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miércoles, 6 de junio de 2018
lunes, 4 de junio de 2018
domingo, 3 de junio de 2018
EL TIEMPO ESTÁ CUMPLIDO
Va siendo hora de dar colofón
al conflicto surgido, hace ya cinco años, por la aplicación, primero, de las
medidas unilaterales, del acuerdo posterior rubricado por UGT y CCOO y la
anulación de ambas medidas por los tribunales, siendo las resoluciones firmes.
Llegados a este punto
queremos hacer un llamamiento a la Dirección de la Empresa para que, de una vez
por todas, de una satisfacción a todos los trabajadores, que todavía
seguimos llevando a nuestras espaldas las gabelas impuestas y declaradas nulas
por los Tribunales.
Como ya hemos informado,
una vez declarada la nulidad de las Medidas y el ERTE 247/13 y, siendo firme la
sentencia, CSIF ha activado todos los
procedimientos ordinarios en los distintos Juzgados de lo Social de todas las provincias; pero eso no es una solución universal, y no nos
conforma.
Desde CSIF entendemos que la Empresa debe evitar una situación que derive
en cientos de demandas individuales y en un repunte de la conflictividad
laboral.
En el acuerdo firmado el 1 junio 2016 con CSIF, UGT y CSICA, “la
Entidad asume el compromiso de extender a toda la plantilla en activo las
consecuencias de la ejecución de la Sentencia”… “en virtud de resolución firme”.
Pues bien, el tiempo se ha cumplido y CSIF quiere evitar un nuevo
conflicto colectivo en los Juzgados.
Por ello nos hemos
dirigido a la Dirección de la Entidad, solicitando
una solución extensible a todos para esta desavenencia que dura ya demasiado
tiempo,… en su mano está.
Seguiremos informando.
lunes, 21 de mayo de 2018
SEPE: Certificación negativa 2013
Solicitud rectificación declaración IRPF 2013
Pasos a seguir.
Pinchar en :
- Sede electrónica (derecha pantalla)
Enlace
- En todos los trámites (izquierda pantalla) : opc recursos , reclamaciones , otros procedimientos de revisión y suspensiones,
- Procedimientos especiales de revisión,
Enlace
- Devolución de ingresos indebidos.
Enlace
- Presentación de recurso o solicitud.
Rellenar campos, escribir el motivo y si se quiere, adjuntar fichero de solicitud o comunicación.
Pasos a seguir.
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- Sede electrónica (derecha pantalla)
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- En todos los trámites (izquierda pantalla) : opc recursos , reclamaciones , otros procedimientos de revisión y suspensiones,
- Procedimientos especiales de revisión,
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- Devolución de ingresos indebidos.
Enlace
- Presentación de recurso o solicitud.
Rellenar campos, escribir el motivo y si se quiere, adjuntar fichero de solicitud o comunicación.
viernes, 4 de mayo de 2018
Segundo auto, en la linea del primero
Conforme adelantamos hay q ir a las demandas individuales las cuales ya teníamos presentadas, en previsión de que esto ocurriera.
Seguiremos informando...
SEGUNDO AUTO
miércoles, 25 de abril de 2018
Denegación de ejecución en procedimiento DEM 265/13 en ETJ 36/2017
Ayer salió el auto de la
ejecución de las Medidas unilaterales, que habíamos solicitado CSIF
y UGT,
no dando lugar a la misma.
Hemos consultado con
nuestros abogados, acatamos la resolución a la espera del otro auto de la
ejecución de nulidad del ERTE firmado en junio de 2013 por UGT y
CCOO.
En el caso factible que
haya que ir por demandas individuales, confirmar que CSIF tiene el trabajo muy bien
realizado. Como cabía esta posibilidad CSIF presentó todas las demandas, en plazo,
en los Juzgados ordinarios con el fin de evitar la prescripción, cosa que
parece no hicieron otros sindicatos.
Ahora solo falta
reactivar.
Al ser "Causa
Juzgada" los Juzgados sólo pueden ratificar y cuantificar individualmente.
Adjuntamos copia del Auto en el siguiente enlace:
Seguiremos informando.
martes, 24 de abril de 2018
RECTIFICACION IRPF 2013: PROCEDIMIENTO
Necesitas la siguiente documentación, declaración IRPF 2013 incluidos los datos fiscales del ejercicio y carta de resolución sobre Revocación de Prestación por Desempleo.
Una vez tenemos la documentación, hay dos formas de presentar la
solicitud en la
Agencia Tributaria :
1. Formato PDF que se puede descargar
en el siguiente enlace:
Cumplimentando los datos personales y el texto siguiente:
Apartado Antecedentes
En el año 2013 estuve afecto por el ERE 247/2013 por el que
accedí a prestación por desempleo. Dicho ERE fue posteriormente impugnado y
como consecuencia de dicha impugnación mediante sentencia de 22/07/2015, la Sala Cuarta del
Tribunal Supremo confirmó la
Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 14/11/2013 que
declaraba la nulidad del acuerdo adoptado en el procedimiento 247/2013.
Además con fecha 21 de junio de 2017, el Tribunal Supremo ha
dictado Sentencia nº 550/2017, que desestima el recurso de casación interpuesto
por la empresa contra la sentencia dictada el 23/09/2016 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ,
y declaró la nulidad de la totalidad de las medidas aplicadas por la empresa
derivadas del ERE 247/2013, siendo dicha sentencia firme, por lo que con fecha
19/10/2017 recibí resolución de revocación de prestación por desempleo que
adjunto.
Apartado Solicitud o Comunicación (Marcamos SOLICITA)
El nuevo cálculo de la declaración de IRPF 2013, con la
consiguiente devolución, en función de la consideración por parte del SEPE como
indebidos, de los ingresos que se declararon en ese momento.
Adjuntando la documentación física, el documento impreso se
presenta en el Registro General de Hacienda.
2. Por la web en Sede Electrónica, siempre que se esté registrado en el
Programa Clave, (enlace de como registrarse http://clave.gob.es/clave_Home/registro.html)
o DNI Electrónico.
Adjunto el enlace de acceso a la página de Trámites con la Agencia Tributaria.
Para adjuntar cada uno de los archivos a la solicitud, previamente
tienen que tenerse escaneados, se adjuntan de uno en uno y tarda un poco hay
que pulsar “enviar consulta”. Luego se cumplimenta el texto siguiente:
En el año 2013 estuve afecto por el ERE 247/2013 por el que
accedí a prestación por desempleo. Dicho ERE fue posteriormente impugnado y
como consecuencia de dicha impugnación mediante sentencia de 22/07/2015, la Sala Cuarta del
Tribunal Supremo confirmó la
Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 14/11/2013 que
declaraba la nulidad del acuerdo adoptado en el procedimiento 247/2013.
Además con fecha 21 de junio de 2017, el Tribunal Supremo ha
dictado Sentencia nº 550/2017, que desestima el recurso de casación interpuesto
por la empresa contra la sentencia dictada el 23/09/2016 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ,
y declaró la nulidad de la totalidad de las medidas aplicadas por la empresa
derivadas del ERE 247/2013, siendo dicha sentencia firme; por lo que con fecha
19/10/2017 recibí resolución de revocación de prestación por desempleo que
adjunto.
Visto lo expuesto, Solicito nuevo cálculo de la declaración
del IRPF 2013, con la consiguiente devolución, en función de la consideración
por parte del SEPE como indebidos de los ingresos que se declararon en ese
momento.
A continuación se pincha en
conforme y “Firmar y enviar”, te responden con un documento
imprimible que es el justificante de la presentación de la solicitud.
P.D.:Ante
cualquier duda poneros en contacto con algún delegado de CSIF
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