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miércoles, 21 de febrero de 2018

JUICIO REDUCCIONES DIRECTIVOS (II) LA SENTENCIA

La Audiencia Nacional, con fecha del 15 de febrero, ha dictado sentencia sobre la reducciones salariales, adicionales, aplicadas a los directivos, dictaminando la nulidad radical de esa rebaja en las nóminas de los afectados.

En la dicha sentencia se recoge textualmente lo siguiente:

“Declaramos la nulidad radical de los acuerdos individuales, suscritos entre las empresas demandadas y sus directivos, porque vulneraron el derecho de libertad sindical…”

“Condenamos a LIBERBANK SA y a BANCO CASTILLA LA MANCHA”…. “a abonar  a  los  trabajadores  afectados  las  cantidades  dejadas  de percibir…”

El fallo es una muy buena noticia para los trabajadores y un grave revés para la Empresa que debe de reflexionar, y colegir, que medidas de este tipo no se pueden tomar olvidando a los representantes legales de los trabajadores.

También nos gustaría que éxitos como este -que tienen su origen en demandas ratificadas por las cinco mayores secciones sindicales con representación en nuestro grupo-, no se conviertan en una nueva bronca entre sindicatos a cuenta de patéticos esfuerzos por atribuirse el mérito.

La Empresa puede presentar recurso en casación, ante el Tribunal Supremo.

Desde CSIF esperamos que se imponga la cordura y no se vuelva a recurrir a tácticas dilatorias que, a nuestro juicio, solo van a conseguir retrasar lo inevitable, restituir nuestros dineros, los recogidos en este fallo y los que tenemos pendientes desde el cada vez más lejano año 2013.


Seguiremos informando.

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Sección Sindical Csif - Unicaja Banco