domingo, 27 de julio de 2014

Tratamiento fiscal de la indemnización por traslado.

Ante las numerosas consultas que estamos recibiendo sobre el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por traslado, os ponemos dos enlaces a Consultas Vinculantes efectuadas a la AEAT que esperamos os sirvan de ayuda.

Como siempre, esta entrada estará abierta para opiniones, consultas, etc.


3 comentarios:

  1. Manuel Díaz Plasencia Urb. 827 de julio de 2014, 19:30

    Que más documentación hay que presentar para tener algo de seguridad de que nos admitirán la reducción de los 6.600 euros en la declaración?. A mi me han hecho una paralela y me han quitado esa deducción, supongo que por la mala leche de la empresa de declarar esas indemnizaciones como rendimiento regular, no?. El caso es que yo tengo 10 dias para presentar alegaciones. Todo aquel que haya tenido este caso y ya haya presentado alegaciones, si quiere, puede compartir con nosotros la documentación aportada. Gracias anticipadas.

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  2. Manuel Díaz Plasencia Urb. 827 de julio de 2014, 19:34

    En el caso 1 si admite la reducción del 40% porque no habla de la compensación mensual de los dos años. Será la que haya que presentar, supongo.

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  3. Manuel Díaz Plasencia Urb. 831 de julio de 2014, 23:40

    Podríais, a través de los servicios jurídicos, enviarnos redactado el escrito para enviar a la AEAT en la presentación de alegaciones para que nos tengan en cuenta la reducción del 40%????. Supongo que ellos están más preparados que nosotros para eso. Yo tengo de plazo para la presentación de alegaciones el dia 8 de agosto.

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco