martes, 30 de junio de 2015

Nuevas bajas indemnizadas. Publicado en la Intranet.

Publicado en la Intranet:

"El Consejo de Administración de Liberbank en la reunión celebrada el día 29 de junio, ha acordado llevar a cabo un Plan de Bajas Voluntarias Incentivadas, dirigidas al colectivo de empleados nacidos en los años 1956, 1957 y 1958, que se materializará a través de pactos individuales. 

El colectivo susceptible de acogerse a este Plan serían 615 empleados del Grupo Liberbank, nacidos con anterioridad al 1 de enero de 1959, reservándose la Entidad el derecho a ofrecer la adhesión al mismo a empleados nacidos con posterioridad a esa fecha, hasta completar el cupo de bajas previstas en este Plan. 

Las fechas en las que se materializarían las salidas derivadas de este programa de bajas serían las siguientes: 31 de diciembre de 2015, los nacidos con anterioridad a 31 de diciembre de 1956; 31 de diciembre de 2016, los nacidos en el año 1957 y 30 de junio de 2017, los nacidos en el año 1958. 

En aquellos casos en que por razones organizativas y/o funcionales, no fuese posible hacer coincidir la desvinculación con las fechas anteriormente referidas, la Entidad podrá retrasar o anticipar la fecha prevista para la misma. 


Para la ejecución de este Plan, está previsto que a partir del próximo mes de septiembre se comience a contactar con los empleados susceptibles de acogerse al mismo, para comunicarles las condiciones de desvinculación y concretar su adhesión al Plan."


Seguiremos informando en cuanto dispongamos de más información.

18 comentarios:

  1. Esperemos q lo q sea , sea lo antes posible pq no se lo q vamos a aguantar!q se haga un ere , bajas incentivadas o lo q sea con l fin dq la gente q se quiere ir se pueda ir , en las mjores condiciones posibles!!

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    1. Jajajajaja igual de voluntario q los traslados de verano 2013.

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    2. http://cincodias.com/cincodias/2015/06/30/mercados/1435660649_879189.html

      La propuesta de la empresa, aun sin verla, se comenta por sí sola por comparación con cómo se han hecho las cosas en Caixabank.

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  2. "Para la ejecución de este Plan, está previsto que a partir del próximo mes de septiembre se comience a contactar con los empleados susceptibles de acogerse al mismo, para comunicarles las condiciones de desvinculación y concretar su adhesión al Plan."
    Es que necesitan Julio y Agosto para comprar todo tipo de material de tortura para poder presionar en condiciones. No se deben aceptar condiciones que no se aproximen a lo que la Caixa ha negociado con los Sindicatos para conseguir prejubilaciones. Estos de Liberbank son muy listillos, se creen que negociando individualmente se van a salir con la suya y presionando engañar a los trabajadores.

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  3. Tienes la opción de no acogerte sino te gustan las mismas.

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    1. Viendo la forma en que la empresa quiere hacer las cosas, y si al final son lo que parecen, es previsible que muy pocos compañeros accedan a la baja indemnizada.

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  4. Que mas información vais a tener si dicen que va a ser individual la negociación? Despues de la firma del segundo ERTE por CESIF, CCOO y UGT, me alegro que la empresa no quiera negociar con vosotros os lo mereceis.

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  5. Cuanto tiempo se tardará en conocer la resolución del TS de las sentencias del dia 16 de julio?

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    1. La publicación de las resoluciones del T.S. no suele ser inmediata, es difícil prever cuántos días tardará.

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  6. Q liquiden la empresa!trabajabamos antes d star en esta empresa y trabajaremos despues!

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  7. Tenéis que informar sobre la repercusión de la fiscalidad sobre esas indemnizaciones, al tratarse de bajas voluntarias ya que según Hacienda tienen que tributar en su totalidad, con lo que también encarecería de tipo a lo percibido en el año de su percepción. En resumen un total desastre, debéis decirle a la empresa que por decencia ni se le ocurra convocar a los trabajadores ya que nadie querrá aceptar.

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  8. La maternidad del año 2013. Qué sucede con eso?

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  9. Y mi incentivada de verano de 2013?

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  10. En el ERTE del 25/06/13 anulado figuraba: C. Disposiciones comunes a los apartados A. y B. anteriores.
    Las medidas de reducción salarial y de conversión de retribución fija en retribución variable establecidas en los apartados anteriores no se aplicarán para los salarios inferiores a 30.000 euros. Además, el salario resultante de la reducción y de la conversión no podrá ser inferior a la citada cantidad. Igualmente, y en todo caso, la reducción de la retribución fija que corresponda por aplicación de las tablas anteriores no podrá suponer la percepción de un salario inferior al previsto en el Convenio Colectivo aplicable para su nivel y categoría profesional.
    Con el fin de no perjudicar las bases de cotización que por el efecto de la aplicación de las medidas anteriormente expuestas pudieran resultar minoradas, la empresa se compromete en tales supuestos a hacerse cargo del coste del Convenio Especial con la Seguridad Social para mantener la misma base de cotización durante todo el período de aplicación de tales medidas.
    En el ERTE del 26/12/2013 no figura este punto. ¿Podría alguien explicar la diferencia entre que figure el punto en el acuerdo o no?

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    1. ERE de Junio de 2013:

      https://www.dropbox.com/s/v8fnpkux2hrb63t/Acuerdo%20laboral%20CCOO-UGT%20SIMA.pdf?dl=0

      ERE de diciembre de 2013:

      https://www.dropbox.com/s/d818stilp0b9o3b/Acuerdo%20laboral%2027-12-2013.pdf?dl=0

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    2. En los enlaces se informa de los dos eres, pero no se explica en qué puede repercutir a los trabajadores la inclusión o no de este punto.

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  11. Fusion ya!! Bajas incentivadas y libertad para la gente q no quiere star en esta empresa!!esta empresa juega con la salud d los trabajadores y esperemos q no pase nada!

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco