5. Llevas razón, ese punto es necesario aclararlo para que podáis tomar la decisión con toda la información.

      Intentaremos aclararlo a partir del lunes.

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  60. Vendidos e impresentables (junto con CCOO y UGT) eso es lo que sois..Menendez os recompensara por firmar algo para lo cual no había justificación.....

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  61. Le manda huevos...vaya mierda de acuerdo en el que salen perjudicados los que cobran entre 30 y 40M € y se beneficia a los directivos. Ahora que tiren del carro ellos y los sindicalistas que veremos donde acaba la empresa. GRACIAS POR NADA.

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  62. Ante las opiniones que es un buen acuerdo, es "cierto" es completamente calcado a las medidas consensuadas por los sindicatos el día 17/12/2013.
    1-Vigencia 2 años
    2-Medidas voluntarias
    3-Reducción del 10 %
    4-Suspensión 2 años aportaciones Planes de Pensiones
    5-Movilidad geográfica máxima de 100 kms.
    O sea se parece como un huevo a una castaña, el acuerdo firmado.

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  63. TRAIDORES. Tanta palabreria estos meses para esto! Al que mas le interesaba un Erte con acuerdo era a MMM. El si que no podia permitirse otro fiasco en los tribunales dentro de otros 6 meses como ha pasado ahora. Tenia que tener un acuerdo firmado si o si. Y esa baza la habeis jugado muy mal. Ni siquiera la habeus jugado, mejor dicho. Esta claro que Ugt y Ccoo firman todo lo que les pongan por delante....si por ellos fuera nos quedabamos con las medidas del acuerdo de junio, pero, vosotros....despues de todo lo que habeis dicho...soys unos Traidores.¡¡ Esperemos que CSI, STC, APECASYC y CSICA nos saquen nuevamente de este marron!!

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  64. Siento comunicaros a todos que una vez más, y me duele la puñalada del nuevo traidor CSIF, nos han vuelto a vender. CSIF sabe que la empresa ha estado contra las cuerdas y con sus cargos pendientes de un hilo. Junto a los vendidos de CCOO y UGT (que no han tenido lo que hay que tener para firmar solos) rompieron la unidad sindical para vendernos a la empresa, a cambio de?.
    Os rogaría por favor nos lo explicaseis a todos, afiliados y no afiliados.
    Nos explicaseis si sólo defendéis intereses de CCM y si de verdad tenéis la conciencia tranquila?
    Si no os atormenta la conciencia....sois mala gente.

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  65. Ala a jode...e todos, por no tener lo que hay que tener.
    A vosotros CSIF ya os daremos las gracias en las próximas elecciones.
    Vendidos más que vendidos

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  66. Soy de los que estan no al 50% ,sino al 75%, y no digo que sea un buen acuerdo, pero viendo las armas que este Gobierno han puesto en poder de las empresas, no es del todo malo, por lo menos podre encender la calefaccion, y porque viendo los derroteros que estaba tomando esta Entidad, ibamos a durar 2 telediarios, y me veia despedido con 4 duros y con 54 anos, asi por lo menos tengo esperanzas de que ahora volvamos a trabajar todos de manera mas o menos normal y poder.sacar esto adelante entre todos

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  67. Me parece que es un buen acuerdo. La ley permite a la empresa hacer casi lo que se le antoje. El camino judicial es muy peligroso y no sabes que va a pasar, incluso ganando (hemos ganado y...¿cómo estamos?).
    El acuerdo se puede mejorar? Pues sí, claro, pero sólo si la empresa quiere.
    con estos condicionantes, yo también habría firmado esto.
    Atentamente, un votante de CSI Asturias.

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  68. Una pregunta, los que estamos en el 50% y pasamos al 30% ¿ es cuándo se resuelva el recurso de casación o a partir del 01.01.14?
    Gracias por contestarme.

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  69. Y si después de todo el Tribunal Supremo dice que el anterior ERE 25/06 SI es válido, seguramente a la empresa le interese esperar antes de aplicar un acuerdo, luego CLARO no irá a pedir el dinero de los que han pasado del 50 al 30%.. Este acuerdo es un paripé de la empresa para así tener a los sindicatos callados y tener menos juicios por delante.. pero como siempre, se cree que somos idiotas, y la dirección, de momento, sólo aplicará las medidas que perjudiquen a los empleados!.

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    1. Este acuerdo comienza a surtir efecto a partir del 01-01-2014 y anula las medidas anteriores desde esa fecha diga lo que diga el Supremo.

      Otra cosa será lo que pase con las medidas aplicadas desde junio hasta el 31-12-2013. El supremo decidirá si fueron o no legales,

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  70. Yo tampoco hubiera firmado este acuerdo, pero reconozco que es mejor que lo que nos esperaba. Yo estoy al 50 % y con esto recupero al menos un 20 % y lo correspondiente a las tablas, fenomenal.

    Pero me parece que es otra palada en la tumba de Liberbank. No creo que nadie piense que con esto, el día 1 será todo maravilloso y estaremos todos muy contentos. Creo que con este acuerdo se logra:

    1.- La mayor parte de la plantilla, estará pendiente de cuando nos devuelven lo quitado injustamente y anulado por la Audiencia Nacional.

    2.- El día 22 de este mes esperabamos el sorteo de Navidad, el 5 de enero esperamos el del Niño y ahora el de Liberbank.

    2.- Si hasta ahora las oficinas estaban faltas de personal, ahora sera un caos, tenemos a todo el mundo, excepto "personal directivo" con reducción de una jornada mayor (18 %). Y el 100 % de las vacaciones.

    3.- El personal directivo, "quemado" pues su reducción (en la mayor parte de los casos) es superior al 18% y con más jornada de trabajo. Además tienen reuniones, trabajos fuera de jornada, el peso de los objetivos y campañas, pues a la mayor parte de la plantilla, cumple con sus obligaciones y punto, vendiendo lo que se pueda (1, 5, ó 1000 o nada) y si no se logran los objetivos no obtenemos los puntos correspondiente y si los obtenemos los podemos cambiar por "chupicromos" excepto el personal directivo que tendrá un variable.

    Que si hasta ahora esto era un caos, ahora sera el camarote de los hermanos Marx

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  71. ¿La empresa ha acreditado las causas para hacer el ERTE? Porque habéis firmado que sí.... Si es así, enhorabuena por el acuerdo, pero si no..... Me gustaría tener respuesta

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    1. Nosotros pensamos que la empresa no ha aportado la documentación necesaria, pero la pregunta es que si, con la documentación presentada, los juzgados le hubieran dado la razón.

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    2. Eso no lo puedes saber.

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    3. Claro que no lo podemos saber, ese es el problema.

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  72. En tres años y medio SEGURO que se habrá producido alguna operación societaria o corporativa. ¿Y entonces se negociará de buena fe (JA JA JA) el POSIBLE CESE (que no el cese) de las medidas de este acuerdo? Repito JA JA JA

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    1. Entre los delegados de CSIF este ha sido un punto de discrepancia. Algunos pensaban que se debería haber concretado más y otros que se debería firmar aunque no se hiciera.

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  73. ¿Por qué en las reducciones de jornada del 30% y del 18% se habla de reducción de jornada con reducción proporcional de salario del 01 de enero de 2014 al 30 de junio de 2017, y que transcurrido dicho plazo el trabajador volverá a jornada completa? ¿No volverá a cobrar su salario completo? La lógica y la buena fe dirían que sí, pero en esta empresa no existen. En el resto de reducciones mínimas, las de por cajas de origen, no se incluye ese párrafo que sólo habla de recuperar la jornada completa, pero no el salario completo. Luego algunos dirán que los engañaron y que el acuerdo se aplicó de forma torticera.

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    1. En ambos casos habla de reducción de jornada con reducción proporcional de salario. Cuando se acabe la reducción, la proporción de reducción de salario será cero.

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  74. Sois unos sinverguenzas. Con todo lo que habeis escrito en este blog contra Menendez, CCOO y UGT, contra su acuerdo. Atacando todo lo que hicieron y ahora, de repente, habeis visto la luz. Llevasteis el sindicalismo al mismo nivel de mierda que antes lo hicieron los de clase.
    Cuando M.m.m. incumpla a ver que decis.
    Sinverguenzas y vendidos.

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  75. ¿ Por que no publicáis la solicitud de la ejecución de la sentencia?; ya te lo digo yo; porque gran parte de este acuerdo queda supeditado a su contenido, que es precisamente con lo que habéis negociado.

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    1. Ya hemos comentado otras veces que la ejecución de sentencia fue solicitada simultáneamente por CSI, STC, APECASYC y CSIF en los mismos términos. CSICA la presentó más tarde.

      Malamente podríamos haber supeditado la solicitud de ejecución a nada en la negociación.

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  76. Buenas tardes me dirijo a ustedes en calidad de marido de una compañera suya.
    Mi experiencia personal y laboral ( que por cierto me encuentro sin empleo ),pués me lleva a decir u opinar que siempre se puede hacer mejor!! eso sin duda.
    También me gustaría manifestarles ( no me pongo de ningún lado solamente de lo objetivo).
    me he leido todas las opiniones que éste foro aquí ponen y bueno me encuentro de todo,sobre todo mucho egoismo personal.
    En cualquier acuerdo siempre se van a decir cosas porque un acuerdo no es como un traje a medida y todos somos distintos a no le vale ,a otro le queda corto etc....Pues del egoismo del que hablo es que gran parte sólo se preocupa por lo suyo...y te dás cuenta que leyendo éstos comentarios ,pues ves que cada uno barre para su casa y ( que antes de llorar mi familia que llore la de otro).Parte de ustedes tienen a sus maridos o mujeres trabajando y no es el caso de mi casa o de nuestra casa.
    Tampoco es el caso que que estar a más de un 50% gran parte también de su caso.
    Tampoco practicamente casi todas las opiniones se paran a pensar de estas personas que al final te quedan 200€ o ni eso etc....
    Pues mi más humilde opinión es que yo pensaba que unas personas con estudios o otros tipos de trabajo que eran algo distintas ,pero me demuestra que no.
    Que como todos los demás.
    y ves como se expresa cada uno a lo que le combiene sin objetividad ninguna.
    Miren o conozco todo por lo que se ha pasado y a ver si ahora llevar un saco entre gran parte o toda la plantilla ( TODA )no es mejor que cargarselo a tres no?...entonces será mejor que el vecino tenga lo mismo que yo no?,por que mi un 10 y a el 50%..eso no es justo.
    cuanto es?? cuanto se necesita?? bien facil tantos en plantilla pues a tanto!!..directores y quien sea subdirectores etc...todos igual con un pequeño incentivo por tener cargo y listo.Si así fuese saldria por igual un 15-18% a todos y aún seria mas llevadero hasta que la situación mejorase que mejorará.Siendo este acuerdo revisable cada 3/6 meses núnca para peor si no para mejor hasta quedar igual..es lo que pienso...pero parte de ustedes són capaces de que otros compañeros se queden sin un duro para ustedes cobrar más al menos es lo que en muchas opiniones se dice.Y sii!! gran parte de las personas del 50% están en oficinas.yo conozco ( como mi mujer) a más de 15 eso en una zona pequeña....saludos y mucha suerte a todos..pero mejorará..animooo!!!

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    1. Pues ya ves que no. Es una proporción inversa. A mas estudios menos solidaridad.

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  77. Si sigo trasladado después del 1 de enero, en base a que acuerdo será: Junio/2013, anulado pero recurrido?, ERE del 2.011?, o con el ERE del 2.014 ?, realmente el pitote es monumental y, nuevamente,
    terminará todo judicializado, porque como negociadores lo dejaís todo en el aire, no se cierran ni se matizan los asunto y todo queda siempre al escrutinio que pueda tener un juez sobre el asunto, auténticos chapuceros.

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    1. Si te han trasladado ya, son de aplicación las medidas anteriores.

      La ejecución de sentencia deberá decir si tu traslado es nulo y te tienes que reincorporar o si se ha efectuado de acuerdo al único ERE válido, que es el del 03-01-2011.

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  78. En las primeras medidas me aplicaron el 11%, posteriormente el 30%; entiendo que ahora me aplican el 18% . Cracias

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  79. Mentirosos. Pero.si con la.firma.de.ccoo y ugt ya tenian mayoria suficiente para dar validez al.pacto....

    Tambien nos tomais ppr tontos judas, que sois unos judas.

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  80. Para este supuesto que habéis solicitado en la solicitud provisional de la ejecución?

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  81. Una pregunta...a los que ganamos poco más de 30.000 y teníamos el 10.97 sí ahora nos pasan al 18 y encima no nos dan la ayuda e estudios....además de empeorar ganaremos mucho menos que alguien que cobra 29.950 o no podemos bajar de 30.000 como antes?

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    1. Con el acuerdo quedas prácticamene igual:

      En números redondos:

      Anterior: salario anual 31.000; reducción 10'97+4'74; desempleo 1.320= 27.449.

      Actual: salario anual 31.000; reducción 18 %; desempleo 2.160= 27.580.

      Es cierto lo de la ayuda de estudios, pero el importe que dejes de cobrar ahora por este concepto lo recuperarás a partir de 2018.

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  82. Penoso acuerdo. Habrá que borrarse de este sindicato que ya no nos representa,

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    1. Dan pena algunos comentarios. Como el caso de algunos clientes: " Si me dais esto o lo otro, me borro de este Banco "
      No merece más palabras...

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  83. En el caso de los que estamos trasladados con el acuerdo, que es exactamente lo que se ha solicitado en la ejecución provisional de la sentencia?

    Muchas gracias CSIF por el apoyo que nos habéis dado y muchas gracias por el acuerdo que habéis conseguido .(con mucho esfuerzo). Animo y a seguir todos para adelante!

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    1. No hemos podido acceder a la solicitud de ejecución de sentencia, por lo que no puedo aclarar lo que preguntas.

      Lo único que podemos decir es que durante su elaboración los abogados de los cinco sindicatos no firmantes del acuerdo del 25-06 mantuvieron contactos con el fin de presentarla en los mismos términos y, de estos cinco, cuatro la presentaron de forma simultánea.

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  84. Una pregunta: Estas nuevas medidas se aplican a partir de 01-01-2014.
    Dudo que de esta fecha a entonces la Entidad nos diga algo.
    Entonces como actuamos, a partir de esa fecha, si como intuyo nos lo comunicarán a lo largo de la 1ª semana de Enero, mientras tanto seguimos con las medidas que tenemos hasta la fecha y con los días de paro establecidos? no?
    No olvidéis que la empresa en mi caso no solo los días de vacaciones que me ha choriceado, sino que me debe días por trabajar de más (10 días) y no haberlos pagado.

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    1. Mientras no nos comuniquen otra cosa deberemos trabajar como hasta ahora.

      La recuperación de los días de vacaciones dependerá de la ejecución de sentencia. Los días que hemos trabajados de más por el mal cálculo de las horas, quedará resuelto si la ejecución de sentencia obliga a la empresa a pagarnos el 100% del salario que nos quitó por reducción de jornada.

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  85. Lo inexplicable es haber negociado esto. Hay un vicio desde el principio. No han facilitado toda la información que se les pidió y vosotros dais por bueno lo que die la empresa cuando todos sabemos que lo único que hacen es mentir. Si hubieramos estado unidos hasta el final, lo hubieramos ganado en los tribunales. Sois tan traidores como los que pusisteis antes a caldo. Penoso

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  86. soy compañero con reduccion actual del 50 que en realidad es el del 57 por ciento.Ahora pasare al 33 por ciento.Un 24 por ciento menos.Antes terminaba mi reduccion en junio de 2016 ahora pasamos a junio 2017.Un año mas.Lo que ganamos por un lado lo perdemos en ese año al 33 por ciento, pero no me quejo el acuerdo es mas igulado que el anterior eso es cierto.La movilidad si que era preocupante y mi pregunta es si nos pueden trasladar solo a 25 km si no se cierra la oficina.Y si no hay plazas en esos 25 km podrian trasladarte mas lejos?



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    1. La movilidad geográfica es solo para los afectados por cieere de oficinas y reestructuración de servicios centrales.

      No te pueden aplicar movilidad por encima de 25 km si no estás en uno de esos casos.

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  87. Mi más sincera felicitación por el nuevo acuerdo.
    Se ha conseguido mayor equilibrio en el reparto de lo "malo" entre toda la plantilla. Ahora a tirar a tope del carro TODOS y ojala pasen rápido esos 3,5 años.

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    1. Muy equilibrado cuando las medidas son DIFERENTES. Ahora a tirar del carro DIFERENTE.

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  88. Los del 50 pasan al 30 eso esta claro.Pero los del 30 siguen igual o pssan muchos al 18? pregunto

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    1. Puesto que la reducción del 30% no se les puede aplicar a los que tenían un porcentaje inferior, prácticamente todos los del 30% permanecerán igual, excepto por la eliminación de reducción de salario por tramos.

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    2. Si en las anteriores medidas 770 personas fueron al 30% y 775 al 50% (en total 1545) y ahora son 1250 al 30%, entiendo que 295 personas pasarían del 30% al18%, no? pregunto

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    3. Actualmente estoy al 50%, y quisiera, si es que podeis o sabeis, que me explicarais por qué otro compañero con el mismo o algo mayor salario que yo, y con funciones similares en otra oficina distinta, pero de la misma zona, estaba con la reducción mínima. ¿que criterios se siguen? ¿el dedo?. Vivan los acuerdos equitativos. Equitativo porque yo pasaré al 30, y mejoraré, y el pasará al 18, y también mejorará. Gracias por firmar esta M…..

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  89. ---, las partes firmantes consideran “acreditadas” las causas alegadas por la empresa para la movilidad geográfica, la modificación de condiciones de trabajo, la inaplicación del convenio colectivo y la suspensión de contratos y reducción de jornada----- QUE POCA dignidad Y QUE PÒCA verguenza

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  90. Una cosa te quiero decir; los compañeros que deberán abandonar la entidad a razón de 666, como queda la cosa?, se marcharan tiroteados, gaseados,.... porque nadie dice nada y sino se contemplan bajas indemnizadas, ni siquiera se ha establecido con que cantidad "una vez que haya dinero", ya me contaréis que seguridad podemos tener si alguno de nosotros somos los señalados; insisto PEDAZO de acuerdo no hay duda.

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco