domingo, 3 de junio de 2018

EL TIEMPO ESTÁ CUMPLIDO


Va siendo hora de dar colofón al conflicto surgido, hace ya cinco años, por la aplicación, primero, de las medidas unilaterales, del acuerdo posterior rubricado por UGT y CCOO y la anulación de ambas medidas por los tribunales, siendo las resoluciones firmes.

Llegados a este punto queremos hacer un llamamiento a la Dirección de la Empresa para que, de una vez por todas, de una satisfacción a todos los trabajadores, que todavía seguimos llevando a nuestras espaldas las gabelas impuestas y declaradas nulas por los Tribunales.

Como ya hemos informado, una vez declarada la nulidad de las Medidas y el ERTE 247/13 y, siendo firme la sentencia, CSIF ha activado todos los procedimientos ordinarios en los distintos Juzgados de lo Social de todas las provincias; pero eso no es una solución universal, y no nos conforma.

Desde CSIF entendemos que la Empresa debe evitar una situación que derive en cientos de demandas individuales y en un repunte de la conflictividad laboral.

En el  acuerdo firmado el 1 junio 2016 con CSIF, UGT y CSICA, “la Entidad asume el compromiso de extender a toda la plantilla en activo las consecuencias de la ejecución de la Sentencia”… “en virtud de resolución firme”.

Pues bien, el tiempo se ha cumplido y CSIF quiere evitar un nuevo conflicto colectivo en los Juzgados.

Por ello nos hemos dirigido a la Dirección de la Entidad, solicitando una solución extensible a todos para esta desavenencia que dura ya demasiado tiempo,… en su mano está.

Seguiremos informando.

lunes, 21 de mayo de 2018

SEPE: Certificación negativa 2013

Solicitud rectificación declaración IRPF 2013

Pasos a seguir.
Pinchar  en :
- Sede electrónica (derecha pantalla)
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- En todos los trámites (izquierda pantalla) : opc recursos , reclamaciones , otros procedimientos de revisión y suspensiones,











-  Procedimientos especiales de revisión,
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- Devolución de ingresos indebidos.
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- Presentación de recurso o solicitud.















Rellenar campos, escribir el motivo  y si se quiere, adjuntar fichero de solicitud o comunicación.

viernes, 4 de mayo de 2018

Segundo auto, en la linea del primero



Conforme adelantamos hay q ir a las demandas individuales las cuales ya teníamos presentadas, en previsión de que esto ocurriera.

Seguiremos informando...

SEGUNDO AUTO

miércoles, 25 de abril de 2018

Denegación de ejecución en procedimiento DEM 265/13 en ETJ 36/2017


Ayer salió el auto de la ejecución de las Medidas unilaterales, que habíamos solicitado CSIF y UGT, no dando lugar a la misma.
Hemos consultado con nuestros abogados, acatamos la resolución a la espera del otro auto de la ejecución de nulidad del ERTE firmado en junio de 2013 por UGT y CCOO.

En el caso factible que haya que ir por demandas individuales, confirmar que CSIF tiene el trabajo muy bien realizado. Como cabía esta posibilidad CSIF presentó todas las demandas, en plazo, en los Juzgados ordinarios con el fin de evitar la prescripción, cosa que parece no hicieron otros sindicatos.
Ahora solo falta reactivar.

Al ser "Causa Juzgada" los Juzgados sólo pueden ratificar y cuantificar individualmente.

Adjuntamos copia del Auto en el siguiente enlace:


Seguiremos informando.

martes, 24 de abril de 2018

RECTIFICACION IRPF 2013: PROCEDIMIENTO

Necesitas la siguiente documentación, declaración IRPF 2013 incluidos los datos fiscales del ejercicio y carta de resolución sobre Revocación de Prestación por Desempleo.
Una vez tenemos la documentación, hay dos formas de presentar la solicitud en la Agencia Tributaria:
1.   Formato PDF  que se puede descargar en el siguiente enlace:

Cumplimentando los datos personales y el texto siguiente:
Apartado Antecedentes
En el año 2013 estuve afecto por el  ERE 247/2013 por el que accedí a prestación por desempleo. Dicho ERE fue posteriormente impugnado y como consecuencia de dicha impugnación mediante sentencia de 22/07/2015,  la Sala Cuarta del Tribunal Supremo confirmó la Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 14/11/2013 que declaraba la nulidad del acuerdo adoptado en el procedimiento 247/2013.
Además con fecha 21 de junio de 2017, el Tribunal Supremo ha dictado Sentencia nº 550/2017, que desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa contra la sentencia dictada el 23/09/2016 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, y declaró la nulidad de la totalidad de las medidas aplicadas por la empresa derivadas del ERE 247/2013, siendo dicha sentencia firme, por lo que con fecha 19/10/2017 recibí resolución de revocación de prestación por desempleo que adjunto.
Apartado  Solicitud o Comunicación (Marcamos SOLICITA)
El nuevo cálculo de la declaración de IRPF 2013, con la consiguiente devolución, en función de la consideración por parte del SEPE como indebidos, de los ingresos que se declararon en ese momento.
Adjuntando la documentación física, el documento impreso se presenta  en el Registro General de Hacienda.

                       
2. Por la web en Sede Electrónica, siempre que se esté registrado en el Programa Clave, (enlace de como registrarse   http://clave.gob.es/clave_Home/registro.html) o DNI Electrónico.
Adjunto el enlace de acceso a la página de Trámites con la Agencia Tributaria.
Para adjuntar cada uno de los archivos a la solicitud, previamente tienen que tenerse escaneados, se adjuntan de uno en uno y tarda un poco hay que pulsar “enviar consulta”. Luego se cumplimenta el texto siguiente:
En el año 2013 estuve afecto por el  ERE 247/2013 por el que accedí a prestación por desempleo. Dicho ERE fue posteriormente impugnado y como consecuencia de dicha impugnación mediante sentencia de 22/07/2015,  la Sala Cuarta del Tribunal Supremo confirmó la Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 14/11/2013 que declaraba la nulidad del acuerdo adoptado en el procedimiento 247/2013.
Además con fecha 21 de junio de 2017, el Tribunal Supremo ha dictado Sentencia nº 550/2017, que desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa contra la sentencia dictada el 23/09/2016 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, y declaró la nulidad de la totalidad de las medidas aplicadas por la empresa derivadas del ERE 247/2013, siendo dicha sentencia firme; por lo que con fecha 19/10/2017 recibí resolución de revocación de prestación por desempleo que adjunto.
Visto lo expuesto, Solicito nuevo cálculo de la declaración del IRPF 2013, con la consiguiente devolución, en función de la consideración por parte del SEPE como indebidos de los ingresos que se declararon en ese momento.
    A continuación se pincha en  conforme y “Firmar y enviar”,  te responden con un documento imprimible que es el justificante de la presentación de la solicitud.
P.D.:Ante cualquier duda poneros en contacto con algún delegado de CSIF

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