domingo, 25 de mayo de 2014

Cálculo de importes descontados.











Salimos al paso de ciertas informaciones vertidas por algunas Secciones Sindicales de de Liberbank que, estas sí, están liando a los compañeros.

Las reclamaciones que haya que hacer a la empresa, referidas a los importes descontados desde el 01-06-2013 hasta el 31-12-2013 y los traslados efectuados durante ese periodo, serán en virtud de la sentencia de anulación dictada el 14-11-2013 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

Pero ocurre que esa sentencia aún no es firme, por lo que, si aún no podemos reclamar los importes o traslados, es de toda lógica que no pueda prescribir el derecho a hacerlo. Es más, la fecha para comenzar la prescripción de las demandas individuales no ha comenzado, pues fue paralizada una vez que se interpuso el Conflicto Colectivo.

El caso del premio a la dedicación por 25 años de servicio es similar, pero no igual. En este caso, aunque el Tribunal Supremo no ratificara la sentencia de la Audiencia Nacional, sí que cabría reclamar, al menos, la parte proporcional devengada.

Se nota cierto nerviosismo entre las Secciones Sindicales citadas ya que, al igual que otras reclamaciones, creemos que, al haber sido condenados junto con la empresa, no van a poder solicitar la ejecución de sentencia ni siquiera en nombre de sus afiliados. En todo caso lo tendrían que hacer interponiendo terceras personas y a través de autorización documentada ante cualquier órgano judicial o de mediación o conciliación social.

Lo cierto es que mientras uno duda de que, una vez anulado el ERE por sentencia firme, no vayamos a volver a la medidas unilaterales, el otro nos urge a presentar la reclamación individualmente a la empresa. Lo dicho, haber firmado lo que firmaron el 25-06-2013 les ha puesto en una situación delicada, aunque peor nos pusieron a todos los trabajadores.

Volvemos a insistir en la necesidad de hacer los cálculos de las cantidades a reclamar a la mayor brevedad posible, pues aunque es cierto que no sabemos aún en qué fecha se podrá hacer la reclamación, cuanto más tiempo pase más dificultades podemos encontrar para realizar los cálculos. Hemos tenido noticias de problemas para obtener las nóminas del año pasado a través de la intranet. Si esto se confirma nos pondremos en contacto con Administración y Retribución para subsanarlo.

Recordamos cómo se obtienen las cantidades detraídas por reducción salarial y de jornada:

- Intranet.
   - Área privada.
        - Consulta de nóminas.
             - Año anterior. 
                  -  Buscar. 
                       -  Mostrar acumulado en el periodo.

Se obtendrá una nómina con los importes cobrados y con, signo -, los sustraídos durante todo el año. A estas cantidades habrá que añadírles los importes a que tengamos derecho y que figuran en la plantilla que hemos confeccionado.


Por último queremos testimoniar nuestro reconocimiento a los abogados de CSIF en toda España, pues están a disposición de todos los trabajadores, haciendo una magnífica labor y consiguiendo sentencias favorables para los compañeros en las demandas individuales planteadas contra la empresa, tanto de empleados en activo como prejubilados.

11 comentarios:

  1. Vaya morro que tenéis. Si vosotros no habéis. Impugnado el primer ERE y, además, firmásteis el segundo ..

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    1. Por favor, infórmate mejor. Nosotros sí impugnamos el primer ERE.

      En cuanto al segundo, además de haber explicado,creemos que suficientemente, los motivos y de haber recibido el apoyo de una gran mayoría de compañeros, nunca hemos dicho que estemos satisfechos ni contentos con él, ni que nos parezca justo.

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    2. ¿El apoyo de quien?¿ de alguien ha quien habéis privado, con vuestra firma, de ganar un 30 % de su sueldo legítimamente ganado? Espero que mañana la Audiencia Nacional, siga dando el mismo jarabe al 2º Ere, como al primero.

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  2. Magnífica labor la que estáis haciendo csif. Gracias por todo y os animo por favor a seguir así hasta el final.especial dedicación a anular traslados por favor,parte más perjudicada con diferencia en todo esto

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  3. Una pregunta, estais al tanto de que hay compañeros que dejaron de ser apoderados cuando se clasificaron las oficinas por el sistema de uges, y al pasar a se empleados se les puso un salario inferior al que estan cobrando el resto de empleados con el mismo nivel?

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    1. Nuestro salario está establecido en el Convenio, por lo que nos extraña que se puedan producir situaciones como las que nos indicas.

      Si quieres, ponte en contacto con cualquiera de nuestros delegados en los teléfonos relacionados en la cabecera del blog y analizaremos si no estás cobrando lo que te corresponde.

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    2. esta contrastado y les ha pasado a varios compañeros, la clave esta en el complemento de puesto que ha pasado a llamarse transitorio en lugar de cncn que es el que tienen los gestores operativos comerciales en cajastur, la diferencia es de 150 euros brutos al mes. Y en el total devengado del año pasado efectivamente cobran 1.200 euros menos al año.

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  4. ¿Cual es la cuantía de la ayuda de formación de hijos para el año 2013? y si la cuantía de cesta de navidad en CCM era de 194,77
    Gracias.

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    1. La cuantía de la cesta de navidad es correcta: 194,77 €.

      La ayuda de formación para los hijos desde el año que cumplan los 3 hasta los 25 es de 500 € por cada hijo. Si los estudios se cursan en distinta plaza del domicilio habitual se incrementa en el 100%.

      También se abonarán los gastos anuales debidamente justificados, que ocasione la educación especial a minusválidos físicos, psíquicos o sensoriales, serán atendidos en todo caso hasta 3.330 € y mientras esta situación sea reconocida como tal por la Seguridad Social, SEREM o por otras Instituciones dedicadas específicamente a estas atenciones.

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  5. ¿Y cuál es la cuantía de la ayuda guardería?
    Gracias.

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco