sábado, 29 de junio de 2013

Análisis de un acuerdo en contra de los trabajadores.

El mensaje que nos quieren vender las organizaciones firmantes del acuerdo tripartito CCOO-UGT-Liberbank se basa en la comparación de este pacto con las medidas implantadas unilateralmente por la empresa. Aunque de esta comparación no resultaría vencedor, ni el Acuerdo es beneficioso para los intereses de los trabajadores, pues mientras algunos ganan por un lado y pierden por otro, los más pierden por todos los lados.
Pero no debemos caer en la trampa. La comparación ha de ser entre la situación anterior a la aplicación de las medidas y la situación tras la firma del acuerdo.
Estimamos que la consecución de este Acuerdo obedece a una estrategia conjunta de los firmantes, en la que la empresa ha conseguido lo que ninguna entidad del sector se había atrevido ni siquiera a plantear. Ignoramos lo que han conseguido los otros firmantes, pero nos cuesta creer que lo hayan hecho gratis.
El primer paso en la estrategia de Liberbank fue el parón negociador que se produjo desde octubre hasta abril. Parece que Menéndez tuvo conocimiento de que a partir del 1 de abril se endurecerían las condiciones laborales en general y las relativas a prejubilaciones en particular y por ello, y para dejar zanjados los cabos sueltos que tenía pendientes (salida a Bolsa, canje de preferentes, cierre de oficinas y  otros), esperó hasta inmediatamente después de esa fecha para “retomar las negociaciones”.
Por la parte sindical firmante, la táctica se basó en reuniones secretas con la empresa al margen del resto de sindicatos. Para su estrategia oculta no les interesaba para nada reunirse con los independientes. A pesar de que les invitamos a las tres reuniones que se produjeron en ese intervalo, siempre declinaron asistir.
El segundo paso fue lo que después comprobamos que resultó ser una farsa. Nos referimos a los paros y las huelgas domesticadas. En ningún momento se plantearon acciones de verdadera fuerza, como hubiera sido la huelga indefinida, con las más peregrinas excusas: no es el momento, hay que demostrar buena fe, no nos van a seguir los compañeros, etc. En esto tenemos parte de culpa todos, y en especial los que apoyábamos las convocatorias conjuntas, por fiarnos de su buena fe y no haberlos visto venir.
El remate ha sido su traición a todos los empleados. Hubiera sido impensable que firmaran esto el primer día de la negociación. Necesitaban pasar por todos los pasos del engaño para poder vender el Acuerdo como lo están haciendo ahora: “se trata de una mejora con respecto a lo que había adoptado la empresa de forma unilateral”. Pero lo que se va a hacer es aplicar todas las medidas recomendadas por el FMI, máximo exponente mundial del capitalismo antisocial, para el sector financiero en España, tomando como conejillos de indias a los empleados de Liberbank.
Las medidas adoptadas por la empresa abarcaban lo estipulado en los artículos del EETT nº 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo y nº 47. Suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor. Pues bien, como les parecía poco, el Acuerdo CCOO-UGT-Menéndez abarca ahora, además, los artículos nº 40. Movilidad geográfica y el punto 3 del artículo nº 82 (inaplicación del Convenio Colectivo).
Se va a dar la paradoja de que en las demandas individuales que se interpongan, que las habrá, los demandados (legitimados activos) habrán de ser Liberbank, BCCM, CCOO y UGT ¿Pedirán los afiliados de estas organizaciones que se demanden a ellos mismos?
Repaso pormenorizado de algunos puntos del Acuerdo.
Manifiestan. Punto Tres:
“Contra la citada decisión empresarial se han interpuesto conflictos colectivos de impugnación de la misma por los Sindicatos CCOO y UGT, a través del presente procedimiento, y también por los Sindicatos CSICA, CSIF, CSI y STC, que se siguen en procedimientos ante el SIMA en expedientes distintos.”
La primera mentira. Cuando el SIMA recibió la solicitud de mediación de CCOO y UGT, el resto de sindicatos ya la habíamos presentado y nos comunicó su unificación:
“Con fecha 19 de junio de 2013 ha tenido entrada en el Registro del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) solicitud de procedimiento de mediación presentada por COMFIA-CC.OO., FeS-UGT frente a LIBERBANK, SA y BCCM por motivo, según consta en la copia que se adjunta, de solicitud de nulidad e impugnación de las medidas de Modificación Sustancial, Suspensión de Contratos y Reducción de Jornada adoptadas por la empresa.
Puesto que actualmente se encuentran en tramitación los procedimientos iniciados por STC-CIC, CSI, CSI-F y CSICA frente a la misma empresa y por un motivo similar, este Servicio ha decidido el tratamiento unificado de todos, agrupando las reuniones e incorporando a éste los mediadores designados en el procedimiento inicial.”
Manifiestan. Punto Cuatro:
“considerando las partes firmantes del presente acuerdo acreditadas las causas alegadas por la empresa para la modificación de condiciones de trabajo, inaplicación del convenio colectivo, movilidad geográfica  y suspensión de contratos y reducción de jornada, al amparo de lo dispuesto en los artículos 40, 41 47 y 82.3 del Estatuto de los Trabajadores”
No se entiende qué revelación sobrenatural les ha sobrevenido cuando el día 19, a lo largo de 37 folios presentados al SIMA, se dedican a calificar de injustos, inadecuados y falsos los motivos, alegaciones e informes presentados por la empresa para justificar el ERTE, dudando, además, de la viabilidad de la empresa aplicando medidas únicamente coyunturales.
El punto cuarto entero es una de las más graves falsedades que contiene el Acuerdo y es demoledor para las aspiraciones del resto de sindicatos, y de todos los compañeros, de tumbar el ERTE en la Audiencia Nacional.
Tal vez, las grandes posibilidades con que contaba la vía judicial hayan actuado como catalizador para que, de forma esperpéntica, CCOO-UGT-Liberbank firmaran el Acuerdo apenas unas horas antes de la cita en el SIMA.

I. MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO.
Punto I. B Conversión temporal de una parte de la retribución fija en retribución variable de aplicación para toda la plantilla.
“El abono de la retribución variable en los porcentajes señalados se producirá una vez formuladas las cuentas por el Consejo de Administración y aprobadas por la Junta General, pero en todo caso no más tarde del 30 de abril, siempre que a fecha de cierre del ejercicio inmediatamente anterior el Banco haya realizado la devolución de los 124 millones de euros en Bonos suscritos por el FROB y siempre que el abono de dicha retribución variable no implique que el resultado de la Entidad en dicho ejercicio sea negativo o no se alcancen los ratios de capital previstos en el Plan de Recapitalización aprobado por las autoridades monetarias españolas y europeas.”
Esta parte supone iniciar la senda de conversión de salarios fijos consolidados en retribuciones variables para todos los trabajadores. La patronal (el FMI les inspira) lleva años soñando con esta posibilidad y todos sabemos cómo pagan aquí el salario variable: no se paga.
De momento, está meridianamente claro que para 2013 y 2014 nos podemos despedir de esta retribución, para el resto ya veremos cómo por unas u otras circunstancias no llegaremos a cobrarla.
Podrán decir que la recuperación de estos importes era una posibilidad que antes no se contemplaba, pero, a la vista de la redacción dada, ahora tampoco. Y se ha abierto la puerta al sistema de retribución variable para todos los empleados en detrimento de salario fijo consolidado.

Punto I. D Suspensión temporal  de algunos beneficios y mejoras sociales y compromiso de armonización y ahorro.
“Desde el día 1 de junio de 2013 hasta el 31 de mayo de 2017, se suspenderá la aplicación de los siguientes beneficios y mejoras que disfrutan los trabajadores en función de la Entidad de procedencia.
…/…
·       Pagas por 25 años de servicios/premios de dedicación.
·       Plus Sentencia Terminales a los empleados procedentes de Banco CCM.
…/…
Finalizado el periodo de suspensión de tales beneficios y mejoras sociales, las partes se comprometen a negociar la armonización de los mismos con la obligación de que su coste global sea inferior como mínimo en un 30% respecto de su coste actual.”
En este punto, lo primero que hay que resaltar es que se pierde de manera perpetua como mínimo el 30% de su importe global y se han dejado flecos para negociar dentro de cuatro años en qué y en cuánto se reducirán los beneficios sociales.
No se ha detallado cómo se aplicará esta reducción a la gratificación por 25 años de servicio, por lo que dará lugar a interpretaciones que ya sabemos a dónde nos llevarán: la empresa intentará pagar lo menos posible y habrá que demandar.
El “Plus sentencia terminales”, como su nombre indica, está reconocido por sentencia judicial y su suspensión nos llevará otra vez a los juzgados.

Punto I. E Suspensión de aportaciones a Planes de Pensiones.
“Durante el período comprendido entre el 1 de junio de 2013 y el 31 de mayo de 2017, se suspenderá para todos los partícipes la aportación a los planes de pensiones por la contingencia de jubilación.
A partir del 31 de diciembre de 2017, se establecerá un plan para la recuperación, durante un período de siete años, consecutivos o no,  a razón de 1/7 cada año,  de las cantidades que hayan sido dejadas de aportar por aplicación de lo establecido en el párrafo anterior, siempre que cada uno de esos años el ROE de  Liberbank en el ejercicio, no resulte inferior al coste medio de capital en el periodo, determinado éste coste medio por experto independiente designado por acuerdo de las partes, y que el Grupo cumpla con los ratios de capitalización legalmente requeridos para cada ejercicio. Estos ratios se calcularán en base a la información contenida en las cuentas anuales, una vez que éstas hayan sido aprobadas por la Junta General de Accionistas.
Para aquellos partícipes que durante el citado plan de recuperación causen baja por jubilación o por despido colectivo la empresa realizará una aportación extraordinaria por la totalidad de las aportaciones pendientes de recuperar.”
Aquí se ha rizado el rizo de nuevo. La recuperación está condicionada de tal manera que puede que no se produzca nunca (muy al estilo de FMI).
De momento, para los despedidos o jubilados durante el periodo de suspensión de aportaciones, no hay recuperación pactada.
Para los que sobrevivan en la empresa al final del periodo de suspensión, la recuperación se producirá en siete años, consecutivos o no (!!!) siempre que se cumpla una condición basada en un índice determinado por un experto independiente (¡Ja!). La recuperación se puede perpetuar en el tiempo todo lo que quieran con el consiguiente perjuicio, tanto en su importe como en su capitalización.

II. MEDIDAS DE INAPLICACION O DESCUELGUE DEL CONVENIO COLECTIVO
“Al amparo de lo dispuesto en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, y hasta la finalización de la vigencia del Convenio Colectivo de Cajas y Entidades de Crédito, no serán de aplicación las siguientes condiciones de trabajo establecidas en el mismo: plus convenio y ayuda de estudios.”
La suspensión del Plus de Convenio supone una reducción salarial de entre 600 € y 950 € anuales y la Ayuda de Estudios está en función de los estudios que cursemos cada uno de nosotros o nuestros hijos, dándose la paradoja de que cuantos más hijos tengamos, más sensibles seremos a las reducciones salariales y mayores serán éstas.
Estos conceptos no estaban contemplados en las medidas aplicadas unilateralmente por la empresa, es, por tanto, otra cesión económica cedida graciosamente por CCOO-UGT a Liberbank.

III. SUSPENSIONES DE CONTRATOS Y REDUCCIONES DE JORNADA.
Punto III B. Reducción de jornada.
1. Un total de 775 trabajadores  reducirán su jornada de trabajo en un 50% anual durante el periodo comprendido entre el 16 de junio de 2013 y el 15 de junio de 2016, con la misma  reducción proporcional del salario.  
Transcurrido el plazo de tres años de reducción de jornada, el trabajador volverá a la jornada completa.
…/…
La reducción de jornada se producirá mediante la adaptación de la misma al horario señalado en el punto 3 de este apartado B. y, en el exceso, con carácter general mediante la reducción de días completos de prestación de servicios, salvo en aquellas excepciones en que no sea organizativamente posible. En todo caso, se garantiza una prestación de servicios de un mínimo de cinco días al mes a los trabajadores afectados por esta medida.
…/…
2. Un total de 770 trabajadores  reducirán su jornada de trabajo en un 30% durante el periodo comprendido entre el 16 de junio de 2013 y el 15 de junio de 2017, con la misma  reducción proporcional del salario. 
Transcurrido el plazo de cuatro años de reducción de jornada, el trabajador volverá a la jornada completa.
…/…
La reducción de jornada se producirá mediante la adaptación de la misma al horario señalado en el punto 3 de este apartado B. y, en el exceso, con carácter general mediante la reducción de días completos de prestación de servicios, salvo en aquellas excepciones en que no sea organizativamente posible.
3. Los trabajadores no afectados por la medida de suspensión de contratos regulada en el apartado A) ni por la reducción de jornada regulada en los puntos 1 y 2 de este apartado B), esto es,  los 3.897 trabajadores restantes, reducirán su jornada de trabajo, con la reducción proporcional del salario, durante el periodo comprendido entre el 16 de junio de 2013 y el 15 de junio de 2017, en el porcentaje que resulte en función de la entidad de procedencia y jornada anual real que vienen actualmente realizando:
-         Caja Extremadura, reducción: 10,97%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 14,30 horas durante todo el año.
-         Caja Cantabria, reducción: 11,34%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 15 horas desde el 1 de octubre al 31 de mayo y de 8,30 a 14,30 horas del 1 de junio al 30 de septiembre.
-         Caja Asturias, reducción: 10,04%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 15 horas desde el 1 de octubre al 31 de mayo y de 8,30 a 14,30 del 1 de junio al 30 de septiembre.
-         BCCM, reducción: 13,56%. El horario resultante tras la reducción será de 8,30 a 15 horas desde el 1 de octubre al 31 de mayo y de 8,30 a 14,30 del 1 de junio al 30 de septiembre.
En el supuesto de extinción del contrato por decisión de la empresa durante el año siguiente a la terminación de las medidas reguladas en este Capítulo, salvo en el supuesto de despido procedente, la Entidad se hará cargo de la cuantía que hubiera percibido como prestación por desempleo durante el periodo equivalente al tiempo de prestación consumido por aplicación de las citadas medidas.”
En este aspecto, en relación con lo aplicado por la empresa, se ha operado una reducción en el número de empleados a quienes se aplica la peor de las medidas, suspensión de contrato. También se reduce el número de empleados con reducción del 30%. Se amplía el número de afectados por la reducción de jornada general en función de la entidad origen. Pero no perdamos de vista que, esta reducción, lo es en relación con lo aplicado por la empresa de forma unilateral, pero visto en comparación con la situación anterior al 31 de mayo y con las medidas adoptadas en otras entidades del sector, supone agresión brutal a todos los trabajadores.
Hay que tener en cuenta que, en contra de lo que dicen CCOO-UGT, según se establece en el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada (R. D. 1483/2012), son suspensiones de contrato cuando afecte a jornadas completas y reducciones de jornada cuando afecte a parte de la jornada de trabajo, por tanto, los del 50% y los del 30% estaremos afectados por las dos medidas.
Tenemos que resaltar que hay numerosos compañeros con el contrato suspendido que, previendo que ahora les van a aplicar lo que el Acuerdo llama "reducción del 50 % de la jornada", se han interesado por saber si pueden continuar como están, pues la modificación de esta medida les perjudica seriamente.

V. MOVILIDAD GEOGRÁFICA
“Se mantendrá la vigencia de lo dispuesto en el Capítulo I, apartado B.2 del Acuerdo colectivo de 3 de enero de 2011,  hasta el 31 de mayo de 2017, salvo en lo que respecta a las compensaciones económicas establecidas en dicho acuerdo que se reducirán en un 25%. No obstante, las partes entienden consideran que no existe movilidad geográfica y por tanto no se aplicarán ninguna de las compensaciones previstas en dicha regulación cuando el traslado lo sea a un centro cuya distancia desde el centro de origen no supere los 50 kilómetros.”
Este apartado ha sido otra escandalosa claudicación de los sindicatos amigos (de Menéndez). Teniendo en cuenta que el acuerdo laboral anterior está vigente hasta diciembre de 2013 y sabiendo el uso que han hecho de la movilidad geográfica en él  pactada (recordemos los traslados de una punta a otra de España) ¿por qué era preciso ampliarlo hasta mayo de 2017 cuando la empresa no había pedido aplicar el artículo 40 del EE.TT. Movilidad Geográfica? (de nuevo el FMI). Además, dejan libertad total para mover sin indemnización  a trabajadores las veces que quieran en un radio de 50 km. Además, rebajan las compensaciones económicas, que ya estaban firmadas hasta diciembre de 2013,  para los que trasladen a más de 50 km. Una cesión y una desregulación calculada que operará a favor de la empresa y en contra de los de siempre.

VI.- COMPROMISO DE NEGOCIACION
“La vigencia del presente Acuerdo se extiende hasta el 31 de mayo de 2017, sin perjuicio de los plazos que para cada una de las medidas se contempla en el presente documento o de la aplicación de algunos aspectos más allá de la citada fecha.
No obstante, y en coherencia y aplicación con lo establecido en la Cláusula adicional segunda del vigente Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro y Entidades financieras, las partes se comprometen hasta la fecha señalada en el apartado anterior a que  antes de abordar cualquier proceso de reordenación o restructuración de plantilla de alcance colectivo, las partes promoverán la negociación con la representación de los trabajadores de las medidas a adoptar.
En el supuesto de que durante la vigencia del Acuerdo se produzcan operaciones societarias o corporativas, tales como fusión, integración o compra del Banco por un tercero, las partes se comprometen a negociar de buena fe el posible cese a partir de dicho momento de la aplicación de las medidas establecidas en el presente Acuerdo.”
En nuestra opinión, la traducción de este punto es:
Primer párrafo: las medidas se aplicarán hasta el 31 de mayo de 2017 o más allá.
Segundo párrafo: antes de negociar otro atraco a los trabajadores nos permitirán que nos volvamos a vender.
Tercer párrafo: si se produce alguna operación corporativa negociaremos de buena fe el posible cese de medidas. ¿Cabe más ambigüedad malintencionada?

Contraponed de forma crítica todo lo que os decimos en este texto a la versión que CCOO-UGT están comunicando y sacad vuestras propias conclusiones.

34 comentarios:

  1. Yo lo tengo claro, o se han dejado timar por el mayor sinverguenza o algo han sacado a cambio, desde luego yo estoy peor que hace un mes y me temo que mejor que dentro de otro, con amigos asi no necesitamos enemigos

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  2. La ayuda de estudios entiendo que se refiere a la de los empleados. Nada se dice en el acuerdo de la ayuda de guardería ni de la ayuda de formación a los hijos de empleados.

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    1. La ayuda de estudios es la ayuda a la guardería y la ayuda a la formacion a los hijos. Eso es la ayuda de estudios y lo que te quitan

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    2. Pues en el convenio hay 3 ayudas:
      -Ayuda de estudios a empleados
      -Ayuda de guardería
      -Ayuda a la formación de los hijos de empleados
      Y dicen que se descuelgan del convenio en la ayuda de estudios. Creo que está claro, de las otras 2 no dice nada

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  3. ¿Y no se pueden convocar elecciones sindicales anticipadas?
    Si no se puede, ¿cuando son las próximas?

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  4. Estamos a merced de lo que diga Menendez y los sindicatos no nos han valido para nada. Que podemos hacer ahora los trabajadores???? Cumplir nuestro horario escrupulosamente y no saltarnos ninguna norma. Es muy triste haber llegado a esta situacion, pero en cualquier momento nos pueden dar la patada y mandarnos a nuestra cada

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  5. aunque se convocaran elecciones mañana el daño ya esta hecho. aunque su pierden la mayoria no se el sentido que tendria la comision de seguimiento

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  6. nombres de todos los TRAIDORES y "BIEN PAGAOS" o "ESTÓMAGOS AGRADECIDOS" y lista de las bajas a UGT y CCOO

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  7. http://insubordinadascontraladeuda.blogspot.com.es/2013/06/juicio-liberbank-en-telecinco.html

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  8. El Csif es y ha sido siempre lo más parecido a los antiguos sindicatos verticales de la época franquista!
    Estos son análisis ventajistas de malos perdedores!
    Y una última reflexión..., cree el ladrón que todos son de su condición.

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    1. He aquí una definición de sindicato vertical: "Se conoce como sindicato amarillo o sindicato vertical a aquellos sindicatos que siendo creados o controlados por los empleadores, responden a los intereses de éstos antes que a los de los trabajadores. También se ha aplicado a sindicatos reformistas que rechazan las acciones coactivas y contemporizan con el sistema político-económico en lugar de tener una actitud combativa." (Wikipedia) Ya me dirás a qué sindicatos define, al menos en esta empresa.

      Lo de franquista no hace falta ni responderlo por ridículo.

      Un "análisis ventajista" se produce cuando se explica o se juzga una acción o circunstacia "a toro pasado", como, por ejemplo, cuando ahora todos los economistas nos explican por qué estamos en crisis. En este caso no procede, pues se analiza un texto y sus previsibles consecuencias.

      Sí llevas razón en lo de malos perdedores. Somos perdedores, pero no como sindicato, pues hemos sabido mantener la coherencia y la dignidad que otros han tirado a la basura hace tiempo. En este acuerdo somos perdedores como trabajadores, al igual que todos los demás de Liberbank/BCCM, y malos perdedores porque no nos vamos a resignar a tragarnos la agresión que han pactado con la empresa.

      ¿A quién llamas ladrón? ¿a los sindicatos que están pringados en los ERE de Andalucía y en tantos otros enjuagues?

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    2. Poco que añadir a la otra respuesta, solo que no hay mas ciego que el que no quiere ver. Y por si pretende acusar de partidista igual se le olvida quien manda en Asturias donde está protegido Menendez, ¿no es acaso el PSOE? busca la verticalidad por alli y como te dicen baja a Andalucia.

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    3. ¡¡Manda huevos lo que hay que leer!! El color amarillo al que aludes se ha conseguido mezclando el rojo de UGT y CCOO con el verde de los campos asturianos donde se crió MM, una mezcla perfecta.
      Cuándo acusas de malos perdedores, es que ¿Tú has ganado? Si todavía os queda vergüenza, decidnos que habéis sacado de todo esto, contádselo a vuestros afiliados (los que todavía os queden) y al resto de compañeros. Yo lo que veo es que mi nómina ha bajado considerablemente y lo que le queda este mes que viene… y esto gracias a vosotros y a los esquiroles que no tuvieron huevos para hacer una huelga.

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  9. ¿Os habéis dado cuenta de que MMM está consiguiendo lo que quiere? Que nos enfrentemos unos con otros para que aquí nadie se mueva.

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  10. Pero Menendez ha tenido ayuda, los primeros en salirse de la foto han sido UGT y CCOO, son los que le han dado el gusto, que podemos hacer los demas? Le han brindado la desunion y un monton de cosas mas, lo tienen supercontento, lo que hay que tener claro es quien lo ha facilitado

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  11. Como afectada por la SUSPENSIÓN DE CONTRATO, ¿me podéis explicar este párrafo?:

    "Tenemos que resaltar que hay numerosos compañeros con el contrato suspendido que, previendo que ahora les van a aplicar lo que el Acuerdo llama "reducción del 50 % de la jornada", se han interesado por saber si pueden continuar como están, pues la modificación de esta medida les perjudica seriamente."

    GRACIAS

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    1. Con la aplicación de las medidas que implantó la empresa, nos íbamos al paro durante seis meses seguidos. Cobrábamos del paro pero no teníamos gastos. Ahora, también iremos al paro, pero varios días al mes y ya veremos cómo organizan los horarios.

      Somos muchos los compañeros que no trabajamos en la misma ciudad o pueblo en que residimos y nos desplazamos diariamente rotando el desplazamiento con los vehículos de otros compañeros. Posiblemente ahora no pueda ser así.

      Por otra parte, si estamos durante seis meses seguidos en paro, podemos atender a nuestros hijos pequeños y nos ahorramos la guardería o el sueldo de alguien que nos los cuide.

      Existen otros muchos motivos por los que el hecho de estar seis meses seguidos con el contrato suspendido nos permite organizarnos la vida de otra manera y en muchos casos ahorrar dinero, que ahora nos va a hacer falta, e invitamos a los compañeros a que escriban cómo sus circuntancias personales les llevan a preferir la suspensión anterior a ésta que llaman reducción del 50%.

      Nos dicen que la ventaja es que antes no sabíamos si después de seis meses en el paro volveríamos a trabajar en el mismo sitio, pues bien, ahora tampoco, ya que en cualquier momento nos pueden enviar adonde les parezca al haber firmado la movilidad geográfica.

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    2. Yo personalmente me encontraba afectado con suspensión de contrato durante 6 meses, en la segunda tanda, a partir del 16 de Diciembre. Dentro de lo duro del palo recibido, se me planteaban aun 6 meses por delante cobrando la integridad de mi salario, y a posteriori, 6 meses consumiendo el paro. Sopechando que la finalidad de la entidad a medio plazo, es deshacerse de nosotros mediante despido baratisimo, con un periodo de suspensión de 6 meses, se puede aprovechar para realizar cursos intensivos de formación, de idiomas o de lo que sea, algo que trabajando al 50% es muy dificil de cuadrar, y mas si lo hacen por semanas, y cada semana es diferente a la anterior. Sin hablar ya de la productividad o implicación laboral a conseguir por una persona que viene dias sueltos o semanas a lo largo del mes, es decir, no estas ni dentro ni fuera,y eso te impide desarrollarte en ambos lados. Aun asi, es comprensible que algunes compañeros prefieran la "reducción de jornada" al 50%, que sigue siendo una suspensión pero aplicada de distinta forma.

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    3. buenos días,
      yo soy un compañero afectado por la suspensión de 6 meses y que la medida actual la considera bastante más perjudicial. Muchas de las razones las comenta el compañero del CSI-F.
      En primer lugar, no se qué medida me va a tocar: puede ser la reducción del 50 % (que puede ser por días completos, salvo en aquellas excepciones en que no sea organizativamente posible) por lo cual me puedo encontrar trabajando de 10 a 13 h todos los días del mes, por ejemplo. ????????
      Una segunda opción es que me trasladen a la otra punta de España a un pueblo perdido (como ya hicieron hace 2 años)y ahora pagando un 25 % menos de indemnización.
      Una tercera opción es que me reduzcan el 50 % y además me trasladen (en ningún sitio indica que esto no pueda ser)???????
      Además, cuando estoy trabajando en una empresa, ME DEDICO A TRABAJAR y de esta forma lo único que tengo es desmotivación, ya que no se cuándo, ni cómo, ni dónde voy a trabajar.
      Habiendo sido uno de los "elegidos" y ante el despropósito de la empresa prefiero la suspensión de 6 meses, ya que durante este tiempo me dedicaré a formarme, a aprender idiomas,... Y cuando me reincorpore serán 6 meses de TRABAJO. Y si no hay incorporación posible, habré aprovechado el tiempo.

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  12. Sabeis si CCOO y UGT cobran algo legalmente por la firma de acuerdo?

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    1. Como ya hemos dicho, nos cuesta creer que esta claudicacíón haya sido gratis. No obstante,al no tener constancia de que hayan obtenido compensación alguna no mpodemos afirmar lo contrario.

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  13. Menendez ya tiene lo que queria, cuatro categorias de empleados: jefes, currantes de 1ª, 2ª y 3ª, y sindicatos de 1ª y de 2ª. Pero sabemos quien ha permitido esto, CCOO y UGT que en lugar de luchar han entregado las armas para ser los sindicatos de 1ª de confianza de Menendez, que no de los empleados, y confirmar la discriminacion porque dentro de varias categorias tambien hay los de BCCM y Cantabria, y luego los demas con los que se ha cebado menos.

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    1. Con los demás lleva años cebándose

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    2. ¿Y qué hacéis para evitarlo? Porque yo lo único que veo en Asturias en mucho llorar, mucho escribir blogs, mucho despelotarse en público, pero a la hora de la verdad, solamente humo.
      Nos dejásteis tirados con las huelgas y ahora dice uno de los sindicatos que el conflicto continúa hasta que lo digan ellos pero ¿es que lo han comenzado? Porque yo no veo nada más que pasividad y sufrimiento.
      ¿Seguiréis los sindicatos minoritarios con la demanda judicial? ¿Quién os lo impide? ¿Qué vais a hacer aparte de quejaros amargamente de todo lo que os/nos pasa?

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  14. Cuando nos van a comunicar como nos afecta el acuerdo?

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    1. Oficialmente no nos han dicho nada, por lo menos a nuestro sindicato, no sabemos si a los sindicatos amigos (de Menéndez)les habrán dicho algo. Se han oído dos fechas, mañana día 3 y el día 8. No sabemos cuál será cierta, si es que alguna lo es.

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  15. Bueno a mi me han jodido bien, me iba al paro en Julio y ya tenis trabajo en septiembre conseguido. Ahora se me cierra esta posibilidad. Ademas creo q la táctica va a ser.reducirte un 50% la jornada y mandarte a una aldea remota. Con lo cual la gente va a salir por la puerta con 20 dias. Los 666 los reduciran pronto.Por otro lado me juego el cuello a que estos "luchadores por y para de los trabajadores" d CCOO y UGT, van a estar antes d final d año prejubilados con cargo al ere antiguo.
    Por último ojo a partir del uno d enero, q se acaba el ere antiguo y va a haber mucha mas movidas d cierres.

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  16. http://csilacaja.blogspot.com.es/2013/07/el-conflicto-continua.html
    Esto es lo que apoyamos la mayoría de los asturianos

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  17. sabeis si se puede solicitar la reduccion de jornada del 50% de forma voluntaria??? acabo de ser madre y pensaba solicitar una reduccion pero prefiero entrar en el ere porque puedo cobrar la parte de la reduccion del paro y compatibilizarlo con el cuidado de mi hija.

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    1. El acuerdo CCOO-UGT-Liberbank no contempla la adhesión voluntaria a la opción que planteas.

      No obstante, si lo pones en conocimiento de tu dirección de zona y de gestión de RRHH de Liberbank, y de Gestión de RRHH de BCCM si eres de esa entidad, tal vez lo puedan tener en cuenta, pues es la medida que muchos compañeros querrían cambiar.

      Si prefieres que hagamos nosotros la consulta por ti, escríbenos un correo a caulquiera de las direcciones que figuran en la cabecera de este blog y te diremos qué nos contestan.

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  18. Y que pasa con la gente de canarias?nadie se ha dado cuenta de las medidas traumaticas para ellos y sus familias?es marcharse para nunca volver a casa.jamas los podran ubicar cerca de donde estan.Es IMPOSIBLE.alguien los ha tenido en cuenta.NADIE.De que ha servido llevar el nombre de la entidad a las islas??por que no hay medidas alternativas?.....

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  19. He llegado hasta lo de la huelga indefinida. Ahí me ha dado la risa, después el llanto, y luego las ganas de apagar el ordenador.
    Si no hemos sido capaces de hacer una huelga en condiciones de dos días. En Asturias han pasado olímpicamente del resto porque allí con quejarse en el bar debe ser que ya tienen bastante. En el resto muchos directores de oficina se han meado en los pantalones con la primera llamada del jefe de zona y han abierto las oficinas para que puedan decir aquello de "la jornada de huelga ha transcurrido con total normalidad"
    Y esta última huelga iba a ser un fracaso absoluto y lo sabéis. Suerte que se desconvocó porque Menéndez se habría frotado las manos y se habría muerto de gusto de ver lo panolis que somos.
    Seamos serios por favor.
    Mientras sigamos ampliando el recetario de excusas del perfecto esquirol no podemos pedirle a nadie que luche por nosotros.
    No os gusta el acuerdo pero yo le pregunto a muchos de los que hoy se rasgan las vestiduras ¿y tú? ¿qué has hecho tú por defender tus intereses?
    Comenzando por la propia reforma laboral que legitimó a la empresa a hacer con nosotros lo que le diese la gana. Y por supuesto la mayoría fuisteis a trabajar como corderillos, porque pensábais que la cosa no iba con vosotros.
    Pues mirad si iba.

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    1. ¿Tú crees que si el día 16 hubiera estado convocada una huelga indefinida no hubiera tenido seguimiento? Yo creo que sí. Todos sabemos cómo estaban los ámimos ese día y se hubieran cerrado las oficinas sí o sí.

      De todas formas, es que no teníamos más remedio. Para hacerle frente a las medidas de la empresa solo teníamos la huelga y el Conflicto Colectivo. Ya sabemos que la opción de la huelga no la teníamos porque CCOO y UGT nunca la apoyarían. Y ahora la vía judicial se nos ha complicado.


      ¿Hablamos de la huelga general contra la reforma laboral? Venga. ¿Quién era ministro de trabajo cuando Zapatero promulgó la Reforma Laboral?: un sindicalista de UGT, ¡qué casualidad! ¿Qué Seceretario General de CCOO pasó directamente a las listas electorales del PSOE? ¿Qué sindicatos se han dedicado a comer de la mano de los políticos mientras les fueran cayendo subvenciones multimillonarias de todo tipo? ¿Qué sindicatos han desprestigiado el sindicalismo de verdad? ¿Por qué los trabajadores de SINDEL, después de estar meses acampados en la Castellana, le pegaron un estacazo a Fidalgo de CCOO? ¿A qué sindicatos se puede acusar de desmovilizar, desmotivar y asquear a la clase trabajadora en general?
      Por último y no menos importante, ¿QUÉ SINDICATOS Y PARTIDOS MANTIENEN A MENÉNDEZ AL FRENTE DE CAJASTUR Y LIBERBANK?

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    2. Di que sí, con un par

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco